1/31/2010

Estaciones migratorias, la impunidad

Ana Lilia Pérez

A pesar de las denuncias por abusos y supuestos malos manejos que se acumulan en la contraloría interna y en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra los directivos de la Estación Migratoria de Iztapalapa, entran en vigor las nuevas Normas para el Funcionamiento de las Estaciones Migratorias, que le dan al Instituto Nacional de Migración más discrecionalidad

El cubano Mario Francisco Reyna Rosabal lleva más de 200 días en las estaciones migratorias de Tenosique, Tabasco; Iztapalapa, Distrito Federal; y Janos, Chihuahua, donde permanece actualmente. La Ley General de Población establece que el término máximo que el Instituto Nacional de Migración (INM) puede tener bajo su resguardo a un migrante es de 90 días.

No se trata de una dilación por trámites. Su abogada, Diana Martínez Medrano, denuncia que fue en represalia por denunciar ante el Órgano Interno de Control (OIC) del INM y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) graves actos de corrupción y abusos que, supuestamente, involucran al director de la Estación Migratoria de Iztapalapa, Juan Ignacio Escamilla; el subdirector, Luis Francisco de los Reyes Castillo; y el jefe del departamento de Seguridad y Custodia, Francisco Franco Díaz.

El pasado 23 de noviembre, un grupo de 30 migrantes de distintas nacionalidades internos en la estación migratoria conocida como “Las Agujas” –en alusión al nombre de la calle donde se ubica–, enviaron al OIC una denuncia en la que acusan a los funcionarios de “agresiones sicológicas, morales, físicas e intimidación”, supuestos cobros de algunos servicios, y que los directivos dejan salir a quienes “pagan” por su salida para regularizar su estatus migratorio o seguir su camino.

Hablan también de la venta de productos, como cigarros o tarjetas telefónicas, con sobreprecio. Denuncian que los directivos permiten el robo, el consumo de marihuana y el uso de cuchillos. Dicen también que son amenazados para que no busquen abogados que defiendan su situación migratoria y que se les condiciona la recepción de llamadas telefónicas de defensores y familiares.

“Somos sometidos a mentiras sobre nuestra situación, que existe el aislamiento de personas cuando se oponen o protestan por todos estos maltratos, que dan palizas a estas personas; además el director dice que él es la ley y la autoridad”.

En su denuncia ante el OIC, los migrantes hicieron alusión también a la presencia de supuestos miembros de la delincuencia organizada que participa en el secuestro de migrantes a quienes los funcionarios enviaron a Tapachula, sin dar aviso a las autoridades pese a que algunos migrantes los identificaron como Zetas.

Entre diversos agravios, denuncian que se les niegan los alimentos y que los horarios tan desiguales en el suministro de éstos les provocan malestar físico. Aluden, además, la falta de personal ante emergencia médicas, en las cuales, dicen, un migrante con conocimiento de primeros auxilios es el que ha debido atender a sus compañeros.

“Por estos motivos, solicitamos medidas drásticas para que paren estos abusos, esta inmunidad que gozan sus directivos, que nos sentimos amenazados, que tememos por nuestra integridad física y sicológica, que son muchas las palizas, encierros, aislamientos, abusos que sufrimos y pedimos protección de estas personas, y queremos hacer constar que nos inducen, ‘director y subdirector’, al chantaje económico para solucionar nuestra situación. Rogamos a las autoridades nos auxilien rápidamente”, citan en su denuncia a la que tuvo acceso Contralínea.

Aunado a esta situación, el prolongado periodo de detención y la difícil condición física y sicológica del encierro orillaron a algunos de los migrantes a ponerse en huelga de hambre como medida de presión para que, por fin, el INM definiera su estatus migratorio. El 24 de diciembre, Mario inició una huelga de hambre que concluyó el día 29, cuando la encargada del servicio médico lo convenció de que “a los directivos no les importaba si allí mismo yo me caía muerto”.

Por esos días, el OIC del INM llevaba a cabo una investigación sobre los hechos que los migrantes denunciaran el 23 de noviembre. Pero el asunto tomó otras dimensiones: la Procuraduría General de la República abrió su propia investigación por delitos del orden penal, la cual se integra actualmente.

