129 trabajadores rescatados de la fábrica textil en febrero pasado, supuestas víctimas de explotación
2 personas consignadas por hostigamiento sexual y maltrato infantil, reporta la Fiscalía
0 personas consignadas por la Fiscalía por cargos de trata de personas, motivo del operativo
Hace casi un año, autoridades federales y estatales anunciaron
la existencia de una red de tratantes coreanos asentada en Jalisco. El
caso penal naufraga pues aún no pueden demostrar su acusación
129 trabajadores rescatados de la fábrica textil en febrero pasado, supuestas víctimas de explotación
2 personas consignadas por hostigamiento sexual y maltrato infantil, reporta la Fiscalía
0 personas consignadas por la Fiscalía por cargos de trata de personas, motivo del operativo
El
extraño caso comenzó el 3 de febrero de 2015 con una denuncia anónima
recibida por la delegación Jalisco del Instituto Nacional de Migración
(INM), en contra de la empresa Yes Internacional.
“Tengo conocimiento que en la empresa mencionada laboran extranjeros
de nacionalidad japonesa o koreana (sic), muy probablemente sin permiso
para laborar (…) y daban un mal trato a sus empleados”, quedó inscrito
en la denuncia con número de folio 183.
La reacción de las autoridades sería inmediata. Al día siguiente,
personal del INM, de la delegación de la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social (STPS), y la Fiscalía General de Jalisco, implementaron
un operativo con resultados que trascendieron el ámbito nacional.
La fábrica textil de calcetines asentada en Zapopan, acusaron
entonces las autoridades, era un centro de explotación de personas en
plena ciudad, operado por una red de presuntos tratantes coreanos, de
donde 129 trabajadores fueron “rescatados”.
En la conferencia de prensa del 5 de febrero, en la Ciudad de México,
el comisionado del INM, Ardelio Vargas Fosado, acompañado de Víctor
Torres Moreno, titular de la Unidad de Delegaciones de la STPS, y del
entonces fiscal de Jalisco, Luis Carlos Nájera Gutiérrez de Velasco,
anunciaba:
“Rescata el INM y el Grupo de Coordinación Jalisco a 129 mexicanos
probables víctimas de trata en empresa coreana”. El operativo, dijo:
“desarticuló ayer a una banda de presuntos tratantes de personas, todos
ellos de origen coreano, que operaban en el estado de Jalisco”.
Los titulares que la noticia causó hablan por sí solos:
“Maquiladora coreana esclavizaba trabajadores en Zapopan”. “Empresa
coreana explotaba laboralmente a 129 en Jalisco”. “Rescatan a 129
personas que eran explotadas en fábrica coreana de Zapopan”. “Indagan
red coreana por esclavitud laboral”. “Desarticulan en Zapopan banda de
sudcoreanos dedicados a la trata”…
A casi un año del hecho, sin embargo, ninguna de esas autoridades ha
confirmado las supuestas actividades de trata y la existencia de una
“banda” de coreanos detrás de ellas; ni siquiera lo asentaron así en los
expedientes que abrieron.
La STPS halló violaciones graves a la normativa laboral, pero
reconoce que nunca constató la condición de explotación, tampoco lo hizo
la Fiscalía, ni el INM que traslada esa competencia a las dos
primeras.
Esto señaló el director de Inspección de la delegación Jalisco de la
STPS, Abel Álvarez García, como resultados de aquel operativo, en su
Oficio DFTJ/DI/2015/050, del 8 de abril de 2015, obtenido a través de
transparencia:
“Del contenido del acta no se identificó explotación laboral”. Y a la
pregunta precisa de cuántos trabajadores víctimas de explotación fueron
hallados, confirmó: “No se detectaron”.
Reporte Indigo solicitó el 8 de enero una entrevista a la Fiscalía General para abordar el caso de la firma coreana.
El jefe de Atención a Medios de la institución, Rafael Mayorga,
confirmó que la petición estaba en trámite, pero sin fecha concreta para
el encuentro.
Lo que sí existió
En la fábrica, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS)
halló 156 omisiones a la normativa laboral y 28 violaciones a los
derechos de los trabajadores, como la falta de contratos, omisión en
prestaciones y condiciones inseguras e insalubres.
Además, “sí se detectaron hostigamiento y acoso sexual”, dice en su oficio el director de Inspección, Abel Álvarez García.
