La UNICEF informa
que tomando en cuenta todos los factores, el riesgo de morir por causas
vinculadas al embarazo o al parto es por los menos 40 veces más alto en
los países pobres que en los países prósperos y es hasta 150 veces mayor
en los países más pobres. En un documento de 2016 de la Organización
Mundial de la Salud se lee: Cada día mueren en todo el mundo unas 830
mujeres por complicaciones relacionadas con el embarazo o el parto. En
2015 se estimaron unas 303 000 muertes de mujeres durante el embarazo y
el parto o después de ellos. Prácticamente todas estas muertes se
producen en países de ingresos bajos y la mayoría de ellas podrían
haberse evitado. …El alto número de muertes maternas en algunas zonas
del mundo refleja las inequidades en el acceso a los servicios de salud y
subraya las diferencias entre ricos y pobres. La casi totalidad (99%)
de la mortalidad materna corresponde a los países en desarrollo: más de
la mitad al África subsahariana y casi un tercio a Asia Meridional. Más
de la mitad de las muertes maternas se producen en entornos frágiles y
contextos de crisis humanitaria. La ratio de mortalidad materna en los
países en desarrollo en 2015 era de 239 por 100 000 nacidos vivos,
mientras que en los países desarrollados era tan solo de 12 por 100 000.
Hay grandes disparidades entre los países pero también en un mismo país
y entre mujeres con ingresos altos y bajos y entre la población rural y
la urbana. (http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs348/es/).
II.
En el plano internacional, el tema del acoso sexual se ha visibilizado
especialmente a través de las denuncias de personajes del mundo del
espectáculo que debieron someterse para poder hacer carrera y llegar al
estrellato. Pero poco se habla de la infinidad de obreras y empleadas
que lo sufren cotidianamente y deben soportar el acoso sexual para poder
conservar su empleo. Un sondeo del Instituto Francés de Opinión Pública
publicado el 28 de febrero de 2018 indica que en 2014 el 20% de las
mujeres en Francia sufrían diferentes formas de acoso sexual en el
empleo, porcentaje que aumentó al 32% en 2017 (
https://viehealthy-1278.kxcdn.com/wp content/ uploads/2018/02/VieHealthy_Ifop_Harcelement_Travail_26.02.2018-1.pdf). En un documento de la OIT (Acoso sexual en el lugar de trabajo–
http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/---declaration/documents/publication/wcms_decl_fs_115_es.pdf)
se puede leer: La OIT define el acoso sexual como un comportamiento en
función del sexo, de carácter desagradable y ofensivo para la persona
que lo sufre. Para que se trate de acoso sexual es necesaria la
confluencia de ambos aspectos negativos. El acoso sexual puede
presentarse de dos formas:
1) Quid Pro Quo, cuando se condiciona a la
víctima con la consecución de un beneficio laboral –aumento de sueldo,
promoción o incluso la permanencia en el empleo– para que acceda a
comportamientos de connotación sexual, o;
2) ambiente laboral hostil en el que la conducta da lugar a situaciones de intimidación o humillación de la víctima.
Comportamientos
que se califican como acoso sexual. Físico: Violencia física,
tocamientos, acercamientos innecesarios. Verbal: Comentarios y preguntas
sobre el aspecto, el estilo de vida, la orientación sexual, llamadas de
teléfono ofensivas. No verbales: Silbidos, gestos de connotación
sexual, presentación de objetos pornográficos.
ESTADÍSTICAS
CLAVES. Una encuesta publicada en Hong Kong en febrero de 2007 mostraba
que cerca del 25 por ciento de los trabajadores entrevistados sufría
acoso sexual, de los cuales un tercio eran hombres. Entre los varones,
sólo el 6,6 por ciento denunció su situación (en comparación al 20 por
ciento de las mujeres) por miedo a hacer el ridículo. Según un estudio
publicado en 2004 en Italia, el 55,4 por ciento de las mujeres entre 14 y
59 años declararon haber sido víctimas de acoso sexual. Una de cada
tres trabajadoras sufren intimidaciones para progresar en la profesión,
con el 65 por ciento de acusaciones de chantaje semanal por parte del
mismo acosador, generalmente un compañero o supervisor. Asimismo, el
55,6 por ciento de las mujeres que sufren intimidación sexual han
presentado su dimisión. En la Unión Europea, entre el 40 y el 50 por
ciento de las mujeres han denunciado alguna forma de acoso sexual en el
lugar de trabajo. Oficina Internacional del Trabajo Declaración relativa
a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo.
TRABAJAR
EN LIBERTAD. Según una encuesta realizada por la Comisión Australiana
de Igualdad de Oportunidades en 2004, el 18 por ciento de los
entrevistados de edades comprendidas entre los 18 y los 64 años
declararon haber sufrido acoso sexual en el lugar de trabajo. De entre
ellos, el 62 por ciento sufrieron acoso físico y menos del 37 por ciento
quisieron denunciar los hechos. La investigación muestra que el tipo de
mujer más vulnerable al acoso sexual es la mujer joven, económicamente
dependiente, soltera o divorciada y con status de inmigrante. Respecto a
los hombres, aquellos que sufren un mayor acoso son los jóvenes,
homosexuales y miembros de minorías étnicas o raciales.
