9/08/2015

5.6 % de solicitudes vía transparencia son negadas por falta de información; “actos de autoridad no se están documentando”


    
 

transparencia
(08 de septiembre, 2015. Revolución TRESPUNTOCERO).- 

Al año, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) recibe alrededor de 130 mil solicitudes de información; sin embargo, en el 5.6 % de los casos –que equivale a 7 mil 280 peticiones- se declara inexistente la información, lo que a juicio del consejero del instituto, Óscar Mauricio Guerra, se puede explicar de una sola manera: “muchos de los actos públicos de la autoridad no se están documentando. Esa es la realidad”.

La declaración de ‘inexistencia’ de la información es superior, casi tres veces, a la clasificada como ‘reservada’, que equivale al 2.3 % de las solicitudes.
El número de visitas que anualmente recibe el Portal de Obligaciones de Transparencia (POT), evidencia que los ciudadanos sí tienen interés por conocer información relacionada con la actividad pública pues, tan sólo en su sección de “transparencia”, en el portal electrónico se hacen hasta 40 millones de búsquedas.
“Es la forma en que la gente puede hacerse de información rápida y expedita, lo que en la Ley General de Transparencia se denomina ‘transparencia proactiva’”, afirma Guerra tras señalar que la misma característica debe trasladarse a la legislación secundaria en la materia.
Estos datos fueron presentados durante la audiencia pública, realizada en el Senado de la República, en la que se discutieron los temas que, a consideración de diversas organizaciones de la sociedad civil y de los consejeros del mismo INAI, los legisladores deben incluir en el proyecto de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
El senador Alejandro Encinas Rodríguez habló de la necesidad de poner en el centro del debate la importancia y trascendencia de conocer y acceder a la información pública y a los mecanismos que las autoridades utilizan en la toma de decisiones en temas de alto impacto, sobre todo después de la presentación del informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) sobre el caso Ayotzinapa.
Criticó las recomendaciones del consejero jurídico de la Presidencia, Humberto Castillejos, realizadas en la pasada reunión plenaria con legisladores del Partido Revolucionario Institucional (PRI) –y difundidas por el periódico Reforma- en las que pidió a los senadores del tricolor exigir a la oposición “cumplir con su palabra” y dejar fuera de la discusión de la Ley Federal de Transparencia algunos temas “cuestionados”; por ejemplo, el debate sobre la instancia que determinará la gravedad de una violación a derechos humanos, el convencimiento que supuestamente hizo el gobierno federal con los otros grupos para “no incluir la creación de Comités de Información en las instituciones relacionadas con la seguridad nacional”, las propias facultades del consejero de impugnar resoluciones del INAI en temas relacionados con la seguridad nacional, o un capítulo que contemple especificar las obligaciones, en materia de transparencia, de cada sector de la administración pública.
“Al consejero jurídico de la Presidencia que hay que recordarle que solamente es el consejero jurídico de la Presidencia y que no tiene ninguna autoridad para reconvenir las declaraciones o las posiciones de los legisladores federales y, en particular, de quienes promovimos una iniciativa en materia de Ley Federal de Transparencia, en la que queremos fortalecer los derechos de los ciudadanos”, argumentó Encinas Rodríguez.
El exjefe de gobierno de la Ciudad de México sostuvo que los temas vinculados a derechos humanos pueden mejorarse sin generar controversia entre los órganos autónomos constitucionales, como el INAI y la propia Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Captura de pantalla 2015-09-07 a la(s) 22.47.49“No sé por qué le preocupa tanto al consejero jurídico el que podamos, en la Ley Federal, establecer obligaciones más puntuales por sector dentro de la administración pública, cuando ya en la Ley General, de manera muy puntual, establecimos obligaciones específicas en materia de energía y todas las obligaciones particulares a que está sujeto el sector energético”, agregó.
En su participación, la senadora Marcela Torres sostuvo que la legislación en materia de transparencia, tiene que configurarse “desde los ojos de los ciudadanos” y no cuidando la información desde el Estado.
La visión de la sociedad civil…
