10/02/2018

Sinaloa aprueba reforma para “proteger vida desde la concepción”


Defensoras buscarían acción de inconstitucionalidad  


La LXIV legislatura del congreso de Sinaloa concluyó su periodo de sesiones aprobando la reforma al artículo 4to constitucional para proteger “la vida desde el momento de la concepción”, hecho que obstaculiza el acceso de las mujeres a la interrupción del embarazo.
El pasado viernes 28 de septiembre en la última sesión de los diputados de Sinaloa, con 32 votos a favor y únicamente dos en contra, aprobaron la modificación al artículo 4 BIS, fracción I, de la Constitución de Sinaloa para tutelar “la vida desde el momento de la concepción”, de acuerdo con la página oficial del congreso estatal.
No se tenía prevista para discusión del pasado viernes esta iniciativa impulsada por la bancada del Partido Acción Nacional (PAN) pero tras cabildearla con las diversas fuerzas políticas en menos de una hora fue aprobada, únicamente el diputado del PAN, Juan Pablo Yamuni Robles, subió a la tribuna a leer la propuesta y defendió que “se no trataba de la penalización del aborto” solo buscaban “solidarizarse con el no nacido”, no hubo argumentaciones en contra.  
Después de ser aprobada las defensoras feministas del “Colectivo de Mujeres Activas Sinaloenses” llegaron al congreso de Sinaloa y señalaron que buscarían interponer la acción de inconstitucionalidad o tramitar una solicitud de Alerta de Violencia de Género por Agravio Comprado, como ocurrió en Veracruz, donde también se aprobó la “protección de la vida desde el momento de la concepción”, informaron en su página.
La aprobación de este proyecto legislativo se dio el mismo día que se conmemoró la Despenalización del Aborto en América Latina y el Caribe.
La redacción del artículo 4to constitucional quedó redactada: “El Estado tutela el derecho a la vida desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley correspondiente hasta su muerte”.
El Código Penal de Sinaloa permite el aborto únicamente por tres causales: cuando el embarazo es producto de una violación, cuando está en peligro de muerte la mujer embarazada y si la interrupción del embarazo se dio por un accidente (imprudencial o culposo). Fuera de estas razones, a las mujeres que practiquen un aborto se les puede imponer de seis meses a tres años de prisión.
A pesar de que esta reforma no constituye un obstáculo para el acceso legal al aborto bajo las causales establecidas en Sinaloa, se ha observado en otros estados que genera un clima de confusión e incertidumbre jurídica entre el personal de servicios de salud y las mujeres sobre la legalidad de abortar.
Falta que la reforma pase por la aprobación de los 18 cabildos locales; de ser aprobada por la mayoría, se publicaría en el Diario Oficial Estatal y Sinaloa se sumaría a las 17 entidades federativas que actualmente protegen en sus constituciones “la vida desde el momento de la concepción”, que de acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida son: Morelos, Baja California, Colima, Sonora, Quintana Roo, Guanajuato, Durango, Puebla, Nayarit, Jalisco, Yucatán, San Luis Potosí, Oaxaca, Querétaro, Chiapas, Tamaulipas y Veracruz.

CIMACFoto: Cristina Acuña Roeder
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 

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