El derecho
al aborto y la lucha contra el acoso sexual son reivindicaciones
totalmente legítimas de la mujer, cualquiera sea su clase social, pero
que no debieran dejar entre paréntesis u omitir, como suele suceder, la
cuestión de los derechos de la mujer relacionados con las pésimas
condiciones de vida de las mujeres que trabajan, con o sin salario o
directamente en condiciones de esclavitud. Porque además del acoso
sexual existe la esclavitud sexual y laboral de mujeres y niñas. El
comercio de personas, según señala Naciones Unidas, constituye la
tercera actividad más lucrativa del mundo, después del tráfico de armas y
el de drogas, generando miles de millones de dólares por año. Cuatro
millones de personas son retenidas anualmente para su explotación, de
las cuales las mujeres y las niñas constituyen el 75 por ciento. La ONU
(Tráfico de Personas. Modelos Mundiales. Oficina sobre Droga y Delito de
la ONU) advierte que las redes de tráfico, sobre todo para prostitución
pero también para la esclavitud laboral, se extienden por todo el
planeta.
Prácticamente ningún Estado permanece ajeno a la trata.
Hay 127 países de origen, 98 de tránsito y 137 de destino. Entre estos
últimos hay 10 con una incidencia muy alta como Estados Unidos,
Alemania, Japón y Holanda, entre otros. También incluye una veintena de
Estados con una incidencia alta, entre los cuales se encuentra España.
África es sobre todo un continente emisor de personas traficadas dentro
del propio continente y a Europa occidental. Nigeria es el principal
país de origen de las víctimas. En Asia las personas traficadas suelen
permanecer en el continente. Proceden principalmente de China y la
India. En Europa las víctimas suelen proceder del sureste y el centro de
Europa, sobre todo de Albania, Bulgaria, Lituania y Rumanía. Su destino
más frecuente es Europa Occidental. Bielorrusia, Moldavia, Rusia y
Ucrania son los principales países de origen de las víctimas, que van
hacia Europa Occidental y América del Norte. Australia y Nueva Zelandia
son los destinos de personas traficadas procedentes sobre todo del
sureste asiático. Esta calidad de vida deplorable y muchas veces
dramática de la mujer pobre está íntimamente relacionada con la
situación laboral de la gran mayoría de las mujeres que trabajan en
relación de dependencia.
III. Nos referiremos,
así sea esquemáticamente, a este tema crucial de la sociedad capitalista
contemporánea, que afecta a centenares de millones de mujeres en el
mundo. Abordaremos la situación de las mujeres trabajadoras con relación
a los salarios, a la jornada de trabajo, a la seguridad e higiene en el
trabajo, a la seguridad social, al acceso a la educación, al tiempo
libre y a la situación de las trabajadoras migrantes.
IV.
La mundialización ha producido cambios en las relaciones sociales y, en
particular, en las relaciones de trabajo, una de cuyas características
es la irrupción masiva de la mujer en el mercado de trabajo. Las
condiciones y circunstancias en que se produjo este ingreso en el
mercado del trabajo no han desmentido, sino confirmado, la
discriminación de que la mujer ha sido y sigue siendo objeto en este
campo.
La mujer se incorporó al mercado de trabajo por dos
razones: la primera, su deseo de ser reconocida como persona y como
ciudadana en una sociedad en la que tal reconocimiento depende sobre
todo de la participación en el mercado de trabajo; la segunda, por la
ineludible necesidad de trabajar frente al desempleo y la disminución de
los ingresos de los miembros masculinos de la familia y frente a la
disminución o desaparición de los beneficios sociales de que gozaba la
familia encabezada por el hombre, miembro activo fundamental. Pero esta
incorporación se produjo en condiciones tan discriminatorias como las
preexistentes, con el agravante de que la mujer fue utilizada como mano
de obra de reserva para imponer la disminución de los salarios y ofrecer
condiciones menos favorables a todos los trabajadores.
En efecto,
las empresas buscaron disminuir sus costos de producción para aumentar
su competitividad en el mercado internacional. Muchas trasladaron sus
sedes a países de mano de obra de más bajo precio y muy a menudo a las
llamadas «zonas de elaboración para la exportación» (zonas industriales
francas). Las altas tasas de desempleo funcionaron como factor de
coerción en la negociación en que las empresas lograron disminuir los
costos salariales, con el fin, alegaron, de resultar más competitivas.
Las mujeres fueron quienes primero aceptaron la oferta de trabajo de
ínfima remuneración, a tiempo parcial y sin beneficios sociales, como
forma de asegurar la supervivencia familiar ante el desempleo de los
hombres. Pero esta tendencia a la incorporación de las mujeres al
mercado de trabajo, aun en condiciones desfavorables, se ha estancado en
los últimos años y aun se ha invertido.
V. Un
informe de la OIT (Las mujeres en el trabajo. Tendencias en 2016)
comienza así: A lo largo de su vida laboral, las mujeres siguen
experimentando grandes dificultades para acceder a empleos decentes.
