Por: Emma Martínez
(17 de noviembre, 2016. Revolución
TRESPUNTOCERO). – El ejido la Sierrita, ubicado en la frontera con
Coahuila, ha sido calificado como un territorio en alta marginalidad,
donde los pobladores, a comparación de otros puntos de la República
Mexicana, se han negado a la minería, ellos aceptaron negociar con
Excellon, sin embargo, de igual manera fueron invadidos y usados, la
empresa dejó de pagarles la renta de las hectáreas y siguió
trabajándolas y generando ganancias exclusivas para la empresa.
Por lo que tras años de explotación de
los ejidatarios comenzaron hacer presión a la empresa, para después
luchar legalmente por sus tierras, interponiendo amparos con el objetivo
que su territorio les fuera devuelto.
Tras casi cinco años de lucha la
resolución del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Sexto con sede en
Torreón, Coahuila, se emitió esta semana una resolución, que y a decir
por el Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC),
organización quien ha dado acompañamiento al caso, “da un mensaje de
falta de apego a los más altos estándares internacionales de derechos
humanos y acceso a la justicia”.
En tanto los ejidatarios afirman que
existe una falta de aplicación justa de las leyes por parte de las
autoridades de nuestro país, favoreciendo a empresas trasnacionales.
“Cuatro años después que ejidatarios y ejidatarias de La Sierrita de
Galeana en Durango interpusieran una demanda en defensa de sus derechos
humanos en contra de la empresa minera Excellon de México, el Tribunal
Unitario Agrario del Distrito Sexto con sede en Torreón, Coahuila,
finalmente emitió una resolución en la que condena a la empresa a la
desocupación inmediata de las tierras de uso común del ejido, así como
el pago de una cláusula penal establecida en el contrato por 5 millones
500 mil pesos a favor del ejido”.
Aunque la sentencia establece el término
de la relación contractual entre ambas partes, por lo que Excellon
tendrá que hacer entrega inmediata de las mil 100 hectáreas de las
tierras pertenecientes a las y los ejidatarios, lo que podría ser
“favorable” para los ejidatarios, la misma solo le garantiza el derecho a
la tierra, y eso solamente cuando hayan pagado 5 millones de pesos a la
empresa.
Lo anterior demuestra que “de nueva
cuenta las y los ejidatarios ven violentado su derecho, pues en la misma
sentencia la magistrada Marcela Gerardina Ramírez Borjón ordena al
ejido pagar a la empresa minera la cantidad de 5 millones 612 mil 038
pesos, manteniendo un embargo sobre las tierras arrendadas hasta en
tanto el ejido no pague a la empresa minera la cantidad señalada”,
señala en un pronunciamiento ProDESC.
Sobre el tema, el abogado y Coordinador
del Área de Justicia Transnacional de ProDESC, Juan Antonio López,
señaló que “el embargo significa una clara violación al derecho humano a
la propiedad social y a la tierra del ejido La Sierrita.
Se viola también el artículo 27 de
nuestra Constitución, dentro del cual se establece que las tierras
ejidales son inembargables, resaltando que las mismas no pueden
mantenerse condicionadas por un adeudo económico y totalmente civil.
Aunado a esto, la misma sentencia es claramente violatoria del derecho
al acceso a la justicia de las y los ejidatarios, pues es ambigua y
condena a ambas partes a pagar a las otras cantidades prácticamente
idénticas”.
En tanto, Daniel Pacheco, Presidente del
Comisariado Ejidal de La Sierrita mencionó que “esta sentencia
representa una victoria parcial ya que las y los ejidatarios podremos
recuperar nuestras tierras, seguiremos organizados para lo que falta,
mantendremos la exigencia para que se respeten nuestros derechos humanos
y buscaremos que se haga justicia total, razón por la cual
presentaremos una demanda de amparo”.
Cabe señalar que Excellon de México
inició operaciones en el ejido La Sierrita en 2004, utilizando 27
hectáreas por 30 años, haciendo un pago único por 1 millón 200 mil
pesos. Después de varias inconsistencias y violaciones por parte de la
empresa a ese primer contrato, el ejido intentó llegar a un acuerdo.
En 2008, ambas partes firmaron un
Contrato de Ocupación Temporal por la renta de mil 100 hectáreas por un
monto de 5 millones 500 mil pesos anuales que aumentarían año con año de
acuerdo con la inflación.
