6/29/2019

Del consentimiento y el deseo


Mujeres Cautivas


Hace algunos días, la política feminista española Clara Serra, escribió: “cuando se viola a una mujer no se viola su deseo, se viola su voluntad. A esa voluntad la denominamos consentimiento, acuerdo o decisión, y se expresa cuando decimos “no” y cuando decimos “sí”. Y, esto viene a colación por la revocación que hizo el jueves pasado el Supremo Tribunal de España del polémico fallo de “La manada”, en España y comentarios que han circulado en medios de comunicación y en las redes sociales.
Principalmente porque el presidente de la Legislatura de Vox en Andalucía y ex integrante del poder judicial, tras la sentencia de 'La manada' manifestó: "La relación más segura será únicamente la prostitución", pero además dijo: “la sentencia del Tribunal Supremo que condena a 15 años de prisión a los integrantes de ‘La manada’ por una violación continuada está “cargada de condicionantes mediáticos y políticos”.
El líder de Vox en Andalucía se ha explayado en Facebook, donde ha considerado que la sentencia es “gravísima” porque “altera todas las garantías constitucionales”. “Se nota que es una sentencia dictada por la turba feminista supremacista”, sostiene.
Y agrega: “si una mujer dice sí, pero en cualquier momento posterior dice no, inclusive días después, el denunciado será condenado a prisión por violación”. “Hasta un gatillazo o no haber estado a la altura de lo esperado por la mujer, podría terminar con el impotente en prisión. Esto es gravísimo. Es un torpedo directo contra la heterosexualidad, contra las relaciones libres entre hombres y mujeres. Más liberticio progre. Nos encontramos ante la paradoja progre, en la cual la relación más segura entre un hombre y una mujer, será únicamente la prostitución. Desde ahora, la diferencia entre tener sexo gratis y pagando, es gratis te puede salir más caro”, concluye.
Y es importante analizar el discurso de Serrano, parlamentario español, que demuestra una visión absolutamente patriarcal y machista sobre la mujer y su rol social, la concepción de la violación y, en este caso, la violación tumultuaria y la prostitución. Deja ver que considera que por un pago, tiene derecho a tener acceso a los cuerpos de las mujeres, sin importar, ni indaga si está en esa situación por consentimiento o forzada, amenazada o estado de extrema necesidad.
Y lo hace justo ahora, cuando el movimiento feminista español ha puesto tanto esfuerzo en hacer visibles las múltiples formas en las que se da la violencia machista, incluyendo la prostitución.
Cotidianamente hacemos reflexiones y tenemos debates acerca de una de las formas de violencia contra las mujeres, la violencia sexual, que ha permanecido especialmente escondida en nuestra sociedad, nuestras instituciones y nuestras prácticas durante décadas y siglos.
De acuerdo con las cifras oficiales existentes, durante 2018 en México se abrieron 38 mil 478 carpetas de investigación respecto a delitos de carácter sexual, destacando entre los de mayor incidencia el abuso sexual (44 por ciento), la violación simple (27.9 por ciento del total anual) y violación equiparada (7.1 por ciento), esto hasta noviembre de 2018, o sea 4.39 delitos sexuales cada hora en todo el país. También sabemos que estos delitos tienen una cifra negra de aproximadamente 80 por ciento, porque no es fácil denunciarlos y ser sometidas a la revictimización por el sistema de justicia.
Es por eso por lo que hoy cobra mayor importancia hablar de consentimiento y hablar de deseo y, por consiguiente, hablar de sexo consentido y de sexo deseado.
Si queremos hablar de libertad sexual tendríamos que reconocer que nuestro deseo ha sido, históricamente silenciado, desoído, ignorado e invisibilizado por el omnipresente y hegemónico deseo masculino que todo lo ocupa. Y no sólo eso: el deseo de las mujeres ha sido especialmente penalizado, censurado y estigmatizado por una sociedad machista y patriarcal que ha querido hacerlas sentir culpables por sus deseos.
En suma, aunque no es lo mismo el sexo deseado que el sexo consentido, un criterio central en los delitos sexuales debe ser el consentimiento, con todo lo que implica. Sin ningún tipo de coerción y con la posibilidad de optar entre dos o más posibilidades, fuera de los estereotipos masculinos tradicionales y, por supuesto, sin estigmas, culpas o castigos sociales. El patriarcado ha anulado y censurado los deseos de las mujeres, así como ha anulado, prioritariamente, la voluntad de las mujeres.
Lo cierto es que las mujeres no usamos la falda corta o sonreímos, o tomamos una copa, caminamos por la calle o nos divertimos y regresamos a la casa a deshoras para provocar a los hombres. El deseo relativiza la gravedad de una violación y las mujeres no somos responsables de ella.
Cuando estamos frente a una violación, no se viola el deseo de la persona, se viola su integridad y su libertad sexual o su consentimiento, lo expresamos cuando decimos “no” y cuando decimos “sí”, claro, entendiendo que no vamos a profundizar sobre cómo expresar el consentimiento, aunque creo que es obvio, sobre todo, tomando en cuenta si hay condiciones de intimidación, miedo y control.
Lo que es gravísimo, desde nuestro punto de vista, son una serie de comentarios expresados en nuestra página de una red social, con motivo de la publicación del Manifiesto del Frente Nacional Feminista Abolicionista, titulada “La Prostitución no es Trabajo, es una Forma de Violencia Patriarcal”, hubo mujeres que dijeron que las mujeres en situación de prostitución cumplen una función social, porque si no existieran habría muchos hombres desesperados violando mujeres y no se diga los comentarios de algunos hombres. Pero si algunas mujeres se expresan así, con una visión profundamente patriarcal sobre otras mujeres, qué podemos esperar de los hombres.  No me cabe la menor duda de que es indispensable educar con igualdad y con perspectiva de género.
Lo que es alentador es que 44 por ciento de las firmas en el Manifiesto son de hombres, incluso, algunos muy jóvenes.
*Directora de la Coalición Regional contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe (CATWLAC por sus siglas en inglés).
Twitter: @CATWLACDIR
Facebook: @CATWLAC
Imagen retomada del portal Indymedia.org
Por: Teresa C. Ulloa Ziáurriz*
Cimacnoticias | Ciudad de México.

