Ciudad de México. Todas las personas pueden educar a
sus hijas e hijos en la religión que consideren adecuada a sus
principios éticos y morales; sin embargo la Constitución federal
establece que la educación que imparte el Estado debe ser laica e
incluir el saber científico y tecnológico.
Es por esta razón que las feministas y especialistas en Derecho,
Leticia Bonifaz Alfonzo y Estefania Vela Barba, expusieron en un
conversatorio virtual que las iniciativas para incluir el Pin Parental
en las leyes locales de educación -y así permitir que madres y padres
impidan que sus hijas e hijos accedan a la educación sexual- son
claramente inconstitucionales.
En el encuentro virtual sobre laicidad que se realizó este miércoles,
Leticia Bonifaz dijo que es preocupante que en los Congresos estatales
se estén promoviendo estas reformas porque, explicó, la Constitución
marca que los contenidos educativos son competencia del Estado y en
particular de la federación.
En mayo la propuesta de reforma se discutió en el Congreso de Nuevo
León, donde fue desechada; sin embargo, en el mismo mes fue aprobada en
Aguascalientes. También se promovieron otras similares en las
Legislaturas de Baja California, Chihuahua, Querétaro y Ciudad de
México; y en el estado de Guanajuato, se propuso una parecida, pero para
integrar la “perspectiva de familia” en la ley educativa estatal.
Desde la perspectiva de la abogada, aunque los promotores del Pin
Parental aseguran que se trata de dar libertad a madres y padres sobre
la formación de sus descendientes, en realidad las reformas van en
contra de los avances de los derechos de las mujeres, de las personas de
la comunidad LGBTTTI y de cualquier idea de igualdad.
Bonifaz consideró que todas las personas pueden educar a sus hijas e
hijos en su creencias, pero la educación del Estado es laica y debe ser
cercana al saber científico, por ello confió en que si estas reformas no
se logran detener en los Congresos, sean impugnadas por los organismos
correspondientes ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Sólo en Aguascalientes, la reforma fue aprobada en el Congreso; sin
embargo, la Comisión de Derechos Humanos del estado ya presentó una
controversia constitucional ante la Suprema Corte.
La experta citó el artículo 3 constitucional que indica que toda
persona tiene derecho a la educación. El Estado y que el Ejecutivo
Federal determinará los principios rectores y objetivos de la educación
inicial, así como los planes y programas de estudio de la educación
básica y normal en toda la República.
Además, desde la reforma educativa de mayo de 2019 la Constitución
indica que la educación tendrá un enfoque de Derechos Humanos y de
igualdad sustantiva y que los planes y programas de estudio tendrán
perspectiva de género e incluirán enseñanza de las ciencias y
humanidades, y la educación sexual y reproductiva, entre otras materias.
A su vez la abogada Estefanía Vela Barba agregó que hay tres
iniciativas identificadas con el Pin Parental: en Querétaro, Nuevo León y
Aguascalientes. Estas propuestas, expuso, tienen el espíritu de abrir
la posibilidad de que madres y padres nieguen a niñas, niños y
adolescentes educación en sexualidad y con perspectiva de género,
argumentando que contravienen sus conceptos éticos, morales y
religiosos.
La abogada aseguró que las propuestas, promovidas desde enero de este
año y respaldadas por un movimiento global, conservador y organizado,
tienen la finalidad de generar “agujeros” en los Derechos Humanos
ganados. Como ejemplo, señaló que en Estados Unidos se consiguió el
derecho al aborto pero los grupos conservadores “abrieron un agujero“
para que las mujeres no puedan acceder a él.
En el caso de México, detalló, la educación integral en sexualidad es
un derecho que hoy corre riesgo. Además, alertó que el riesgo no sólo
es para las mujeres, el feminismo o la comunidad LGBTTTI, sino para
todas las personas. Sin embargo, también confió en que, en caso de que
estas reformas sean aprobadas, se impugnen ante la Suprema Corte.
Vela Barba expuso que en la Corte ya hay un antecedente cuando se
impugnó la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,
donde el alto tribunal se pronunció a favor de la constitucionalidad de
la educación sexual por ser información vital para la salud de las
personas y para evitar violencia sexual, enfermedades de transmisión
sexual como VIH y embarazos adolescentes.
Por su parte, el investigador de El Colegio de México y experto en
religiones y secularización, Roberto Blancarte Pimentel, puso énfasis en
la educación pública como núcleo central porque significa qué tipo de
formación y valores se tiene en la sociedad.
Blancarte Pimentel consideró que hay gente que cree, legítimamente,
tener derecho a recibir un determinado tipo de formación y están
peleando por su “derecho” a no educar a sus hijas e hijos en algo en
específico, así como han defendido que el personal médico se niegue a
realizar una interrupción del embarazo alegando objeción de conciencia.
Finalmente el experto alertó que un contexto donde los gobiernos
utilizan argumentos religiosos para contradecir avances en materia de
Derechos Humanos, los grupos conservadores que están cabildeando estas
reformas en los Congresos aprovechan el momento para anunciar sus
propuestas como si se trataran de iniciativas en materia de derechos de
las personas.
20/AGM/LGL
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