Los legisladores tienen derecho a oponerse a hacer públicas sus declaraciones
La transparencia patrimonial no opera para diputados: SCJN
Bienes y gravámenes son datos personales de legisladores y de cualquier empleado federal: Margarita Luna Ramos
‘‘No hay prevalencia del derecho al acceso a la información pública
sobre el derecho a la protección de datos personales’’, determinaron
seis de 11 ministrosFoto Carlos Ramos Mamahua /Archivo
Jesús Aranda
Periódico La Jornada
Miércoles 19 de junio de 2013, p. 7
El
pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció
que el principio de ‘‘máxima publicidad’’ no opera para los diputados
federales y éstos tienen el derecho a oponerse a que sus declaraciones
patrimoniales sean públicas.
En ese contexto, la ministra Margarita Luna Ramos resumió la postura
triunfante, al señalar que todas las sentencias y acuerdos son
‘‘difundibles en el ejercicio de nuestra función (y) se tacharán los
datos de las personas involucradas’’ en las resoluciones, ‘‘pero
nuestras declaraciones patrimoniales son datos personales de nosotros
como titulares del órgano, no como órganos’’.
Por eso, subrayó, debe hacerse esta distinción, porque la
Constitución protege de manera específica esos datos personales ‘‘que
solamente pueden ser difundidos en la medida que el titular del órgano
así lo permita’’.
Al igual que seis de 11 ministros que se pronunciaron por negar el
amparo en contra del artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos, Luna Ramos agregó que para
ella ‘‘podría ser dato difundible’’ la identificación de la persona, el
puesto y el sueldo, porque hay una ley específica que obliga a difundir
esos datos.
En cambio, añadió, los demás datos que se refieren a ingresos, a
bienes, a gravámenes, esos son datos personales. ‘‘¿Pueden publicarse?,
sí, si la persona lo autoriza; si no, no estamos en posibilidades de
poderlos publicar’’, porque así lo determinan los artículos sexto y 16
de la Constitución.
Alberto Gelacio Pérez Dayán, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge
Pardo Rebolledo, Luis María Aguilar Morales y Fernando Franco
conformaron ayer una mayoría que se prevé que oficialice la negativa de
amparo el próximo jueves, con lo que la Suprema Corte cerrará la puerta
para que los ciudadanos, vía solicitudes hechas a través del Instituto
Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai),
conozcan las declaraciones de los diputados y de cualquier funcionario
de la Federación que no quieran que los datos sobre sus bienes e
ingresos sean públicos.
La mayoría afirmó que ‘‘no hay prevalencia del derecho al acceso a
la información pública sobre el derecho a la protección de datos
personales, aun en el caso de servidores públicos’’.
También se lavaron los manos y comentaron que, en todo caso, quien
debe definir en qué casos las declaraciones patrimoniales de los
diputados –y de todos los funcionarios federales– deben ser públicas,
le corresponde precisamente a los propios legisladores.
En
cambio, el ministro presidente, Juan N. Silva Meza, quien junto con
Sergio Valls Hernández y José Ramón Cossío se pronunciaron por la
inconstitucionalidad del precepto, aseveró que todos los servidores
públicos ‘‘nos debemos a la sociedad, tenemos el deber de rendir
cuentas respecto del desempeño de nuestra función, sobre el destino y
aprovechamiento de los recursos públicos que recibimos’’.
La protección de la privacidad de los datos de un funcionario debe
ceder racional y ponderadamente frente al interés ciudadano, con mayor
razón cuando esa información se relaciona fundamentalmente con la
función democrática de control de la gestión pública y de prevención y
exposición de actos de corrupción, que puede ejercer la sociedad,
indicó.
En lo que respecta a las declaraciones patrimoniales, subrayó, si
bien se trata de información privada, está en posesión de la autoridad,
y como tal debe protegerse ponderadamente y que la privacidad de
ciertos datos, no de todos, debe ceder ante la exigencia consistente en
la transparencia de la gestión pública, ‘‘que es el único vehículo para
que la sociedad ejerza ese derecho y ese deber de conocer en qué se
desempeñan sus funcionarios’’.
Se omitirían domicilios y cuentas bancarias
Los servidores públicos, "todos, aun los electos’’,
somos figuras públicas y por tanto el umbral de protección que gozamos
respecto de nuestra privacidad debe ceder ante el interés general,
aseveró.
Silva Meza, Cossío –quien elaboró el proyecto de dictamen
concediendo el amparo– y Valls coincidieron en la entrega de una
versión pública de las declaraciones patrimoniales de los 500 diputados
de la anterior legislatura al quejoso, en las que se omitan datos
privados como direcciones, teléfonos particulares, números de cuentas
bancarias y de valores; es decir, datos que sí están protegidos
expresamente por la Constitución.
Finalmente los ministros Arturo Zaldívar y Olga Sánchez Cordero
dijeron que el artículo impugnado no es inconstitucional, pero avalaron
la concesión del amparo.
Pero el amparo no se ah concedido aun, la suprema corte de justicia de la nación aun seguirán estudiando el amparo, por favor lean bien y después critiquen de forma veras.
ResponderBorraraquí esta la nota completa, al final marca que aun se seguirá estudiando el caso. http://canaljudicial.wordpress.com/2013/06/18/hoy-en-el-pleno-de-la-scjn-49/