En ese contrato se establecieron
cláusulas económicas, sociales y medioambientales como, por ejemplo: un
fondo social y apoyo en actividades productivas del ejido, una planta
tratadora de agua y preferencia a ejidatarias y ejidatarios para su
contratación en la mina, las cuales en su mayoría fueron incumplidas.
Fue así que ante la falta de voluntad y
de diálogo por parte de la empresa, en septiembre de 2012, los
ejidatarios de La Sierrita presentaron una demanda agraria ante el
Tribunal Unitario Agrario del Distrito Sexto por rescisión del contrato
con la minera.
Durante esos cuatro años, el ejido
presentó pruebas, que evidenciaron las violaciones de la mina como:
pruebas topográficas, pruebas de que el agua proveniente de la mina no
es apta para el consumo humano, documentos en los que se demuestra que
durante las manifestaciones pacíficas no se obstaculizaron los accesos a
la mina, así como material en el que la empresa aceptaba que había
explorado fuera de las tierras arrendadas sin autorización de la
asamblea.
Pero lo anterior no fue suficiente para
obtener respuesta alguna de las autoridades y aun con la presión de una
organización, se mantenía en pausa el proceso jurídico. Cabe señalar que
durante tres años Excellon estuvo explotando las tierras sin pagar la
renta a los ejidatarios.
“No obstante, la resolución de la
sentencia muestra la falta de aplicación justa de las leyes por parte de
las autoridades, anteponiendo el beneficio de las empresas
trasnacionales y la industria privada, en este caso extractiva, por
encima de la defensa a los derechos de los mexicanos”, sentencia el
abogado Juan Antonio López.
A su vez, explica a Revolución TRESPUNTOCERO, “les
devuelven las tierras, pero a la vez los condena a un pago, es una
sentencia que no estudia el fondo no se pronuncia realmente, valora de
manera desigual las pruebas; ya que condenaba al ejido a un pago de más
de 5 millones de pesos, manifestando un ‘supuesto’ incumplimiento por un
bloqueo, cuando no existen pruebas fehacientes y contundentes, sin
embargo, al tribunal de basta para condenar.
Pero en tanto, en la misma sentencia
establece que asimismo quedó demostrado de manera fehaciente el
incumplimiento del contrato por parte de la mina y por lo tanto condena a
la compañía al pago de 5 millones y medio. Es decir, determina condenar
ambos la misma manera, yo lo tomo como una decisión que intentó hacer
el tribunal de manera salomónica, pero realidad no se pronuncia
profundamente sobre el problema”.
Además, señala que, el tribunal les da
una multa a los ejidatarios, “de alguna una manera para compensar a la
empresa y ésta no pague, a esto se suma otra violación clara; durante
estos más de cuatro años que ha durado el proceso jurídico, la mina ha
usado y tenido ganancias del territorio, esto según el tribunal porque
el contrato sigue vigente y entonces hay obligaciones por parte del
ejido.
Pero no es equitativo y en ningún momento
exige que, si usan la tierra, la empresa pague la renta, desde hace más
de cuatro años que esto no pasa y el tribunal tampoco se pronunció por
el hecho en la sentencia”, asegura el abogado y Coordinador del Área de
Justicia Transnacional de ProDESC, Juan Antonio López.
Por lo que asegura que con esto al único
que se afecta es al ejido, porque la empresa sigue utilizando la tierra y
generando ganancias, sin que sea obligada a pagar la renta por esto.
“Con esto se vuelva demostrar que no existe un real acceso a la justicia
para comunidades agrarias, cuando se trata de problemas contra empresas
transnacionales o contra empresas mineras. Los tribunales siguen
juzgando diferente”, añade el abogado.
Sobre el hecho que el tribunal sentenció
que los ejidatarios deben recibir sus tierras de regreso, pero solamente
cuando le hayan pagado a la minera 5.6 millones de pesos, López,
asegura que se trata de un embargo, el cual está prohibido por el
artículo 27 constitucional, ya que las tierras agrarias son inalienables
e inembargables, es por ello que la próxima semana se presentará un
amparo, donde se incluirá el pago de la renta.
López indica que con la actual y reciente
sentencia “más que restituirlos en el goce pleno de sus derechos, la
realidad es que se les está revictimizando, se les vuelve a violentar
los derechos humanos, esa es la realidad para los ejidatarios de La
Sierrita”.
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