Mario Francisco Reyna Rosabal presentó, además, una queja ante la CNDH, que la Quinta Visitaduría integra en el expediente 5432/2009.

Las represalias

La reacción de los directivos del INM no se hizo esperar. Algunos de los quejosos fueron repatriados y otros, enviados a estaciones migratorias del interior de la república mediante traslados que se efectuaron durante el mes de diciembre por la madrugada y sin que previamente se notificara ni a los migrantes ni a sus familiares.

Pese a encontrarse en un proceso de amparo y de solicitud de su reconocimiento de la condición de refugiado ante la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar), Mario Francisco Reyna Rosabal fue sacado de Las Agujas una madrugada, sin que se le permitiera comunicarse con su abogada, y enviado a 1 mil 600 kilómetros de distancia, hasta Janos, Chihuahua, municipio enclavado en pleno desierto en la frontera norte con Sonora y Nuevo México.

Entrevistado vía telefónica desde la estación migratoria de Janos, Mario detalla las acusaciones presentadas por él y otra treintena de migrantes contra los directivos del INM.

Agrega que, minutos antes de la transferencia, dichos funcionarios le impidieron llamar a su abogada para notificarle de su traslado y, contrario a la normatividad, tampoco le informaron la razón por la cual aún permanecía en calidad de “asegurado”. Refiere que en Chihuahua, el delegado del INM “ni siquiera tenía conocimiento de mi traslado ni trajeron mi expediente ni nada”.

El cubano, ingeniero de profesión, dice que en los últimos días ha padecido arritmia cardiaca; incluso, un día antes de que conversara con Contralínea, había sido llevado a una pequeña clínica de Janos para recibir atención médica. “La doctora indicó que tenía que verme un cardiólogo porque es quien tiene que evaluarme, pero no se me ha permitido tener la auscultación del especialista que recomendó la doctora”.

“El corazón me palpita muy rápido, luego más lento y me agito mucho –cuenta Mario–. Mi problema de salud comenzó desde que estaba en la estación migratoria de Iztapalapa. La presión me subió a 150/180 y me metieron tres captotril para que se me bajara. Los médicos le dijeron al subdirector Francisco de los Reyes que me tenían que llevar al hospital, que ellos no podían responsabilizarse de mí, pero él dijo que no, que la presión me la bajaban allí y que le hicieran como pudieran pero que yo no salía. Incluso uno de los doctores firmó una carta de que no se hacía responsable de mi salud. Esto es parte de lo que denuncié a la Comisión (Nacional) de Derechos Humanos”.

Permiso para abusar

Casos como el de Mario Francisco y situaciones como las que los migrantes denunciaron ante el OIC tienden a generalizarse con las recientes modificaciones a las Normas para el Funcionamiento de las Estaciones Migratorias, emitidas por la Secretaría de Gobernación (Segob) en octubre pasado, las cuales dan a los funcionarios del INM amplios poderes y atribuciones para el manejo discrecional de las estaciones migratorias.

Una vez que son privados de su libertad, son dejados al arbitrio del titular de la Segob y de las autoridades del INM, sin que éstas tengan un término legal para resolver su estatus jurídico.

Las normas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 7 de octubre, consideran plazos de detención inciertos para el grueso de los migrantes “asegurados”, e indefinidos para aquellos peticionarios de asilo o los que promueven recursos de amparo o cualquier trámite legal encaminado a regularizar su situación migratoria.

Contrario a la Convención Sobre el Estatuto de los Refugiados, ratificado por el Estado mexicano, las nuevas Normas para el Funcionamiento de las Estaciones Migratorias no excluyen a los refugiados y solicitantes de asilo de la posibilidad de su detención.

Tampoco consideran el caso de los trabajadores migratorios y sus familiares, quienes, de acuerdo con la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y de sus Familias, que también reconoció el Senado de la República, “no serán sometidos, individual ni colectivamente a detención o prisión arbitrarias”.

Respecto de la defensa, las normas establecen que las autoridades únicamente reconocerán a los abogados que el migrante haya acreditado “debidamente” al momento en que el INM abrió su expediente administrativo e inició su proceso. El problema, de acuerdo con organizaciones de defensa de migrantes consultadas por Contralínea, es que a los “asegurados” no se les informa el momento en que da inicio su proceso ni tampoco el procedimiento, por lo que difícilmente podrán acreditar a un abogado.