En el acta de inspección del expediente 134/000427/2015 se asentaron
varios testimonios, como el de una auxiliar de costurera que respondió a
estas preguntas:
¿Tiene conocimiento de accidentes ocurridos en el centro de trabajo? “Sí”.
¿Le proporciona el patrón equipo de protección personal en función a los riesgos de trabajo a los que está expuesto? “No”.
¿Te has sentido agredida (física, emocional o laboralmente) por parte de compañeros, jefes en el lugar donde trabajas? “Sí”.
¿Considera que su asiento es cómodo? “No, la silla que me
proporcionan se encuentra en muy mal estado, ya que no cuenta con
‘patas’, nos sentamos básicamente en el piso; es cansado estar hasta 11
horas sentada en esta posición”.
A una costurera se le preguntó: ¿Has sufrido alguna agresión física
(desde un empujón, pellizcos, gritos, jaloneos o golpes) por parte de
algún compañera, jefe? “Sí”.
¿Te has sentido agredida sexualmente por algún compañero, jefe dentro del centro de trabajo? “Sí”.
El 6 de febrero, los inspectores Marisol Arellano Curiel y Juan
Carlos Navarro Velasco le reportaron sus conclusiones al delegado de la
STPS, Gerardo Rodríguez Rodríguez, en su informe DI/SSC/2015/018:
“Derivado de la revisión documental y recorrido realizado por las
instalaciones del centro de trabajo, se detectaron condiciones que a
nuestro criterio representan un peligro inminente que pueden llegar a
poner en riesgo la vida, la salud o la integridad física de las
personas”.
Por ello la STPS decretó la “limitación de operaciones para realizar
actividades relacionadas con la producción y con los equipos, y
restricción de acceso a las áreas donde se encuentran los equipos”, una
especie de clausura hasta que la firma corrigiera las nueve omisiones
más apremiantes, como la falta de capacitación y de equipo de
protección.
Lo subsanó en un mes. El 6 de marzo, el delegado Rodríguez Rodríguez
le notificaba a Yes Internacional que “las condiciones de inseguridad
que fueron detectadas durante la inspección han desaparecido”, así que
“se determina procedente levantar la limitación de operaciones”, es su
oficio DI/SSC/2015/040.
El caso se hunde
La Fiscalía General de Jalisco es la institución a la que la STPS y el INM confiaron el caso para ser indagado por la vía penal.
En su investigación, no halló actividades de trata o explotación
laboral en Yes Internacional, ni a una organización delictiva coreana
dedicada a ello.
Desde el 10 de febrero de 2015, el director jurídico de la STPS
Jalisco, Rodolfo Ochoa del Toro, le remitió a la Fiscalía su expediente.
Así consta en el oficio DJ/012/2015 dirigido a Bertha Murillo
Mojarro, agente de la Unidad de Investigación contra Delitos de Trata de
Personas, Mujeres, Menores y Delitos Sexuales.
Ahí le dice: “se le remite copia certificada de la documentación
requerida para los efectos legales ha que haya lugar”. El delegado del
INM, por su parte, Ricardo Ariel Vera Lira, pidió la intervención de la
Fiscalía a su entonces titular, Nájera Gutiérrez de Velasco, desde el
mismo día del operativo:
“Se solicita su valiosa colaboración para que instruya al personal a
su digno cargo con la finalidad de que en el ámbito de su competencia,
se investiguen hechos por los que presumiblemente se configure la
comisión de un delito en agravio de los menores detectados laborando en
dicho lugar, así como del resto de los empleados”, es el oficio
DFJAL/00791/2015.
La Fiscalía no encontró tal explotación, ni a la “red coreana de
esclavitud”. El único resultado que rinde al 25 de noviembre de 2015 es
la consignación de dos personas, no por trata, sino por hostigamiento
sexual y maltrato infantil, “siendo los referidos delitos los que se
investigaron”, dice.
La Fiscalía fue parte del operativo, pero tampoco halló a esos 129
trabajadores “rescatados” de la explotación. En cuestión de víctimas
solo tiene constancia de tres: “dos de ellas víctimas de hostigamiento
sexual y otra víctima de maltrato infantil”.
Señala, incluso, que el caso podría resolverse con métodos alternos,
como la conciliación, “toda vez que los delitos consignados son
susceptibles a dirimirse a través de la aplicación de los métodos
señalados”.
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