¿Al diablo la laicidad?


OPINIÓN



En su afán de romper con el pasado, el presente régimen ha echado abajo políticas públicas que requirieron de intenso trabajo del gobierno y de la sociedad civil. La política para alcanzar la igualdad de género es sólo un ejemplo. Como si esto no bastara, ha dado también un giro hacia las iglesias que amenaza el carácter laico de la República y rompe, no con el pasado “neoliberal”, sino con legado liberal del siglo XIX: la separación de las Iglesias y el Estado.
Además de notar las frecuentes alusiones religiosas en el discurso presidencial, diversos analistas han criticado la injustificada participación de representantes eclesiásticos en el acto llevado a cabo en Tijuana para ¿celebrar? el acuerdo migratorio con Estados Unidos. En cambio, se ha prestado menos atención a un cambio en la política hacia las asociaciones religiosas que tal vez explique esa presencia y que, en todo caso, anuncia nuevos y más riesgosos ataques a la laicidad: la invitación del gobierno a estas asociaciones  a participar en la “reconstrucción del tejido social y la cultura de paz” y a “impulsar los objetivos sociales de la cuarta transformación”.
Aunque sólo fuera un gesto retórico, este acercamiento a las iglesias sería ya preocupante, sobre todo cuando, en contraste, se ha denostado a las organizaciones de la sociedad civil y se les han  negado recursos que antes favorecieron la colaboración de éstas en tareas que el Estado no puede cumplir solo, como las estancias infantiles y los refugios para mujeres maltratadas. Lo más grave es que este giro se ha concretado en documentos oficiales y se presenta como una línea de política estatal, como si una “emergencia nacional” pudiera justificar quebrantar el marco constitucional.
No es exagerado preguntarse adónde se pretende llegar en la interpretación a modo de las leyes cuando se lee en el nuevo reglamento interno de la Secretaría de Gobernación (Segob) DOF 31/5/19, que la dirección de asuntos religiosos de ésta tendrá entre sus funciones “proponer y coordinar estrategias colaborativas con las asociaciones religiosas, iglesias, agrupaciones y demás instituciones u organizaciones religiosas para que participen en proyectos de reconstrucción del tejido social y cultura de paz que coadyuven en la consecución de las atribuciones en la materia” de la subsecretaría del ramo (art. 86. XIX).
¿Las iglesias contribuirán a alcanzar objetivos de política pública en un Estado laico? ¿Qué implica que, como informaron Maru Jiménez Cali y Luis Guillermo Hernández en Aristegui Noticias (18/06/19), las iglesias presenten, en mesas intersectoriales de trabajo, opiniones y propuestas para “contribuir a la gobernabilidad, prevención social y reconstrucción del tejido social en los ámbitos familiar, comunitario, laboral y ciudadano”, con vistas, además, a la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo? 
Mencionar “el Estado laico” y “una perspectiva incluyente y equitativa” no basta para acotar las intenciones religiosas ni justificar la injerencia de grupos de interés que, aun sin esta permisividad oficial, han actuado como agentes políticos para promover leyes, como las reformas constitucionales para “proteger la vida desde la concepción” u obstaculizar otras, como la aprobación del matrimonio de personas del mismo sexo. En este mismo contexto, es también ominoso que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) haya otorgado una concesión de radio y TV a “La visión de Dios”, so pretexto de que ésta no es “una asociación religiosa registrada”. ¿El nombre no les dice nada?
Creer que las iglesias no buscarán intervenir en la política educativa, como ya lo han hecho en contra de la educación sexual, ni coartar los derechos de las mujeres y la población LGBTTTI, es olvidar la historia: más de un prelado ha justificado la pederastia, la violación y el feminicidio como “responsabilidad” de las víctimas.
Es olvidar también que el “perdón” que pregonan algunos religiosos como medio de reconciliación ha sido rechazado por las familias de las víctimas de violencia. Involucrar a cualquier iglesia en tareas de política pública es anticonstitucional y peligroso.
* Ensayista y crítica cultural, feminista.
Twitter: @luciamelp

Imagen retomada de el periodicocom.mx
Por: Lucía Melgar*
Cimacnoticias | Ciudad de México.