También se estableció que la visita de familiares, representantes legales y organizaciones no gubernamentales será únicamente si se tiene la autorización previa del responsable de la estación migratoria y que el tiempo máximo es de 30 minutos.

El rechazo

Poco después de su publicación en el DOF, la crítica general que las organizaciones civiles y los defensores de derechos humanos hicieron de las nuevas disposiciones de la Segob es que éstas responden a “una política migratoria esquizofrénica” de la administración de Felipe Calderón.

Emilio Álvarez Icaza, extitular de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, explica:

“El papel que México como Estado está desempeñando en el tema migratorio lo ubica muy cerca de la hipocresía, porque en los foros internacionales tiene un papel muy activo; incluso, para proteger a los mexicanos en Estados Unidos, ha acudido a instancias internacionales y ha ganado casos importantes en La Haya, de manera que se sientan precedentes en derechos humanos. Pero el problema es que no está aplicando esos criterios en su propio país, y eso está generando una problemática brutal de sistemáticas violaciones a los derechos humanos de los migrantes que pasan por nuestro territorio”.

El pasado 13 de noviembre, Sin Fronteras, IAP, presentó un amparo en contra de las normas expedidas por Segob, por considerar que violan los artículos 5,14, 16, 17, 89 y 133 de la Constitución, además de tratados internacionales como la Convención Internacional sobre la Protección a los Derechos de los Trabajadores Migratorios y sus Familias; la Convención Americana sobre los Derechos Humanos; la Convención Sobre el Estatuto de los Refugiados, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El amparo fue presentado ante el Juzgado 16 Administrativo de Distrito, integrado en el expediente 1684/09, cuya copia obra en poder de Contralínea. En éste, la organización civil –que desde hace 15 años brinda asistencia legal y apoyo multidisciplinario a los migrantes en tránsito por México y solicitantes de asilo– advierte que las normas dan un amplio margen de discrecionalidad a los funcionarios del INM en detrimento de los migrantes, lo que, adelanta, complicará aún más la difícil situación que viven los internos en estos centros.

Se argumenta también que las nuevas reglas obstruyen la transparencia e información respecto del funcionamiento de las estaciones migratorias.

Cabe señalar que el monitoreo permanente que Sin Fronteras ha dado a algunas estaciones migratorias, particularmente la de Iztapalapa, obligó a la Segob a rehabilitar (en 2004) una parte de la infraestructura en dormitorios y baños. Sin embargo, las normas de la administración Calderón limitan su ingreso, al igual que a todas las organizaciones civiles e incluso los familiares de los migrantes, quienes sólo podrán acceder siempre y cuando el director en turno lo autorice.

Con estas limitaciones, poco a poco las 48 estaciones migratorias se equiparan a los centros de reclusión, aunque en los reclusorios, las visitas tiene acceso a patios, comedores y áreas comunes por un tiempo de hasta ocho horas, cuatro días a la semana y sin que cada visita deba ser autorizada por el director del reclusorio.

Perseo Quiroz Rendón, apoderado legal de Sin Fronteras, destaca que las normas “ignoran las disposiciones contenidas en tratados internacionales celebrados por México y debidamente ratificados por el Senado, lo que las hace inconstitucionales, violatorias, entre otros, del artículo 133 de la Constitución que establece que los tratados internacionales son ley suprema”.

La mayoría de las impugnaciones que Sin Fronteras hace a las nuevas disposiciones de la Segob, explica en entrevista el abogado, “deriva de las prácticas reales con las que Migración maneja estos centros de detención y que nosotros hemos documentado no sólo con los testimonios de nuestros usuarios, sino con la experiencia propia”.

“De todos los casos que hemos llevado, el ciento por ciento no tuvo derecho a un debido proceso: a ninguno se le informó de sus derechos, a ninguno se le dio acceso a un abogado, a nada; lo que nos lleva a concluir que en realidad los migrantes retenidos están en total grado de indefensión”.

