3/15/2013

Policías comunitarias, autodefensas y paramilitares



Colectivo La Digna Voz


La escalada de violencia que vivimos ha provocado una serie de fenómenos, algunos nuevos y otro no tanto, que han provocado discusiones y polémicas entre los actores sociales y las autoridades de los tres niveles de gobierno. Me refiero tanto al surgimiento como al redescubrimiento de grupos de ciudadanos armados en varios estados del país, incluyendo a Veracruz, que argumentan la debilidad y corrupción de las instituciones encargadas de mantener el orden y aplicar la ley como causa central de su existencia.

Los críticos del fenómeno sostienen, tanto la ilegalidad de los ciudadanos armados como su eventual ineficacia para establecer condiciones aceptables en los niveles de seguridad pública, como ejes de su postura. Por el otro lado están los que consideran una prerrogativa constitucional el que comunidades y vecinos tomen las armas para mantener condiciones mínimas de vida digna. Sin embargo, parece existir una confusión en el uso de las palabras que se utilizan para señalarlos.

Se coloca así en, el mismo saco aparente, a las policías comunitarias, los grupos de autodefensa y los paramilitares lo que genera confusión entre la opinión pública y la población en general. La confusión alimenta la idea de que los ciudadanos armados infringen la ley y deben sder tratados como criminales. Más aún: se les considera empleados del narcotráfico o de los caciques regionales que tiene la finalidad de crear conflictos y caos para favorecer intereses privados. Para contribuir a desenredar la madeja procuraré establecer diferencias en términos de su fuente de legitimidad y por ende de los límites de su actividad, tomando en cuenta la discusión que ha generado el tema en la opinión pública mexicana.

Las policías comunitarias obedecen a las autoridades de los pueblos y comunidades, que mantienen operando sus propios sistemas normativos, llamados por algunos usos y costumbres. En este sentido no son un fenómeno reciente, ya que en el sistema de cargos de las comunidades indígenas existe la figura del guardián del orden, quien puede detener al supuesto delincuente pero está obligado a remitirlo a las autoridades locales, quienes a su vez los ponen a disposición del ministerio público. No reciben un salario por sus actividades – la comunidad les proporciona alimentos refugio- y las armas que utilizan normalmente son de su propiedad y no son de uso exclusivo del ejército. La cantidad de miembros de las comunidades que se han incorporado a dichos órganos ha crecido acorde con el nivel de violencia. En todo caso su legitimidad descansa, en última instancia, en el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo así como en la constitución mexicana.

Los grupos de autodefensa, por su parte obtienen su legitimidad de un grupo de la comunidad y por lo tanto no tienen la obligación a rendirle cuentas de sus acciones a los consejos o asambleas. Al identificar una amenaza, miembros de la comunidad deciden armarse para enfrentarla y hacer justicia según les parezca, aunque siempre en nombre de los habitantes de su región o localidad. El armamento utilizado puede incluir armas de alto calibre y, en teoría no reciben un pago por su trabajo. Empero y debido a las características mencionadas pueden ser cooptadas por los poderes fácticos de la región donde operan, convirtiéndose así en grupos paramilitares. Su legitimidad proviene de sí mismos y de su posición frente a la amenaza identificada.

Los paramilitares son lo que comúnmente se conocen como guardias blancas -grupos de individuos armados por los grupos de poder en la región: terratenientes, comerciantes, autoridades y delincuencia organizada. Su legitimidad es nula pues responde a los intereses de sus mecenas y por lo tanto sólo les rinden cuentas a ellos. Si bien pueden estar integradas por miembros de las comunidades de la región no titubean para atacarlas y saquearlas si esas son las órdenes del jefe. Se les llama paramilitares pues actúan de manera paralela a las fuerzas armadas, recibiendo de éstas apoyo logístico, entrenamiento y armas. Su jerarquía está claramente inspirada en el orden militar y utilizan armamento sofisticado.

Como se ve, las policías comunitarias son las que están más cerca de la población, de las comunidades y pueblos, como fuente de legitimidad. Por su parte, los paramilitares se encuentran en el punto opuesto: su razón de ser es precisamente agredir los intereses comunes y defender los particulares. Sólo obedecen al dinero, que es a final de cuentas lo que los motiva a actuar. En medio se quedan las autodefensas, quienes fácilmente pueden desplazarse a cualquiera de los extremos en función de la coyuntura que se presente.

Los tres grupos de ciudadanos armados han aparecido en los últimos años pero no pueden ser puestos en el mismo saco con el argumento de que sólo el estado goza del monopolio de la violencia legítima. Dadas las circunstancias, resulta imposible negar la necesidad de pensar en nuevas formas de mejorar la seguridad, sobre todo involucrando a las reales o potenciales víctimas. Insistir en que las fuerzas armadas deben ser las únicas encargadas de mantener el orden es simplemente negar los grandes obstáculos que enfrentan, que parecen insalvables y muy costosos. Hoy más que nunca resulta indispensable imaginar nuevas opciones por lo que las policías comunitarias no deben ser descartadas o peor aún, satanizadas, en aras de respetar un debilitadísimo estado de derecho. Hacerlo no detendrá la espiral de violencia en que vivimos y favorecerá, si se quiere de manera involuntaria, a los grupos de poder, legales o ilegales.

Rafael de la Garza Talavera. Colectivo La Digna Voz
Fuente: http://lavoznet.blogspot.mx/2013/03/policias-comunitarias-autodefensas-y.html 

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