Violencia y acoso en el mundo del trabajo


Monedero 


“La violencia en el mundo ha aumentado vertiginosamente, y somos las mujeres las más afectadas por esto. Violencia en la casa, violencia en la calle, violencia en el trabajo. Y sobre todo un tipo de violencia que no se ve pero que hace mucho daño: el acoso en los lugares de trabajo. Es por eso que, en este centenario, culminar con la aprobación del Convenio 190 que es uno de los principales retos del movimiento sindical en todo el mundo”, expresó Altagracia Jiménez, titular de la Confederación de Organizaciones de Trabajadores y Trabajadoras del Estado (Conate) de República Dominicana, dirigente de la Confederación Latinoamericana y del Caribe de Trabajadores Estatales (Clate) y delegada adjunta de la Comisión que trató este importante Convenio.
“Las mujeres están enojadas, y son cada vez más las que expresan su ira. Así lo evidenciaron las grandes manifestaciones organizadas en América Latina contra la violencia de género, con la campaña «Ni Una Menos», o las campañas virales «#MeToo» y «Time’s  Up» llevadas a cabo para protestar contra el acoso sexual y las violaciones. Las mujeres están cada vez menos dispuestas a tolerar estas prácticas inaceptables”.
La violencia y el acoso en el mundo del trabajo "pueden constituir un incumplimiento o una inobservancia de los Derechos Humanos... y poner en riesgo la igualdad de oportunidades, y que son inaceptables para lograr un trabajo digno, e incompatibles con este". La "violencia y el acoso" se definen como comportamientos, acciones o amenazas "que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico". Por otro lado, se recuerda a los Estados miembros que tienen la responsabilidad de promover un "entorno general de tolerancia cero". Organización Internacional del Trabajo (OIT).
En el marco de los 100 años del nacimiento de la OIT, y tras dos años de intenso debate entre trabajadores, empleadores y Estados, la Comisión Normativa de dicha organización internacional acaba de aprobar la adopción del Convenio 190 sobre Violencia y Acoso en el Mundo del Trabajo.
Este instrumento fue votado el viernes 21 de junio durante la 108° reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, para adoptarlo finalmente como convenio internacional.
En el Convenio se establece que: “En el marco de las nuevas normas se reconoce el derecho de todas las personas a un entorno laboral exento de violencia y de acoso." Guy Ryder, Director General de OIT.
Algo fundamental, se reconoce el derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género. Y aclara que estos comportamientos inaceptables pueden constituir una violación o un abuso de los Derechos Humanos, son una amenaza para la igualdad de oportunidades y son incompatibles con el trabajo decente”.
“Haber logrado este Convenio es un hecho muy importante para los y las trabajadoras del mundo entero; hemos logrado después de muchas horas de trabajo, el reconocimiento a que un ambiente de trabajo donde exista la violencia y el acoso implica la pérdida de derechos fundamentales para todos y todas las trabajadoras.”, dijo Viviana García desde Ginebra.
La dirigenta también señaló que pudieron asentar que el espacio de trabajo no sólo es el institucional sino que es entendido como el espacio público; “también este Convenio sirve para el ámbito del trabajo doméstico, el teletrabajo y los trabajos informales. Un ambiente con violencia y acoso es un trabajo que viola derechos fundamentales. El mundo del trabajo implica el reconocimiento no sólo al espacio donde trabajamos sino al espacio público. Otro reconocimiento importante es el de la economía informal. Y también logramos que se reconozcan a todos y todas las trabajadoras públicas y a los Estados como patrones”, detalló García.
“Queda mucho por lograr porque los empleadores y también muchos Estados siguen peleando por el no reconocimiento de derechos, sin embargo, los trabajadores y las trabajadoras seguimos en pie luchando no solamente por el reconocimiento de derechos sino por un mundo del trabajo sin violencia y sin acoso y con perspectiva e identidad de género.”, explicó Viviana.
La Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) adoptó un nuevo Convenio y una Recomendación complementaria para enfrentar la violencia y el acoso en el lugar de trabajo.
El objetivo de la nueva norma internacional del trabajo es proteger a trabajadores y empleados, con independencia de su situación contractual, incluidas las personas que realicen actividades de capacitación, pasantías y formación profesional, los trabajadores cuyo contrato se haya rescindido, las personas que realicen labores de voluntariado o busquen trabajo, y los solicitantes de empleo. En virtud de la norma se reconoce que "individuos que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de un empleador" también pueden ser objeto de casos de violencia y acoso.
En el marco de las nuevas normas se reconoce el derecho de todas las personas a un entorno laboral exento de violencia y de acoso. Guy Ryder, Director General de la OIT.
Y añadió: "La siguiente etapa consistirá en la aplicación de esas medidas de protección, con objeto de fomentar un entorno laboral mejor, más seguro y decente para mujeres y hombres. Estoy convencido de que, habida cuenta de la cooperación y la solidaridad que hemos constatado al respecto, y el interés público manifiesto en la adopción de medidas, se producirá una ratificación de forma rápida y generalizada para que se lleven a cabo las acciones pertinentes".
La norma abarca la violencia y el acoso en el ámbito laboral; los lugares en los que se remunere a un trabajador, realice recesos en el trabajo para descansar o comer, o use instalaciones sanitarias, de lavado o de cambio de indumentaria; viajes, desplazamientos, programas de formación, eventos o actividades sociales de índole profesional; comunicaciones relacionadas con el trabajo (en particular mediante tecnologías de la información y la comunicación), lugares de alojamiento proporcionados por el empleador; y los desplazamientos desde y hasta el lugar de trabajo. La norma reconoce asimismo que en los casos de violencia y acoso pueden participar terceros.
La Directora del Departamento de Condiciones de Trabajo e Igualdad (Workquality) de la OIT, Manuela Tomei, comentó que "sin respeto, no hay dignidad en el trabajo y, sin dignidad, no hay justicia social.
La dimensión de género está profundamente imbricada en las relaciones de poder, y el equilibrio tradicional de poder favorece a los hombres. La incorporación de una mujer a un sector tradicionalmente dominado por los hombres puede alterar las relaciones de poder existentes y algunos hombres pueden reaccionar reafirmando su predominio con comportamientos de acoso sexual.
Se informó que el citado Convenio entrará en vigor 12 meses después de que dos Estados miembros lo hayan ratificado. La Recomendación, que no es jurídicamente vinculante, proporciona directrices sobre el modo de aplicar el Convenio.
*Economista especializada en temas de género
twitter @ramonaponce