Hasta antes de las modificaciones a las normas, el periodo que un migrante permanecía detenido si interponía un amparo o si presentaba alguna queja o denuncia oscilaba en un año, tiempo en que el quejoso debía permanecer bajo custodia, en ocasiones, de los mismos funcionarios a quienes estaba denunciando; y encima, “ahora la Segob establece periodos de detención y encierro indefinidos”.

La situación más vulnerable, detalla, es la de los refugiados y solicitantes de asilo. Cita el caso de dos jóvenes hindúes de 19 años de edad, quienes en 2009 salieron de India bajo amenaza de muerte por su activismo estudiantil y entraron a México para pedir refugio. En Puebla fueron detenidos. Los funcionarios del INM no les dieron acceso a un traductor, no les informaron de sus derechos ni de su estatus jurídico. Luego, los enviaron al Distrito Federal para su expulsión.

En la estación migratoria de Iztapalapa, permanecieron recluidos seis meses, hasta que, tras varios intentos de suicidio, algunas huelgas de hambre y la presión de las organizaciones no gubernamentales, finalmente, el INM les dio acceso a ejercer su derecho a solicitar refugio. La Comar les reconoció tal estatus.

Las presiones

El representante legal de Sin Fronteras denuncia que los funcionarios del INM y particularmente los directivos de la Estación Migratoria de Iztapalapa presionan a los migrantes a que se desistan de sus amparos y quejas, ofreciéndoles beneficios fuera de la ley.

Cita el caso de M, un australiano que entró al país de manera regular, y luego detenido y encerrado en Las Agujas hasta que se emitió una orden de deportación en su contra. M se amparó, y ante la falta de resolución en su proceso, se puso también en huelga de hambre.

Su abogado, Quiroz Rendón, narra: “Un día Luis Francisco de los Reyes Castillo lo mandó llamar a su oficina y le dijo: ‘Oye, mira, la próxima semana vas a salir de la estación para que puedas regularizarte’, cuando en realidad ya estaba la orden de su deportación y en vía el amparo. Pasaron dos semanas y lo mandó llamar de nuevo, le dijo: ‘Si te desistes del juicio de amparo entonces tal vez, y sólo tal vez, si nosotros somos buenas gentes, te dejamos salir. Desístete, te estás aquí dos meses más y a lo mejor te dejamos salir para que te regularices’.

“En todo momento le mintieron. Como no aceptó, lo pusieron con otro migrante que fue declarado no sano mentalmente y lo aislaron del resto de la población, quitándole también el derecho a bañarse. Y así, aislado, lo mantienen actualmente”.

Las modificaciones a la Norma para el Funcionamiento de las Estaciones Migratorias, que de acuerdo con el análisis jurídico de los abogado de Sin Fronteras, “da mayor posibilidad a las autoridades migratorias de manejarse discrecionalmente”, se dan en un periodo en que el personal del INM se ubica como los principales agresores de migrantes, de acuerdo con el Registro Nacional de Agresiones a Migrantes elaborado por la CNDH.

El registro destaca que los migrantes “se exponen al riesgo de sufrir una violación a sus derechos humanos en el proceso de aseguramiento, traslado, resguardo y deportación a su país de origen, proceso en el que están a disposición de las autoridades migratorias”. Hoy, con las disposiciones de la Segob, al parecer, los abusos serán perennes.


INM, expedientes negros

Maltrato, golpes, tortura, tratos crueles e inhumanos, abuso de autoridad y acciones extrajudiciales son vocablos que abundan en las quejas y denuncias presentadas ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y los órganos internos de control en el Instituto Nacional de Migración (INM), por migrantes de diversas nacionalidades, “asegurados” a lo largo y ancho de todo el país.

Algunos de los casos más graves han valido 15 recomendaciones de la CNDH, emitidas en lo que va de la administración de Cecilia Romero Castillo al frente del Instituto, cifra que convierte al INM en una de las principales entidades de gobierno que transgrede los derechos humanos.

Cada una es un expediente negro de extranjeros que, lejos de casa, en su travesía por buscar mejores condiciones de vida, tuvieron la desgracia de caer en manos de malos funcionarios o de la delincuencia que, en ocasiones, se mimetiza con un uniforme y una placa institucional.