Sólo se han logrado mejoras mínimas desde la Cuarta Conferencia Mundial
sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, por lo que existen grandes
brechas que deben colmarse en la puesta en práctica de la Agenda 2030
para el Desarrollo Sostenible, adoptada por las Naciones Unidas en 2015.
La
desigualdad entre mujeres y hombres persiste en los mercados laborales
mundiales, en lo que respecta a las oportunidades, al trato y a los
resultados. En los dos últimos decenios, los notables progresos
realizados por las mujeres en cuanto a los logros educativos no se han
traducido en una mejora comparable de su posición en el trabajo. En
muchas regiones del mundo, en comparación con los hombres, las mujeres
tienen más probabilidades de encontrarse y permanecer en situación de
desempleo, tienen menos oportunidades de participar en la fuerza de
trabajo y suelen verse obligadas a aceptar empleos de peor calidad.
Los
progresos realizados para superar estos obstáculos han sido lentos, y
se limitan a algunas regiones del mundo. Incluso en muchos de los países
en los que la disparidad en la participación de la fuerza de trabajo y
el desempleo se ha reducido, y en los que las mujeres están dejando de
lado el trabajo familiar auxiliar para centrarse en el sector de los
servicios, la calidad de los empleos de las mujeres sigue suscitando
preocupación. El reparto desigual de las labores de cuidado y las tareas
domésticas no remuneradas entre las mujeres y los hombres, y entre las
familias y la sociedad, es un determinante importante de las
desigualdades de género en el trabajo.
En un comunicado de la
CEPAL emitido el 7 de marzo de 2017 en vísperas de la Jornada
Internacional de la Mujer se puede leer: Si bien durante la última
década los indicadores del mercado de trabajo habían mostrado una
evolución positiva, la tasa de participación laboral femenina se ha
estancado en torno al 53%.Y el 78,1% de las mujeres que están ocupadas
lo hacen en sectores definidos por la CEPAL como de baja productividad,
lo que implica peores remuneraciones, baja cobertura de la seguridad
social y menor contacto con las tecnologías y la innovación. Asimismo,
las tasas de desempleo de las mujeres son sistemáticamente mayores que
las de los hombres, subraya un documento preparado por el Observatorio
de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe (OIG) de la CEPAL.
En
mayo de 1953, es decir hace 64 años, entró en vigor el Convenio 100 de
la OIT relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra
masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor. Pero
pese al tiempo transcurrido las diferencias salariales entre hombres y
mujeres– otra de las maneras de acentuar la explotación capitalista–
subsisten en todas partes. En el Prefacio del documento de la
Organización Internacional del Trabajo Informe Mundial sobre Salarios
2014/2015 Salarios y desigualdad de ingresos (http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---dcomm/---publ/documents/publication/wcms_343034.pdf)
se puede leer: …el crecimiento salarial mundial en los últimos años se
vio impulsado por las economías emergentes y las economías en
desarrollo, donde el salario real ha ido en aumento desde 2007, si bien
el crecimiento salarial se ha desacelerado en 2013 en comparación con
2012. En las economías desarrolladas, en general, los salarios
permanecieron estancados en 2012 y 2013, y en varios países se
mantuvieron por debajo de su nivel en 2007 …En el clima actual, en el
que la economía global corre el riesgo de volver a caer en una trampa de
crecimiento bajo, sería deseable un mayor crecimiento salarial en los
países cuyos salarios en el pasado quedaron a la zaga del crecimiento de
la productividad…En muchos países la distribución de los salarios y del
empleo remunerado ha sido un determinante fundamental de las tendencias
recientes de la desigualdad. …La disparidad salarial entre mujeres y
hombres, y entre nacionales y migrantes, sigue siendo importante…,
El
informe muestra además que los grupos de ingresos más bajos dependen
excesivamente de las transferencias sociales o de ingresos procedentes
del empleo independiente. En realidad, en casi todos los países, las
fuentes de ingresos son más diversas en los extremos superior e
inferior, que en la parte media de la distribución de la renta familiar,
donde los hogares dependen en mucha mayor medida de los salarios. Ello
ilustra la importancia de lograr coherencia entre las políticas
salariales y la protección social, junto con la creación de empleo
remunerado, para reducir la desigualdad. Por ejemplo, actualmente en
España, la diferencia salarial entre hombres y mujeres se revela en una
cifra: 64,8%. Es el porcentaje del salario medio masculino que cobran
las mujeres.
Uno de los factores más importantes en el tamaño de
esa brecha salarial es el hecho de que, mientras solo un 7% de los
hombres trabaja a tiempo parcial, esa cifra asciende al 25% entre las
mujeres. Eso hace que mientras que apenas un 7,8% de los asalariados
varones gana el equivalente a menos de un salario mínimo
interprofesional, esa cifra se dispara a un 18,6% entre las mujeres.
Cada vez más empresas recurren a trabajadores temporarios o de tiempo
parcial, a contratos por tiempo limitado, a trabajadores exteriores,
subcontratan una buena parte del trabajo o recurren a otras formas de
trabajo exterior a la empresa.