CIMACFoto: César Martínez López
Por: Carmen R. Ponce Meléndez*
Cimacnoticias | Ciudad de México.-

El Supremo y “La manada”


Miguel Lorente Acosta 


La sentencia “emanada” del Tribunal Supremo sobre el caso de “la manada” ha venido a corregir el desfase que se había producido entre el tiempo y la realidad, un tiempo lastrado por los prejuicios y estereotipos de quienes añoran unos años que quedaron atrás, y una realidad que avanza con la fuerza de la Igualdad y la mirada crítica de la conciencia para no olvidar que hasta 1989 la violencia sexual estaba considerada como “delitos contra el honor”, y que, en consecuencia, no había libertad si no había honor, situación que todavía condiciona el presente.
El Derecho ha cambiado, pero la idea de honor no tanto, por eso  muchos no entienden la libertad de una mujer para caminar con cinco hombres en la madrugada de una ciudad en fiestas, y sí ven la libertad de esos cinco hombres para interpretar y decidir sobre lo que la mujer decide o desea. Esa es la mirada con “perspectiva machista” que lleva a dudar de la credibilidad de la víctima o a darle un significado a los hechos a partir de la conducta de la mujer antes, durante y después de la agresión, al tiempo que ignora la conducta de los agresores y da fiabilidad a sus palabras, aunque no haya coherencia entre ellas ni con los elementos objetivos de lo ocurrido.
Todo el mundo acepta esa mirada, en cambio se rechaza corregir la distorsión que produce mediante el cambio de enfoque, y aplicar una perspectiva de género capaz de mostrar cómo la realidad se ha configurado bajo la luz de un “sol de justicia” que levantaba las sombras necesarias para ocultar el verdadero significado de los acontecimientos.
La sentencia del Tribunal Supremo no sólo pone justicia en el caso, sino que contribuye a mostrar esas sombras presentadas como luz ante el contraste con la oscuridad profunda de la negación, y a consolidar la base desde donde se aplica la justicia, que es la justicia social. Son tres los elementos que aporta:
  1. NO SON ABUSOS, ES VIOLACIÓN. En este sentido, da un nuevo significado a lo que ya la Audiencia Provincial de Navarra había recogido como hechos probados, y refleja el peso de uno de los instrumentos más valiosos de la cultura patriarcal, como es la capacidad de dar significado para, aun reconociendo hechos de manera objetiva, darle un sentido diferente. Es lo mismo que sucede ante los homicidios por violencia de género, que a pesar de producirse con una media de 64 al año, aún son presentados como “casos aislados” a través de un significado que mira a las circunstancias particulares de cada homicidio, en lugar de detenerse sobre los elementos comunes a todos ellos.
  2. NO ES UNA VIOLACIÓN CONTINUADA, SINO 10 VIOLACIONES. Ya no sólo es el significado global de lo ocurrido lo que corrige la sentencia del Tribunal Supremo, sino que muestra cómo ni siquiera se llegan a identificar las diferentes agresiones sexuales cometidas por los cinco agresores, y todo queda como si se hubiera tratado de una sola. De nuevo demuestra cómo la violencia de género no llega, si quiera, a ser percibida.
  3. NO SON VÁLIDAS LAS REFERENCIAS QUE INTERPRETAN LA REALIDAD DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO.  Si importantes son las dos aportaciones que hace la sentencia al caso, más trascendente, si cabe, lo es la referencia y el mensaje que manda a toda la sociedad, incluida la Administración de Justicia, a la hora de mostrar cómo se interpreta la violencia de género de manera habitual. La distorsión que introduce la “perspectiva machista” a la hora de dar significado a la violencia contra las mujeres es tan marcada, que unos “Hechos probados” por la Audiencia Provincial de Navarra son la base para llegar a conclusiones contrarias a lo demostrado. Por ejemplo, la sentencia concluye que se trata de abusos sexuales porque no hay intimidación, pero da por probado, y recoge literalmente con relación al momento en que la víctima, en un