Así le ocurrió a César y Juan Carlos, dos jóvenes hondureños de 20 años de edad, detenidos en Nogales por la Policía Federal Preventiva y puestos a disposición del INM el 16 de abril de 2007. Al siguiente día de su detención, fortuitamente, personal de la CNDH hizo una visita de trabajo y preguntó al delegado que cuántos migrantes tenían asegurados. El funcionario respondió que cuatro. Sin embargo, los migrantes revelaron que la migra había encerrado a seis. El subdelegado se vio obligado a reconocer: dijo que en efecto, había otros dos indocumentados, pero que los “había llevado a certificación médica”.

Los visitadores de la CNDH descubrieron que el jefe de Departamento de Regulación Migratoria los tenía en su oficina y pidieron hablar con ellos.

?¡No digan nada o se los va a cargar la chingada! –alcanzó a susurrar el funcionario y los jóvenes asintieron. César y Juan Carlos le dijeron a los visitadores que el jefe los llevó “a platicar a su oficina”, pero que la revisión médica se las había hecho desde el día anterior.

Posteriormente, los visitadores recibieron información de que los funcionarios del INM le pidieron a César y Juan Carlos 4 mil dólares a cambio de liberarlos, incluso, hablaron vía telefónica a Estados Unidos con el hermano de uno de ellos, a quien le ordenaron que de no hacer el depósito, los deportarían.

Según las indicaciones de los funcionarios, el dinero debía depositarse a la cuenta bancaria de la esposa del delegado del INM. El trato, incluía que los funcionarios del INM les entregarían actas de nacimiento que los identificaba como mexicanos “para que no tuvieran problemas”.

Los familiares lograron reunir 28 mil pesos, pero cuando iban a depositarlos en el banco, les informaron que la cuenta estaba cancelada. Se comunicaron al número que el delegado les proporcionó y que correspondía a su domicilio particular, que es también el del jefe de Departamento de Regulación Migratoria. Allí, la esposa de este último les dijo que lo llamaran a su celular.

El delegado de Migración les indicó que hicieran el depósito a nombre del propietario del establecimiento comercial denominado Casa de Cambio Luna, en Agua Prieta. El depósito quedó registrado el 17 de abril. Posteriormente, la familia recibió una llamada anónima que les indicó que los jóvenes ya habían sido liberados.

Cuando la CNDH integraba el caso, los funcionarios del INM les remitieron un informe donde indicaban que el 18 de abril de 2007, los hondureños César y Juan Carlos supuestamente “se fugaron de la estación migratoria en Nogales, Sonora”.

Las irregularidades no concluyeron allí. De acuerdo con las pesquisas de la CNDH, la madrugada del 19 de abril, los muchachos fueron llevados por los agentes de Migración en el vehículo oficial (una pick up con cabina) hasta el desierto de Altar, “donde los asustaron y amedrentaron”. Los liberaron hasta entrada la mañana.

En su Recomendación 40/2008, la CNDH pidió a la Secretaría de la Función Pública (SFP) hacer la indagatoria administrativa y al Ministerio Público Federal, la penal, correspondientes. Contralínea solicitó una entrevista para hablar con la comisionada Cecilia Romero Castillo sobre éste y los otros casos que aquí se documentan, sin embargo, hasta el cierre de esta edición, no hubo respuesta.

María, muerta

Hay otros casos en que los abusos y la negligencia de los funcionarios al mando de la exsenadora de la república por el Partido Acción Nacional, le ha costado la vida a sus víctimas. Uno de ellos es el de María Alicia Yupa Llayco, una ecuatoriana que en su travesía hacia Estados Unidos, el 20 de octubre de 2007, ingresó a México por Tapachula junto con su amiga Lidia Tenesaca, también ecuatoriana. Entre un grupo de 26 migrantes (cinco guatemaltecos, cuatro salvadoreños y 17 ecuatorianos), cruzaron la frontera de Guatemala, la última que María conocería.

Viajaban ocultas en el doble fondo de un camión. Ese mismo día las detuvo migración en Tuxtla Gutiérrez, regresándolas posteriormente a Tapachula para ingresarlas a la Estación Migratoria Siglo XXI. Ni el personal del INM en Tuxtla ni en Tapachula les hizo los exámenes médicos de rigor, sólo se limitaron a preguntarles si les dolía algo o si estaban golpeadas.

