Magdalena Gómez
La creciente intervención de empresas
trasnacionales en territorios indígenas ha motivado que incluso la
Organización de Naciones Unidas (onu) aborde el tema en contextos de la
llamada mundialización. En 2011, el Consejo de Derechos Humanos de
Naciones Unidas emitió los Principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos: proteger, respetar y remediar,
con el fin de que los estados ejerzan control sobre las actividades
empresariales y garanticen que se actúe con la debida diligencia y que
las víctimas tengan acceso a medidas efectivas y adecuadas de
reparación. Con el fin de vigilar el cumplimiento de estos principios,
el consejo creó el Grupo de Trabajo sobre Empresas y Derechos Humanos,
que concluirá mañana su visita de 10 días a México con la presentación
de un informe preliminar sobre la misma después de entrevistarse con
empresas, gobierno y organizaciones.
El telón de fondo para la actividad de este grupo de trabajo es el documento de los Principios rectores que
no son instrumento jurídico y, por tanto, no son vinculantes, pero se
han convertido en una suerte de mantra. Se asumen acríticamente como
base para la actividad de la ONU en torno a la compleja relación entre
derechos humanos y empresas. Dichos principios no consideran los
derechos vigentes de los pueblos indígenas. Si bien no están referidos a
éstos de manera directa, sí encontramos que son los principales
afectados por la actividad de las empresas en sus territorios. Es
urgente colocar la discusión sobre el enfoque prevaleciente para tratar
una relación notoriamente asimétrica, más aún cuando está en curso en la
ONU a partir de 2014 la elaboración de un instrumento jurídico al
respecto. No parece clara la postura sobre la responsabilidad primaria
de los estados en la protección de los derechos de los pueblos
indígenas. Es significativo observar que la onu aparezca como mediadora
supuestamente neutral de una problemática que inevitablemente afecta a
los pueblos indígenas y ante la cual se responde, más que con el
reforzamiento de sus derechos, con la discusión de lineamientos,
recomendaciones o llamados a la
buena voluntado
códigos de éticade las trasnacionales, cuyo único interés es el lucro siempre cobijado en nombre del
progreso. Dentro de los diversos antecedentes de los llamados Principios rectores encontramos que la idea de incorporar a los
actores socialesa los espacios de la onu se adoptó oficialmente con el lanzamiento del Global Compact, con la participación de 44 grandes sociedades trasnacionales y algunos otros
representantes de la sociedad civil. Fue anunciado en 1998 por el secretario general de la onu en un informe destinado a la Asamblea General titulado La capacidad empresarial y la privatización como medios de promover el crecimiento económico y el desarrollo sostenible. Entre las sociedades participantes en el Global Compact se encuentran British Petroleum, Nike, Shell, Nestlé, Rio Tinto y Novartis (A/52/428).
Hoy estamos ante la falacia de que es posible establecer una relación
equitativaentre pueblos indígenas y empresas trasnacionales e incluso establecer alianzas entre estos actores frente al Estado. En esa lógica es lamentable que se plantee siquiera que los probables beneficios compensatorios en esa relación sean la construcción de aulas, hospitales o alguna infraestructura en las comunidades afectadas.
Para dialogar con el grupo de trabajo que nos visita, un colectivo de
más de 100 organizaciones, movimientos y redes de la sociedad civil
elaboraron un informe en el que se da cuenta de las principales
violaciones a derechos humanos por las empresas y documenta 61 casos en
todo el territorio nacional. Las violaciones más frecuentes son contra
el derecho a la tierra y territorio; el derecho a la consulta y el
consentimiento previo; el derecho al acceso a la información; a un medio
ambiente sano; impactos negativos a la salud, y falta de cumplimiento
de los derechos indígenas. Llama la atención que el informe refiera este
panorama como el obstáculo para el cumplimiento de los Principios rectores, asumiendo
con ello la legitimidad de los mismos o bien simplemente acogiendo la
oportunidad de un espacio de la ONU para documentar sus denuncias que
tienen como sustento tales principios.
El muy detallado informe destaca los impactos de las empresas
vinculadas con los sectores de minería, energía eólica, presas
hidroeléctricas, agroindustria, infraestructura (carreteras y
aeropuertos), explotación de hidrocarburos y gasoductos, inmobiliario,
turismo y maquilas, entre otros. Coloca la reflexión sobre el carácter
del Estado mexicano que se ubica al servicio de los intereses
empresariales, por encima de la protección del interés público mediante
la promulgación de normas que favorecen intereses empresariales en
detrimento de los derechos humanos. La moneda está en el aire, ya habrá
tiempo de elaborar balances.
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