espacio de 3 metros cuadrados, es rodeada por los cinco agresores y comienzan a desnudarla, que “experimentó sensación de angustia”. Un párrafo más adelante describe que “la denunciante sintió un intenso agobio y desasosiego, que le produjo estupor y le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad, determinándole a hacer lo que los procesados le decían que hiciera, manteniendo la mayor parte del tiempo los ojos cerrados”.Y sobre las consecuencias de los hechos, en el momento del juicio oral reconoce que la víctima, dos años después de los hechos, padece un “trastorno por estrés postraumático” grave a pesar de haber estar bajo tratamiento. Si todo eso está presente y ha sido demostrado tiene que haber algo que lo haya causado, y ese factor capaz de producir todas esas consecuencias no puede ser un “error de consentimiento”, sino que tiene que ser una situación caracterizada por la violencia en alguna de sus múltiples formas. Esta circunstancia muestra cómo la Audiencia y el Tribunal de Justicia de Navarra a partir de elementos objetivos llegan a conclusiones contrarias, pero también revela esa misma actitud en la sociedad, incluso cómo una parte de ella insiste en que todo fue una “juerga y diversión”. Finalmente,  ha sido el Tribunal Supremo quien muestra la visión crítica cada vez más numerosa en la sociedad, que entiende que se trató de una violación.
La sentencia del Tribunal Supremo pone mucha luz sobre las sombras que el machismo siempre ha levantado alrededor de la violencia de género en cualquiera de sus manifestaciones, especialmente en la que se lleva a cabo dentro de las relaciones de pareja y como violencia sexual. La sentencia demuestra cómo la clave que ha utilizado la sociedad a la hora de valorar y de responder profesionalmente desde distintos ámbitos no ha sido la negación de los hechos, sino su reinterpretación para darle el significado necesario que permitiera integrarlos como parte de la normalidad,  o como un hecho aislado y menor sin trascendencia ni significado social. Y para ello resulta fundamental cuestionar la conducta y la palabra de las mujeres víctimas, no la de los hombres agresores. Es lo que se ha visto también en la sentencia de “la manada”, cuando se cuestiona a la víctima porque hubo un beso con uno de los agresores antes de la violación, o cuando se intenta investigar en su vida privada tras el juicio. En cambio, esos mismos sectores no dicen nada de la conducta de los agresores antes de la agresión, de cómo la introdujeron en el portal tirando de ella, concretamente (según se escribe en la sentencia), dos de los agresores la cogieron de las manos y “ambos la apremiaron  a entrar en el portal tirando de “la denunciante”, quien de esa guisa entró en el recinto de modo súbito y repentino, sin violencia”. Y continúa después, “cuando la introdujeron en el portal, los procesados, le dijeron “calla””. Y tampoco dicen nada de la conducta de los cinco hombres y su relación con una teórica juerga cuando dejan a la mujer sola en el pequeño espacio, llorando y sin móvil, mientras ellos salen a la calle de uno en uno, no como los cinco amigos que se acaban de divertir tanto con una conocida.
No es algo puntual, sino generalizado. Si ante un caso como el de “la manada”, tan objetivo y corregido judicialmente todavía hay quien lo niega, imagínense la verdad que hay detrás sobre todo lo que desde el machismo dicen respecto a la violencia de género en la pareja, a las “denuncias falsas”, a la manipulación de los hijos e hijas por las madres, o al presentar los homicidios machistas como “casos aislados”… Todo forma parte de su estrategia de ocultación y confusión, por eso ahora intentan, una vez más, esconder la violencia de género dentro de la “violencia intrafamiliar”, para así facilitar todo este proceso y dar un nuevo significado a la realidad.
Nada es casual. La sentencia del Tribunal Supremo ha puesto luz, conocimiento y referencias para interpretar la realidad de la violencia de género.