María Alicia estaba muy agitada, sudaba copiosamente y respiraba con mucha dificultad; como posteriormente acreditaría la CNDH, a simple vista “era evidente que estaba muy enferma” por la presencia, además, de exoftalmos (ojos saltones). Pese a ello, en el certificado médico, el personal del INM asentó que en la “exploración física” sólo se detectó que presentaba “piquete de insecto en miembros superiores” y que “sí puede viajar”.

A medida que pasaban las horas, un intenso dolor de cabeza se tornaba más agudo. La tuvieron tres días en la estación migratoria de Tapachula y luego la trasladaron en un camión que trasegó más de 20 horas hasta la estación de Iztapalapa. María pedía, exigía, rogaba, suplicaba que la auscultara un médico. De nuevo la revisión fue sólo superficial, nulo el diagnóstico y una aspirina por prescripción; ni siquiera se le abrió un expediente clínico, en contravención a la Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA 1-1998.

El 28 de octubre, su deteriorado estado obligó a los directivos de la estación migratoria de Iztapalapa a ingresarla en el Hospital General Dr. Manuel Gea González. Asignada al área de cuidados intensivos, la diagnosticaron con estado de salud grave por taquicardia e hipertiroidismo.

La víspera del 2 de noviembre, cuando México celebra a los fieles difuntos, lejos de su familia, María murió en una cama de hospital por la impericia del personal al mando de Cecilia Romero Castillo. La CNDH dice (en su Recomendación 024/2008) que violaron en su perjuicio sus derechos a la protección de la salud y a la legalidad. Pidió a la SFP abrir la indagatoria correspondiente.

El certificado de defunción indica que María falleció con motivo de tormenta tiroidea y choque cardiogénico. Los anales médicos, como el Manual Merck (de la farmacéutica global Merck & Co), indican que una tormenta tiroidea es generalmente provocada por un hipertiroidismo que no recibió tratamiento o que fue tratado inadecuadamente, y puede desencadenarse, entre otras razones, por el estrés o el miedo, como el que seguramente sintió María lejos de casa, en un país ajeno, entre las rejas donde se ahogaban sus lamentos.

Vejados

De los tratos crueles e inhumanos proferidos por personal del INM, destaca la Recomendación 63/2007, que documenta el abuso de autoridad y los tratos degradantes en agravio de 20 hombres adultos, seis mujeres y dos menores de edad. El personal médico comisionado a la Estación Migratoria de Saltillo los obligó a introducirse en el ano un hisopo de aproximadamente 20 centímetros de largo “bajo la amenaza de que, en caso de no hacerlo, se les castigaría manteniéndolos asegurados en ese recinto por tres meses”.

Una segunda recomendación (64/2007) le valió al INM por “tratos crueles, inhumanos y degradantes”, porque permitieron que el personal de la empresa privada Seguridad Privada y Protección Civil y Empresarial practicara una revisión corporal a 14 guatemaltecos, obligándolos a quitarse la camisa, bajarse los pantalones y los calzoncillos, de tal manera que quedaron completamente desnudos. Les indicaron que levantaran los brazos, se pusieran en cuclillas y brincaran dando vueltas.

El resto de las recomendaciones se refiere a violaciones a la integridad física y psicológica, al principio de legalidad, al debido proceso y al derecho a la defensa.

Uno de los principales focos rojos es el de la estación migratoria de Tapachula, la denominada Siglo XXI, que supuestamente es la que ofrece “mejores” condiciones a los asegurados. El principal reclamo de los indocumentados es que se les somete a revisiones denigrantes con la anuencia de los directivos del INM.

Desde 2008, la CNDH documentó que se registraban tales situaciones no sólo por parte del personal del INM, sino de elementos de la Policía Auxiliar de Servicios Privados de Seguridad, quienes, sin tener atribuciones para revisar a los migrantes, los obligaban a desnudarse en áreas comunes; hubo casos de hombres que denunciaron que durante la revisión les tocaban los testículos. En 2008, ello le valió al INM la recomendación 48/2008, aunque ésta no inhibió las prácticas. (ALP)

Fuente: CONTRALÍNEA 167 / 31 DE ENERO DE 2010

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