Antes, el trabajo temporario
respondía a una necesidad del empleado, a una elección. Las mujeres
forman parte esencial de estas “fuentes exteriores” de trabajo. También
constituyen una parte importante de los trabajadores informales, no
declarados, que no disfrutan de ningún beneficio social o realizan
tareas por cuenta propia que no les aseguran ingresos mínimos para la
supervivencia. En la mayoría de los países industrializados la mayor
participación de las mujeres en la población activa se explica por la
generalización de los trabajos de dedicación parcial. Una gran parte de
las mujeres en empleos de dedicación parcial son madres de niños
pequeños y existe una correlación entre el trabajo de dedicación parcial
y la disponibilidad de guarderías y horarios escolares más o menos
extensos. Como este tipo de trabajo no entraña las mismas prestaciones,
perspectivas de carrera y oportunidades de formación que el de
dedicación plena, esto parece indicar la posible marginación de las
mujeres que tienen responsabilidades familiares.
La tendencia a la
flexibilización de las pautas y prácticas de trabajo, conjuntamente con
el desempleo, han hecho que muchas mujeres con escasas calificaciones
hayan sido empujadas al trabajo ocasional, temporal, doméstico o
«independiente», así como al trabajo a domicilio o a formas de trabajo
en el sector no estructurado, como vendedoras callejeras, empleadas
domésticas o trabajadoras a domicilio no declaradas.
En África,
Asia y América Latina sobreviven y permiten sobrevivir a sus hijos en
condiciones de pobreza o extrema pobreza, gracias a este tipo de empleos
del que se benefician las grandes empresas, sus subcontratistas u otras
empresas lanzadas a la explotación irrestricta de mujeres, niños y
minorías, con la protección o la tolerancia de los gobiernos y de los
poderes económicos.
El trabajo a domicilio también se desarrolló
notablemente tanto en los países industrializados como en los menos
desarrollados. Esta modalidad de trabajo que permite a las mujeres
superponer una actividad asalariada al trabajo doméstico y está
remunerada muy por debajo de las normas generales para esas actividades y
por debajo del salario mínimo. En general, obliga a realizar jornadas
muy superiores a las legales, pues la modalidad de pago a destajo y la
retribución insuficiente fuerzan al trabajador a tratar de producir el
máximo posible a fin de obtener lo necesario para su subsistencia. Por
estar aislados, los trabajadores a domicilio son más propensos a ser
explotados, a lo cual se añade que la red de agentes, contratistas y
subcontratistas también está al acecho de alguna ganancia a sus
expensas.
En la agricultura, la introducción de nuevas tecnologías
como las relacionadas con la mecanización y la biotecnología, produjo
en un primer momento un aumento de la mano de obra femenina por el
aumento de la superficie cultivada y la persistencia, durante cierto
tiempo, de algunas tareas tradicionales que luego quedaron desplazadas.
En realidad, las nuevas tecnologías suplantaron la mano de obra femenina
en el campo y redujeron la participación de la mujer en la llamada
población activa agrícola. En general, cuando la mecanización y las
nuevas tecnologías son aplicadas a la actividad rural, los hombres
suelen tomar los puestos de trabajo existentes, mucho menos numerosos
que los ofrecidos por el trabajo agrícola tradicional.
En el
África al sur del Sáhara, donde la mujer había tenido generalmente una
situación favorable comparada con la de otros países subdesarrollados,
según los indicadores de mortalidad, nutrición y salud, gracias a su
importante función en el sistema agrícola, la nueva tecnología agrícola
las ha desplazado de esa función. También ha contribuido a deteriorar su
situación la promoción de los cultivos de exportación, que emplean mano
de obra esencialmente masculina y el ajuste estructural. Ambos la han
perjudicado al disminuir su acceso a la tierra, pues la adjudicación de
tierras como consecuencia de los programas de ajuste estructural a
menudo le han hecho perder sus tradicionales derechos de usufructo sobre
tierras cultivables, debilitando así sus posibilidades de ingresos.
La
introducción de derechos de propiedad individual y la reducción de los
derechos comunales sobre la tierra ha reducido el acceso de la mujer a
recursos productivos también en Asia meridional. Otro de los efectos de
la mundialización sobre la situación y el trabajo de la mujer es la
migración hacia otros países. Según algunas fuentes, 80 millones de
personas trabajaban fuera de su país en 1994 y dentro del territorio de
Asia solamente, cada año, unos 300.000 trabajadores transponen las
fronteras de su país para trabajar en el extranjero. En 2010, según la
División sobre población de las Naciones Unidas, los migrantes
internacionales en el mundo eran 214 millones, la mitad de los cuales
eran mujeres.