Mauricio Merino Huerta, coordinador de la Red por la Rendición de Cuentas, advirtió que en la discusión de leyes como la Ley federal de Transparencia, la Ley de Datos Personales y la Ley General de Archivos -que están encaminadas a ser un conjunto de normas legislativas en materia de transparencia- pueden carecer de coherencia entre sí por ser trabajadas por separado.
“Empieza a ser obvio, por las notas de prensa que fueron mencionadas hace un momento, que hay un riesgo de que las negociaciones políticas que obligadamente tendrán lugar en cada uno de estos momentos legislativos, acaben rompiendo su coherencia interna y caigamos, al final de la ruta, exactamente en el mismo diagnóstico del que partimos; el de la fragmentación de normas, la fragmentación de instituciones y de procedimientos”, señaló.
En su participación, Ana Cristina Ruelas Serna, directora oficial del Programa de Acceso a la Información de Artículo 19, señaló la importancia de que la legislación secundaria se apegue irrestrictamente a los postulados de la aprobada hace algunos meses, pues por ejemplo, el artículo 5 de la Ley General fue mutilado al transcribirse en la Ley Federal.
En la primera se dispone que no se podrá clasificar información relacionada con violaciones graves a derechos humanos y delitos de lesa humanidad, y que ninguna persona será objeto de inquisición judicial o administrativa, con el objeto del ejercicio del derecho de acceso a la información; pero en el documento de trabajo del que dijo ser responsable el senador del Partido Verde Ecologista de México, Pablo Escudero, únicamente se retoma la segunda prohibición.
“Desde Artículo 19 consideramos importante que la nueva ley federal remita los principios y bases de la general…que expanda o maximice la protección del derecho”, explicó Ruelas y agregó que es fundamental que el INAI cuente con procedimientos que le permitan asegurarse de que la información requerida a las dependencias y entregadas por éstas tenga un efecto útil, que sea de calidad y de utilidad para los ciudadanos.
Respecto a las facultades del consejero jurídico de la Presidencia, Ruelas afirmó que “parece que el abogado del Ejecutivo federal será ahora el abogado de la Nación, y que tanto el INAI como el recurrente no podrán participar en el proceso, en su calidad de terceros interesados; sin embargo, consideramos que es importante prever que este recurso únicamente podrá ser presentado cuando el sujeto obligado sea alguno del Ejecutivo federal y que siempre serán llamados, tanto al INAI como al recurrente, para expresar lo que a su derecho convenga”.
La representante de Artículo 19 reiteró la necesidad de incluir en la Ley Federal de Transparencia la redacción que fue eliminada del borrador de la Ley General, sobre la posibilidad del INAI de declarar el interés público de la información relacionada con violaciones graves a derechos humanos, aun cuando no exista pronunciamiento previo de autoridad competente.
Renata Terrazas Tapia, investigadora del Centro de Análisis e Investigación FUNDAR, habló de la necesidad de incorporar a la Ley Federal temas que no fueron considerados en la General, como la ampliación de las obligaciones de transparencia al Poder Legislativo, especificar las que serán vigentes en materia energética, al considerar que hasta la fecha, el gobierno federal no ha mostrado interés en incluir el tema de transparencia en el desarrollo de industrias extractivas y las obligaciones por sector.
Captura de pantalla 2015-09-07 a la(s) 22.47.03“La política pública no solamente atañe a un solo sujeto obligado, muchas veces hay diferentes sujetos obligados vinculados; lo más acertado, en aras de caminar hacia una mayor garantía del derecho al acceso a la información, es vincular esta información y hacerlo por sector”, explicó Terrazas.
INAI, el brazo ejecutor
Luego de escuchar la postura, recomendaciones y críticas al procedimiento y contenido del proyecto de Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, Ximena Puente, comisionada presidenta del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), declaró que si bien existe una clara coincidencia de la importancia sobre rendición de cuentas, queda pendiente el reconocimiento expreso de la facultad del instituto para determinar la procedencia del acceso sobre el acceso a la información relacionada con violaciones graves de derechos humanos, delitos de lesa humanidad y actos de corrupción.
“Advertimos la necesidad de un mayor desarrollo de las obligaciones de transparencia vinculadas al sector energético y de hidrocarburos que hoy por hoy es el objeto de regulación en leyes como la de la industria eléctrica, o la del aprovechamiento de energías renovables y el funcionamiento de la transición eléctrica”, apuntó la funcionaria.

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