Buscan sancionar violencia digital a nivel nacional


Presentan iniciativa a Comisión de Igualdad en San Lázaro
   


La defensora e impulsora de la “Ley Olimpia”, Olimpia Coral Melo y el Frente Nacional para la Sororidad, presentaron este día ante la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados, la serie de reformas denominadas “Para que las mujeres estemos seguras también en internet”, las cuales tienen por objetivo sancionar la violencia digital en todo el país.
El proyecto presentado este día a la presidenta de la Comisión, Wendy Briceño Zuloaga, contempla reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, para reconocer la violencia digital como modalidad; así como reformar el Código Penal Federal para tipificar el ciberacoso y la difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
A través de estas iniciativas se pretende castigar el ciberacoso y a quien divulgue, compile, comparta, distribuya o amenace con publicar, audios, imágenes o videos de carácter erótico o sexual de una persona sin su consentimiento, detalló en entrevista con Cimacnoticias Olimpia Coral Melo, creadora de esta Ley.  
A esto se añade la obligación de las autoridades de capacitarse en perspectiva de género y de retirar el contenido de la plataforma en la que se encuentre exhibido el contenido.
También se pretende modificar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para incluir la violencia digital como una modalidad, ya que actualmente esto no es considerado violencia por lo que “no se contempla prevenir ni invertir en proyectos para combatirla”, expresó Olimpia Coral.
Estas iniciativas ya habían sido presentadas en coordinación con la senadora Nadia Navarro Acevedo, el pasado mes de abril. En los documentos se propuso modificar la normativa mencionada para sancionar hasta con 10 años de cárcel a quien comparta o publique información, datos, imágenes o videos de contenido sexual. Sin embargo, fue turnada a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Estudios Legislativos, donde se congeló.
Este día el tema vuelve con fuerza y las defensoras que forman parte del Frente Nacional para la Sororidad, fundado por Olimpia Coral Melo Cruz, esperan que en septiembre por fin ocurra la aprobación. La promesa que recibieron por parte de la Comisión fue realizar mesas de trabajo para preparar este proyecto y presentarlo ante el pleno.   
“Se cree que lo virtual no es real y por eso las mujeres hemos sido víctimas de violencia digital sin tener acceso a la justicia. Las mujeres que viven sus derechos sexuales son revictimizadas en internet porque hay mayor impunidad, hay menos riesgos de ser sentenciados”, concluyó Coral Melo.
“Este proyecto de reformas nace de la necesidad de tener un instrumento legal para visibilizar, crear, reconocer, prevenir y penalizar la violencia digital, un tipo de violencia normalizada en nuestro país”, se lee en el documento donde se expone el proyecto.
En este se añade que “no es porno ni venganza, porque llamarla así resulta revictimizador. Es violencia digital en diferentes modalidades y tipologías y se debe investigar y sancionar”.
Estas reformas ya fueron aprobadas en Guanajuato, Baja California Sur, Puebla, Yucatán, Chiapas, Querétaro y Veracruz y este día Coahuila.  Estados que protegen a las mujeres que navegan por internet diariamente, las cuales representan 60.8 por ciento, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de las Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) 2017.
Ellas son las más expuestas, ya que, de acuerdo con el Módulo sobre el ciberacoso en México, al menos 9 millones de mexicanas han vivido algún tipo de ciberacoso y 86.3 por ciento de sus agresores son personas desconocidas, que se aprovechan del espacio digital para perpetrar estas agresiones.

MÁS ESTADOS SE SUMAN

Con 20 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, este día el Congreso de Coahuila votó a favor de sancionar la violencia digital en la entidad, con esta aprobación, se sancionará con una pena de 4 a 8 años de prisión a quien publique contenido íntimo sin consentimiento de la víctima.
Dentro de la iniciativa presentada por la diputada Diana Patricia González Soto y el diputado Marcelo Torres Cofiño, se establece la adición del artículo 272 bis al Código Penal local, para establecer la violación a la intimidad sexual como un delito.
Cuando el delito sea cometido por el cónyuge o por la persona con la que esté o haya estado unida la víctima la pena se incrementará 4 años más.
También representará un incremento en la pena cuando el delito se cometa en contra de una persona con discapacidad y cuando se “cometa contra una persona en situación de vulnerabilidad social, por su condición cultural, étnica y/o su pertenencia a algún pueblo originario”, se lee en el documento.
Finalmente, también se agrava cuando la violación a la intimidad sexual se cometa contra menores de edad, cuando con violencia se obligue a la víctima a fabricar, hacer el contenido íntimo, sexual o erótico publicado sin consentimiento.
A través de esta iniciativa también se añadirá al Código Penal el artículo 271 Bis, por el que se establece el delito de Ciberacoso y una sanción de cuatro a siete años de prisión, con multa de mil a mil 500 días a quien cometa este delito.
Además, cuando la víctima sea menor de edad, se presumirá el daño a su dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico, por lo que la sanción aumentará un año y dos meses como pena mínima y cuatro años y medio a la máxima.
Adicionalmente se modificará la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la entidad, en la que se incluye la modalidad de violencia digital, considerada como cualquier acto que cause daño o sufrimiento psicológico, físico, económico o sexual a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), plataformas de redes sociales o correo electrónico.
“Al aprobar estas iniciativas blindamos a nuestro estado contra este tipo de violencia y ponemos un alto rotundo. No queremos en Coahuila más mujeres agredidas, difamadas, denigradas, humilladas, agraviadas, ofendidas y exhibidas en redes sociales.
Estas reformas abrirán la posibilidad de contar con medidas presupuestales y administrativas para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en medios digitales”, dijo durante su argumentación la diputada Diana Patricia González Soto.