Una buena parte de dichas mujeres trabajan en el
servicio doméstico, en pequeñas empresas o industrias de gran densidad
de mano de obra y en el sector no estructurado de los servicios. En
Filipinas, que es el país asiático de mayor emigración, el número de
mujeres que emigra supera al de sus compatriotas varones en la
proporción 12 a 1. Muchas de ellas quedan sometidas a una situación de
verdadera esclavitud y sufren toda clase de maltratos. Entre las causas
del aumento de la pobreza y de la extrema pobreza en el mundo,
característico de este período de mundialización, se encuentra la
desocupación, pero también la creación de empleos remunerados por debajo
de las necesidades mínimas de subsistencia y la disminución o supresión
de los servicios sociales que eran prestados por el Estado. Las mujeres
se encuentran entre las principales víctimas de la pobreza, según la
regla general de que, cuanto más bajo en la escala social están los
individuos o los grupos, más graves son para ellos las consecuencias de
las políticas económicas que se están aplicando actualmente. Según la
OIT, «varios estudios han demostrado que la distribución flexible del
tiempo de la mujer ha sido uno de los aspectos que forman parte de la
adaptación a la pobreza creciente; las mujeres han aumentado el tiempo
que dedican a las actividades productivas y comunitarias, con frecuencia
a expensas del trabajo en el hogar, del cuidado de la familia y de su
propio tiempo libre».
En el marco de la mundialización, la
contracción del papel que desempeña el Estado en la economía,
particularmente la drástica disminución de los gastos sociales,
perjudica más a las mujeres que a los hombres, porque muchos de los
servicios reducidos o eliminados las ayudaban a aliviar una parte de sus
tareas familiares y a hacer compatible el empleo con la maternidad. La
disminución de los servicios de guardería las obliga a aceptar empleos
de tiempo parcial o a dejar a sus hijos al cuidado de otras mujeres de
la familia, lo que aumenta la carga de estas últimas. Los recortes en
los gastos de educación o de salud les obligan a tratar penosamente de
reemplazar dichos servicios o a dejar a sus hijos y familiares
desamparados. La privatización de los servicios de salud obliga a las
mujeres de condición más modesta a cuidar ellas mismas a sus enfermos.
Todo eso ha aumentado significativamente la carga de trabajo de la
mujer.
Como se indica en un documento de las Naciones Unidas, «hay
cada vez más pruebas de que al aumentar la pobreza, el desempleo y el
desamparo, las políticas de ajuste estructural llegan a exacerbar la
violencia contra la mujer, ya que reducen su poder económico y aumentan
su carga debido a la disminución o a la pérdida de servicios
sociales».(ONU, “Paz: Medidas para eliminar la violencia contra la mujer
en la familia y en la sociedad”, informe del Secretario General a la
Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer en su 38º período
de sesiones, E/CN.6/1994/4, Nueva York, 7 al 18 de marzo de 1994, párr.
54). Las mujeres están, en todo el mundo, a cargo de las funciones
reproductivas , que implican no sólo dar a luz sino también criar,
alimentar, educar, cuidar la salud y ayudar a la socialización de los
hijos y realizar tareas de cuidado de otros miembros de la familia y de
los bienes de la misma. Ese trabajo doméstico no es remunerado, no es
reconocido en las estadísticas económicas y no es tenido en cuenta para
la jubilación. Por ejemplo en España el trabajo doméstico no remunerado
es realizado en su mayoría por la mujer (73%) y equivaldría al 27,4% del
PIB español, según datos del Instituto Nacional de Estadística. Un
trabajo no remunerado y, por tanto, invisible para la economía de un
país, pues dicho trabajo realizado en el hogar queda fuera del cálculo
del Producto Interior Bruto.
La incorporación masiva de la mujer
al mercado de trabajo ha reducido el tiempo que dedica a esas tareas,
pero ha reducido sobre todo su tiempo libre. La falta de tiempo libre
obstaculiza no solamente su derecho al descanso y el esparcimiento, sino
también a la educación y a su participación en la vida cultural y
científica. Cuando la mujer carece del tiempo necesario para todas las
tareas de que debe hacerse cargo (acarreo de agua y de leña, agricultura
de subsistencia, preparación de alimentos y, muy a menudo,
participación en el mercado de trabajo) suele descargar una parte de
ellas en sus hijas mujeres, que están obligadas a abandonar la escuela.
En
1990 había en el mundo 948 millones de adultos analfabetos,
encontrándose las tasas más altas de analfabetismo en los países pobres
y, dentro de cada país, entre los pobres, especialmente las mujeres y
las niñas (UNESCO, 1991). Y en los que se refiere a las niñas, «…la
creciente tendencia en muchas zonas a mantener a las niñas fuera de la
escuela para que ayuden en las tareas de sus madres, virtualmente
asegura que otra generación de mujeres crecerá con menores perspectivas
que sus hermanos. En África por ejemplo, «es cada vez mayor el número de
niñas que abandonan la escuela tanto primaria como secundaria o que no
asisten a ella debido a la creciente pobreza», según dice la señora
Phoebe Asiyo, del Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la
Mujer» (Jodi Jacobson, 1992). «Hoy todavía, el 70% de los pobres y las
dos terceras partes de los analfabetos en el mundo son mujeres. Las
mujeres solo ocupan el 14 % de los puestos de responsabilidad y
administrativos, el 10% por ciento de las bancas parlamentarias y el 6%
de los cargos de ministros...Trabajan a menudo más horas que los
hombres, su trabajo es sin embargo en gran parte ignorado, no reconocido
y desvalorizado»… (PNUD, 1995). De este modo se encadena el círculo
vicioso en el que la mujer carece de la formación necesaria y debe
aceptar los puestos de trabajo de menor jerarquía, peor remunerados y de
condiciones más duras, a menudo cercanas de la esclavitud.
