Consulta popular a partir del tercer año de gobierno
La bancada de Morena en la Cámara de Diputados propuso
ayer una reforma a la Constitución para incluir la figura de revocación
de mandato del presidente de la República como mecanismo para
exigir cuentas y responsabilidadesal jefe del Ejecutivo y
permitir a la ciudadanía sustituir democráticamente a gobernantes elegidos popularmente.
En tribuna, al explicar el alcance de la propuesta, la diputada Merary Villegas Sánchez afirmó:
En democracia, los ciudadanos hacen posible con su voto que una persona ejerza el poder, pero si ésta falla en su propósito, distorsiona el camino o pierde el rumbo, cuando cometa acciones que denigren su investidura o vayan en contra de nuestra soberanía y principios fundamentales como nación, la sociedad tiene el derecho de revocarle su mandato.
Morena pretende modificar el artículo 108 constitucional, para que el
presidente pueda ser removido de su cargo a partir de una consulta
popular que se realice una sola vez cada sexenio, a partir del tercer
año de gobierno. Sin embargo, al tratarse de una reforma a la
Constitución, se requiere primero el voto de las dos terceras partes de
los diputados, luego el mismo porcentaje de senadores y finalmente la
aprobación del Constituyente Permanente, es decir, que la avale la
mayoría de los congresos de los estados.
El procedimiento que propuso Morena –y que se turnó a la Comisión de
Puntos Constitucionales– es que la revocación de mandato se solicite
ante alguna de las dos cámaras del Congreso de la Unión en el primer
periodo del segundo año de la legislatura.
La consulta podrá ser convocada por el Congreso, a solicitud del
propio jefe del Ejecutivo, el 33 por ciento de los integrantes de alguna
de las cámaras o por ciudadanos, en el equivalente a 33 por ciento de
los votos válidos de la elección presidencial.
El proceso estaría a cargo del Instituto Nacional Electoral (INE) y
se prevé que la revocación se determine por mayoría absoluta de votos a
favor, siempre que concurra a la consulta al menos 40 por ciento de
electores inscritos en la lista nominal.
La iniciativa considera que, en caso de determinarse la revocación,
el presidente contará con un plazo de 30 días naturales para impugnar
ante la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación.
Si la orden de revocación de mandato que emita el INE no es
impugnada, o bien el tribunal rechaza el recurso presentado por el
Ejecutivo, la sala superior declararía procedente el proceso, que
cesaría en sus funciones en un plazo improrrogable de 60 días.
En ese plazo, el Congreso de la Unión se erigiría en colegio
electoral para nombrar a un presidente sustituto, con el requisito de
que se presenten a la sesión respectiva las dos terceras partes de
senadores y diputados, y que la resolución sea por mayoría absoluta.
Con esta reforma, el presidente conserva intactas sus facultades como jefe de Estado y jefe de gobierno, pero el destino de la nación siempre estará en la decisión de los ciudadanos, señaló Villegas Sánchez.
Por otra parte, durante la sesión, Morena presentó una iniciativa de
ley sobre el régimen de capitalidad de Ciudad de México, que incluya la
obligación de incluir para la capital fondos en el Presupuesto de
Egresos de la Federación equivalentes a 0.25 por ciento de la
recaudación federal participable.
También considera que el presidente de la República pueda remover al
mando de la fuerza pública capitalina por causas graves como rehusarse a
brindar auxilio a los poderes federales y cuando no garantice medidas
para la operación de éstos, incluida la protección de sus recintos.
Roberto Garduño y Enrique Méndez
Periódico La Jornada
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