Imagen cortesía del Frente Nacional para la Sororidad
Por: Berenice Chavarría Tenorio
Cimacnoticias | Ciudad de México.-

OIT aprueba primer Convenio contra acoso y violencia laboral


Violencia en el trabajo limita y afecta principalmente a mujeres


El nuevo Convenio y la Recomendación complementaria para enfrentar la violencia y el acoso en los centros laborales que aprobó este 21 de junio la Organización Internacional del Trabajo (OIT), reconoce a esta violencia como una violación a los Derechos Humanos de las mujeres que las afecta para que accedan, permanezcan y progresen profesionalmente al tiempo que ponen en riesgo la igualdad de oportunidades.
El movimiento #MeToo puso de manifiesto la necesidad de generar un instrumento específico para atender la violencia y el acoso en el mundo laboral, la discusión que plantearon las mujeres en las redes sociales llegó el año pasado hasta la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) que desde entonces trabajó en miras de construir un nuevo Convenio de la OIT en la materia.
Finalmente, este año en la 108a CIT, que tuvo lugar esta semana en Ginebra, Suiza, se cerró con la aprobación de un nuevo Convenio y una Recomendación sobre la violencia y el acoso en el trabajo. Con 397 votos a favor, 12 en contra y 44 abstenciones.
En el Convenio se define la violencia y acoso en el trabajo como un “un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto causar un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género”.
Se da pleno reconocimiento al hecho de que la violencia y el acoso en los centros laborales afectan de manera desproporcionada a las mujeres y niñas, por lo que es un problema que debe abordarse desde las causas subyacentes y los factores de riesgo, “como los estereotipos de género, las formas múltiples e interseccionales de discriminación y el abuso de las relaciones de poder”.

También se estipula que la violencia y el acoso en los centros laborales afectan a la salud psicológica, física y sexual de las personas, a su dignidad, y a su entorno familiar y social. Sobre todo, en las mujeres impide que accedan al mercado de trabajo, permanezcan en él o progresen profesionalmente.
El nuevo Convenio de la OIT entrará en vigor 12 meses después de que dos Estados miembros lo hayan ratificado, obligando a los gobiernos que lo adopten a generar una legislación que defina y prohíba la violencia y el acoso en el mundo laboral, incluyendo la violencia y el acoso por razón de género.
Asimismo, por ser un instrumento vinculante, los Estados son responsables de asegurar un entorno de cero tolerancia frente a la violencia y el acoso en los trabajos. También otros actores del mundo laboral, como las organizaciones de empleadores y de trabajadores y las instituciones del mercado de trabajo, deben abstenerse de recurrir a la violencia y el acoso, prevenirlos y combatirlos.
La nueva normativa internacional protege a cualquier empleador y trabajador independiente de su situación contractual, se incluyen a las personas que realicen actividades de capacitación, pasantías y formación profesional, personas trabajadoras cuyo contrato se haya rescindido, realicen labores de voluntariado o busquen trabajo.
Contempla que la violencia y el acoso puede ocurrir no sólo en el lugar de trabajo, también en los desplazamientos, viajes, eventos o actividades sociales o de formación relacionados con el trabajo; en las comunicaciones que estén relacionadas con el trabajo, incluidas las realizadas por medio de tecnologías de la información y de la comunicación; y en los trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo.

DE LAS REDES SOCIALES A LA ACCIÓN

En octubre de 2007 se generó en Estados Unidos una oleada de denuncias en redes sociales con la etiqueta #MeToo (Yo también en español) sobre vivencias de acoso sexual que enfrenten las mujeres en su lugar trabajo y vida cotidiana.
Dos años después de las denuncias que sacudieron sobre todo a la industria cinematográfica de Estados Unidos, en México se retomó en marzo pasado la etiqueta donde mujeres sacaron a luz los nombres de sus agresores en los círculos laborales: redacciones periodísticas, centros de estudios, oficinas de la administración pública y organizaciones civiles.
Las mujeres mostraron su solidaridad con otras, otros condenaron el movimiento alegando que las denuncias “eran anónimas”, en las instituciones gubernamentales hubo pocas reacciones y en el sector privado fueron nulas.
De acuerdo con el informe “Mujer, Empresa y el Derecho 2019” del Banco Mundial en los últimos diez años en 131 economías se introdujeron 274 reformas a las leyes y reglamentaciones para favorecer la inclusión económica de la mujer; 35 países implementaron protecciones legales contra el acoso sexual en el trabajo, lo que pudo beneficiar a 2 mil millones de mujeres.