Zonas francas y empresas maquiladoras.
Las zonas francas son creadas por los Estados en las cuales éstos
proporcionan exoneraciones fiscales y otras ventajas a las empresas
extranjeras que se instalen en ellas para fabricar productos destinados a
la exportación o la fabricación de una parte de un producto o realicen
el montaje de piezas provenientes de otros países (maquiladoras). Estas
últimas también existen en gran número fuera de las zonas francas como
parte de la fragmentación del proceso productivo a escala mundial con
miras a abaratar los costos de producción, en primer lugar el costo de
la mano de obra. A mediados del decenio de 1980 había unas 176 zonas
francas en 47 países periféricos, donde las sociedades transnacionales
empleaban 1.300.000 personas y 600.000 más en sitios similares a las
zonas francas.
Veinte años más tarde se estimaba que en el mundo
había 2000 zonas francas que empleaban a 27 millones de trabajadores, en
2006 eran unas 3.500 repartidas entre 130 países –periféricos y
centrales– con 66 millones de trabajadores, la mayoría mujeres. El
denominador común de las zonas francas y las maquiladoras es el
desconocimiento de los derechos laborales en materia de salarios, de
jornada de trabajo, de seguridad e higiene, etc. Y la prohibición de la
organización sindical. Cualquier intento en ese sentido es duramente
reprimido.
En 2015 escribíamos: La frontera de México con Estados
Unidos, que tiene una longitud aproximada de 3.185 kilómetros es
sumamente permeable, legal e ilegalmente. Del lado mexicano de la
frontera las “maquiladoras” en número de aproximadamente 3000, forman
parte de cadenas binacionales de producción: importan componentes y
materias primas de Estados Unidos, que las/os trabajadoras/os
mexicanas/os se encargan de ensamblar por salarios unas diez veces
inferiores a los de Estados Unidos y una vez terminados son reexportados
al otro lado de la frontera. Por ejemplo en Ciudad Juárez (los
asesinados por año se cuentan por miles), fronteriza con la ciudad de El
Paso de los Estados Unidos, muchas mujeres trabajan en las
“maquiladoras” en condiciones laborales penosas (salarios ínfimos y
horarios prolongados) con el agravante de la inseguridad: viajan al
trabajo de madrugada, en parte en ómnibus y en parte a pie, caminando en
zonas prácticamente desérticas cuando todavía no hay luz de día y
vuelven a sus domicilios ya de noche en las mismas condiciones. Algunas
de ellas son atacadas y desaparecen. A veces se encuentran sus cadáveres
y a veces no. (Pobre México, tan lejos de Dios y tan cerca de los
Estados Unidos https://www.alainet.org/es/active/79762).
El 80% de los trabajadores en la industria textil y del vestido son
mujeres jóvenes de entre 18 y 24 años. La mayoría de ellas trabaja en
pésimas condiciones, con bajos salarios, horarios prolongados y
condiciones de seguridad prácticamente inexistentes.
Y eso ocurre
en países de todos los continentes. El 25 de marzo de 1911 murieron 146
mujeres y 76 resultaron heridas en el incendio de la fábrica de camisas
Triangle Shirtwaist de New York. Murieron por asfixia, quemadas vivas o
porque se arrojaron por las ventanas para escapar al incendio. La
tragedia adquirió esa magnitud porque había salidas clausuradas a fin de
que los patrones pudieran controlar mejor a las trabajadoras. Más de
100 años después las condiciones laborales de las mujeres de la
industria textil y del vestido no parece haber cambiado demasiado en
varias partes del mundo. Esto quedó en evidencia el 24 de abril de 2013,
luego del derrumbe de la fábrica textil de Rana Plaza en Bangladesh,
que tuvo como resultado 1.134 muertes, en su gran mayoría mujeres.
También,
como un siglo antes en Nueva York, las víctimas fueron tan numerosas
porque varias salidas estaban clausuradas para mejor control patronal de
las trabajadoras. Unos días después un incendio en otro taller textil
causó 8 muertes y en noviembre de 2012 otro incendio en un taller de
confección de ropa, también en Bangladesh, había causado 111 muertes. En
los últimos años hubo en Bangladesh un total de 1700 muertos en
accidentes similares. En otros sectores industriales la situación es
semejante. Hay una especie de escala o “ranking” mundial de la
explotación de las trabajadoras. Entre las más explotadas están las de
varios países asiáticos, africanos y de América Latina, América Central y
el Caribe.
