Miguel Carbonell
El caso de Elba Esther Gordillo es importante. Por las implicaciones que tiene y por la enorme visibilidad pública de la principal implicada, ha llamado la atención de los medios nacionales e internacionales.
Uno de los puntos más relevantes del caso tiene que ver con el delito que le están imputando a “La maestra”: lavado de dinero, previsto en el artículo 400Bis del Código Penal Federal. Los abogados de Gordillo han adelantado que sostendrán que no se configura el delito ya que los fondos utilizados no tienen un origen ilícito. Seguramente ese será el gran tema que deba dilucidar el juez encargado del caso y el principal motivo de defensa de Elba Esther.
Pero lavado de dinero no se configura solamente a partir de fondos con un “origen” ilícito, sino que lo que exige el código penal es que la ilicitud se presente en cualquier momento en que dichos fondos estén en poder o sean empleados por una persona.
De hecho, la ilicitud comienza desde el momento mismo en que se transfieren cantidades enormes de dinero a personas que no tienen nada que ver con la administración del Sindicato y ese mismo dinero se destina a cuestiones bien alejadas de lo que prevén los estatutos del propio gremio.
En el caso de Elba Esther, es obvio que los fondos del SNTE no pueden ser utilizados lícitamente para una serie de gastos que la PGR logró acreditar. Así por ejemplo, se les transfieren más de mil trescientos millones de pesos a Nora Guadalupe Ugarte Ramírez, quien a su vez utiliza parte de ese dinero para pagar el uso de aviones particulares (2 millones 682 mil dólares se los paga a la empresa Avemex SA de CV a través de 42 distintas transferencias), a tiendas de lujo en Estados Unidos (realiza 22 transferencias por un valor total de dos millones cien mil dólares a tiendas como Neiman Marcus, a una tarjeta de crédito a nombre de la propia Elba Esther).
Otros dos implicados (Isaías Gallardo y José Manuel Díaz Flores) reciben importantes cantidades de dinero y, en una operación típica de quien intenta lavar dinero, lo dispersan a través de un gran número de cuentas bancarias de diferentes países. Así por ejemplo, lo mandan a bancos en Suiza, Estados Unidos, España, Santa Lucía y Liechenstein. Con parte de esos fondos se paga la casa situada en el número 1 de Green Turtle Road, en Coronado, California (al menos un millón de dólares invertidos en esa casa provienen de una cuenta abierta en el LGT Bank en Liechenstein).
Teniendo en cuenta esos elementos, parece que sí se configura la “ilicitud” de los recursos y se acredita la hipótesis de lavado de dinero, a reserva de lo que señalen los jueces que están conociendo del caso.
Entre Nora Ugarte, Isaías Gallardo, José Manuel Díaz Flores y una empresa llamada “Gremio Inmobiliario El Provisor SA de CV” manejan más de dos mil quinientos millones de pesos.
Lo que ahora deben hacer las autoridades (y lo debemos exigir los ciudadanos) es que consignen a los implicados por el delito de defraudación fiscal. Las leyes fiscales obligan a toda persona que recibe ingresos a hacer las declaraciones correspondientes y a pagar la parte correspondiente en forma tanto de Impuesto sobre la Renta como IVA o IETU según sea el caso. La señora Nora Ugarte seguramente le debe una cantidad enorme al fisco mexicano al igual que los demás implicados en este caso. Si no acreditan que pagaron puntualmente sus impuestos también estarían en la hipótesis de haber cometido un delito fiscal.
El SAT es muy efectivo cuando se trata de contribuyentes cautivos. Los que pagamos cumplidamente esperamos la misma efectividad y contundencia hacia Elba Esther y sus socios. Que paguen lo que la ley señala y, si no les alcanza porque ya se gastaron el dinero, que se utilicen sus bienes. Ojalá, por una vez, se haga justicia como corresponde.
@MiguelCarbonell
Investigador del IIJ de la UNAM
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