VI. La mujer trabajadora en Europa.
En febrero de 2007 la Confederación Sindical Internacional (CSI) publicó
un Informe sobre Las normas fundamentales del trabajo reconocidas
internacionalmente en la Unión Europea, donde se analizaba la situación
en este aspecto país por país. Entre otras cosas, en el Informe se
decía: Todos los Estados miembros de la UE han ratificado los dos
convenios fundamentales de la OIT sobre trabajo forzoso. Con todo, la
trata de personas, esencialmente mujeres y niñas para destinarlas a
trabajos forzosos y a la explotación sexual, es un problema en cierta
medida en prácticamente todos los países.
En algunos Estados
miembros, los presos están obligados a trabajar para empresas privadas.
En las Conclusiones del Informe se puede leer: En los Estados miembros
de la UE sigue habiendo una profunda brecha entre la legislación y la
práctica con respecto a la igualdad entre hombres y mujeres. En Europa
las mujeres ganan hasta un 40 por ciento menos que sus colegas
masculinos, registran índices de desempleo más elevados y están
escasamente representadas en los cargos directivos.
La
discriminación económica que sufre la mujer es particularmente grave en
algunos de los Estados miembros de Europa Oriental, donde las
diferencias salariales en el sector público muchas veces son incluso
mayores a las del sector privado. En cualquier caso, la importante
concentración de mujeres en puestos de trabajo a tiempo parcial y en el
sector de servicios también ha cambiado de manera desfavorable la
situación de las mujeres en algunos países de Europa Occidental. La
discriminación de que son víctimas las minorías étnicas, particularmente
la comunidad romaní, es objeto de profunda preocupación. El desempleo
es muy superior entre los romaníes en relación con otros grupos de
distintos orígenes étnicos. En muchos países, el acoso sexual sigue
siendo un problema.
VII. En cuanto a los convenios internacionales de trabajo de la OIT,
las medidas de protección para las mujeres en el empleo han sido en
algunos casos derogadas, alegando que son un obstáculo para la igualdad
de trato y de oportunidades para las mujeres en el empleo. Lo mismo ha
ocurrido –y sigue ocurriendo– en muchas legislaciones nacionales.
Se
dice que la prohibición del empleo de mujeres en ciertos trabajos les
cierra oportunidades, o que las diferentes condiciones a que tienen
derecho, en algunos casos, las hace más onerosas como mano de obra o les
resta rendimiento en el trabajo, lo cual conduce a su discriminación.
Lo que está en tela de juicio, en principio, no son las normas de
protección de la maternidad, que todos parecen considerar necesarias,
(aunque el Convenio 103 de Protección de la maternidad fue modificado
por el 183 en el sentido de flexibilizar su aplicación) sino las que
abarcan a todas las mujeres como tales o a aquéllas en edad fértil.
Se
dice que el hecho de que las mujeres se concentren en las industrias
tradicionalmente femeninas y en actividades poco calificadas, impide que
sus salarios sean elevados, obstaculiza sus posibilidades de ascenso y
las expone al desempleo. En los hechos, como lo hemos visto, en las
industrias que tradicionalmente emplean de preferencia mano de obra
femenina las remuneraciones son menos elevadas, no porque requieran
menos calificación, sino porque los empleadores se valen de la
desvalorización social de la mujer (pues ella misma, a menudo, es no
sólo receptora, sino también difusora de las nociones culturales
desvalorizantes) y se aprovechan de sus calificaciones sin una
contraprestación adecuada. Por supuesto, los empleadores alegan
generalmente que el mayor ausentismo de las mujeres debido a sus
obligaciones familiares, la prohibición del trabajo nocturno, la
obligación de instalar guarderías o servicios independientes, la
licencia por maternidad o las protecciones que se les deben durante la
maternidad y la lactancia, las hacen menos rentables como trabajadoras.
Basándose
en que la legislación de protección de las mujeres promueve la
discriminación contra ellas, uno de los primeros países que derogó toda
legislación en ese sentido fue Estados Unidos, donde no existen
actualmente reglamentos u otras medidas legales con respecto al horario
de trabajo, ni limitaciones a las ocupaciones o al trabajo nocturno de
las mujeres, ni requisitos sobre servicios especiales únicamente para
mujeres.
En Australia, una ley de discriminación sexual de 1984
tuvo el efecto de invalidar las leyes estatales para la protección
especial de las mujeres. En Nueva Zelandia se han derogado disposiciones
especiales relativas al horario de trabajo de las mujeres en fábricas y
las que prohibían a éstas trabajar con plomo. En cambio, se han
extendido a todos los trabajadores las disposiciones relativas a los
asíentos y a las pausas de descanso, que antes existían sólo para las
mujeres. Esta última medida que extiende los beneficios de una ley a los
hombres aparece como excepcional frente a la corriente general de
limitar la protección de los trabajadores.
En 1976, la Directiva
76/207/EEC de la Comunidad Europea, sobre la aplicación del principio de
igualdad de trato entre hombres y mujeres, condujo a una revisión,
cuando no a la supresión, de las diversas medidas de protección de la
mujer en el trabajo que existen en los Estados miembros de la Unión
Europea, en materia de trabajo nocturno, manipulación de pesos máximos
autorizados, trabajos con materiales conteniendo plomo, etc.). En base a
esta Directiva, la Comisión Europea impuso a Francia en 1999 una multa
de 900.000 francos diarios a partir del 30/11/2000 hasta que aboliera la
prohibición legal del trabajo nocturno de las mujeres. Así fue como
Francia abolió totalmente dicha prohibición en mayo de 2001. En Bélgica
fue revocada la prohibición de actividades que entrañen exposición a
compuestos de plomo o el levantamiento de cargas pesadas. En Grecia, las
disposiciones por las que se concedía a las mujeres una protección
especial han sido suprimidas de la legislación sobre la conservación y
lubrificación de la maquinaria y el mantenimiento de las calderas, sobre
los talleres de carpintería y la preparación y utilización de pinturas a
base de plomo y sobre actividades en diversas industrias. Irlanda ha
revocado las restricciones sobre el empleo de mujeres en actividades
industriales durante los fines de semana y sobre el empleo de las
mujeres en trabajos subterráneos en algunas actividades no manuales. Los
Países Bajos han sustituido las disposiciones relativas a los servicios
de aseo que hacían distinción entre hombres y mujeres. El Reino Unido
ha revisado la legislación de protección con respecto al empleo
subterráneo de mujeres en minas y canteras, al horario de trabajo y a la
manipulación manual de objetos pesados. España está sustituyendo la
legislación de protección por una legislación igual para ambos sexos.
Las
organizaciones de trabajadores se han pronunciado reiteradamente por el
mantenimiento de las medidas de protección de las mujeres y por la
extensión de las mismas a los hombres. Se opusieron a toda derogación de
las medidas especiales de protección de las mujeres en el trabajo en
virtud de que existían diferencias biológicas que justificaban dichas
medidas especiales y que, además, la división tradicional de funciones
entre los sexos seguía existiendo en la sociedad actual, sometiendo a
millones de trabajadoras a la doble carga de dedicarse a una actividad
remunerada y, al mismo tiempo, ocuparse de los quehaceres domésticos y
de la familia. Debido a que los trabajadores estaban experimentando
cambios en las condiciones de trabajo, a causa del aumento de la
intensidad y el ritmo de trabajo, de las nuevas tecnologías, al ruido, a
las sustancias peligrosas, etc., opinaron que era necesario aumentar de
forma general la protección en vez de debilitarla.
Los organismos
gubernamentales y las organizaciones de empleadores, por el contrario,
opinaron que las medidas de protección no se justificaban. La Comisión
Europea, después de estudiar la legislación de protección de las mujeres
en los Estados miembros de la Unión Europea, expuso, entre otras, las
siguientes conclusiones: «...con el paso del tiempo resulta claro que
muchas medidas de protección pueden ahora criticarse dado que son
anómalas o inadecuadas porque han perdido su justificación
original....por ejemplo, el trabajo arduo o las tareas que implican el
levantamiento de cargas pesadas pueden ser prohibidos a todas las
mujeres debido a que, en general, las mujeres suelen ser físicamente más
débiles que los hombres; se prohíbe a las mujeres trabajar con ciertas
sustancias que pueden ser peligrosas para la reproducción mientras que
no se tienen en cuenta los casos particulares ni los peligros para las
funciones reproductoras de ambos sexos y, algunas mujeres, pero no
todas, y en ciertos sectores únicamente, reciben una protección especial
contra el trabajo nocturno… en consecuencia, la Comisión opina que la
legislación de protección debería, en principio, ser la misma para ambos
sexos y para todos los sectores profesionales.»
Resulta bien
claro que la Comisión Europea esgrimió argumentos que serían válidos si
propusiera la extensión de las medidas de protección a los hombres, pero
que su ambigua conclusión («la legislación debería ser la misma») está
concebida para abrir el paso a modificaciones legislativas que no
amplíen sino que restrinjan la protección. En los hechos, es esto lo que
han estado haciendo la mayoría de los Estados miembros de la Unión
Europea, dentro de su plan de liberalización de las normas que rigen el
trabajo estructurado. Particularmente afectados han sido los horarios de
trabajo, los períodos y días de descanso obligatorio y el tiempo libre,
pues los trabajadores están siendo obligados cada vez más a permanecer a
disposición de los empleadores en cualquier momento; el trabajo
nocturno de las mujeres y la prolongación de los horarios nocturnos sin
remuneración compensatoria; las normas que excluían a las mujeres de
trabajos pesados, arduos o malsanos, porque su derogación lleva a muchas
mujeres a asumir cargas de trabajo antes reservadas a los hombres (como
en el trabajo subterráneo), pese a la intensidad del esfuerzo
requerido. También han sido gravemente afectados los salarios mínimos,
la edad de la jubilación de las mujeres y todas las prestaciones
sociales, incluyendo las de maternidad. Todo esto se realiza invocando
una pretendida «racionalización» que consiste en eliminar puestos de
trabajo y a menudo descargar en un solo trabajador las tareas que antes
realizaban varios.
Otros trabajos de la autora sobre la condición de la mujer pueden