CIMACFoto: César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.-

Aprueban PND carente de perspectiva de género


Legisladores piden recursos para implementarlo 
   

Este jueves, con 305 votos a favor, 139 en contra y 3 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, el documento que contiene el proyecto nacional que se implementará durante el sexenio de Andrés Manuel López Obrador.
El PND incluye la igualdad de género como principio rector del actual gobierno, pero de acuerdo con la oposición no se partió de un diagnóstico sobre la situación de las mujeres, no se especifican objetivos y estrategias en materia de igualdad y tampoco se cuenta con indicadores de desempeño ni metas.
En administraciones anteriores el gobierno federal diseñaba el documento y lo implementaba sin pasar por el análisis del Poder Legislativo. En esta ocasión la Cámara baja hizo un análisis y lo sometió a votación, sin embargo, la oposición reclamó que no hubo claridad en el documento debido a que había una versión larga y un resumen. 
En este plan establece tres ejes centrales: justicia y Estado de derecho; bienestar y desarrollo económico, y se desglosan en tres ejes trasversales: igualdad de género, no discriminación e inclusión de todos los mexicanos y combate a la corrupción.
En materia derechos de las mujeres, las críticas al PND se dieron desde el interior de la Comisión de Igualdad de Género. De las 31 integrantes 10 votaron a favor, seis diputadas del Partido Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), Movimiento Ciudadano (MC) y de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) votaron en contra; y dos más se abstuvieron.
El pasado 6 de junio la Comisión de Igualdad emitió una opinión positiva al proyecto de Plan Nacional de Desarrollo, en donde defendió que el documento pondera las referencias cualitativas y no cuantitativas para construir la igualdad sustantiva y responder a la diversidad de experiencias y situaciones que viven las mujeres, adolescentes y niñas.  
La mayoría de diputadas de esta Comisión consideró que el “Programa Nacional de Reconstrucción”, “Jóvenes Construyendo el Futuro”, “Jóvenes Escribiendo el Futuro” y el “Programa de Becas para el bienestar Benito Juárez” así como aquellos dirigidos a otorgar pensiones para personas adultas mayores y personas con discapacidad, contribuirán al desarrollo de las mujeres.
Sin embargo, la Comisión también llamó a incluir la transversalidad de género en todo el PND y acciones específicas para mujeres, adolescentes y niñas en el desarrollo del país, sin justificar que la igualdad sustantiva está garantizada en la “universalidad” de los programas.  
Las legisladoras recomendaron que se establecieran metas y objetivos claros y bien definidos, en donde se hiciera explícito el impacto diferenciado de las medidas a implementarse en mujeres y niñas, y que incluyera indicadores sensibles al género para la evaluación del impacto. 
Otro punto que las legisladoras pidieron no perder de vista fue garantizar que el PND estuviera acompañado por la asignación de recursos financieros, técnicos y humanos suficientes para la consecución de sus objetivos,
Al discutir el documento, en general las legisladoras coincidieron en que el plan a implementarse en seis años no contenía estrategias para hacer frente a la violencia contra las mujeres, las desapariciones forzadas, la tortura sexual y el feminicidio; ni para garantizar su acceso a la justicia, entre otros temas.
Las críticas a las deficiencias del PND continuaron en el debate de este jueves. El priista Fernando Galindo Favela dijo que el documento adolecía de un eje sobre igualdad social, política y económica de género. “Ha quedado claro, las mujeres no tienen el apoyo de esta administración”, declaró el diputado.
A su vez la diputada priista Dulce María Sauri expuso que era inaceptable que la Legislatura de la paridad aprobara un documento que solo tenía una frase sobre igualdad. “Adiós a la planeación teniendo la igualdad como eje transversal del desarrollo; de reconocimiento de los trabajos del cuidado que realizan las mujeres, ni sus luces”, dijo.
La diputada de Movimiento Ciudadano, Fabiola Loya Hernández, aseguró que la perspectiva de género en el desarrollo nacional es una obligación que no atendió el gobierno federal.
“Es notoria su ausencia, tal como lo señalaron organizaciones de mujeres, de temas prioritarios como la de igualdad salarial, la participación femenina en el mercado laboral formal, la violencia política, el hostigamiento y el acoso sexual, la conciliación de la vida familiar y laboral, así como los hoy reconocidos derechos laborales de las trabajadoras del hogar”, aseguró.
La priista Claudia Pastor Badilla, aseguró que se trataba de un mal llamado Plan Nacional de Desarrollo sin políticas públicas claras en favor de las mujeres, que se traducen en una escalada sin precedentes de la violencia contra las mujeres y en feminicidios y que debilita y dificulta a las madres trabajadoras con la cancelación de las estancias infantiles.
A pesar de las posturas en contra, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el documento y remitió al Ejecutivo federal el informe de parlamento abierto y el trabajo desarrollado por las comisiones ordinarias para su consideración.

CIMACFoto: Hazel Zamora Mendieta
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 

Proponen que partidos que simulen cumplir paridad pierdan registro


Diputada de MC presenta iniciativa
   

La diputada de Movimiento Ciudadano (MC), Fabiola Loya Hernández, propuso una reforma legislativa para que los partidos políticos pierdan el registro en caso de simular el cumplimiento de la paridad de género.
Cada vez que las mujeres consiguen que una norma garantice su derecho a ser electas, los líderes e integrantes de los partidos políticos hacen todo lo posible para que no accedan a cargos de poder, por ejemplo, les dan candidaturas en distritos donde tienen todas las probabilidades de perder y si ganan las hacen renunciar para dejar el lugar a un hombre.
En este contexto y ante la entrada en vigor de la reforma constitucional en materia de paridad de género, publicada el pasado 6 de junio en el Diario Oficial de la Federación, la legisladora propuso poner candados para salvaguardar este principio en la Ley General de Partidos Políticos y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Esta semana la diputada Loya Hernández volvió a presentar la propuesta que había planteado en diciembre del año pasado, para establecer en el Artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos que una causa de pérdida de registro de un partido político sería la simulación al derecho de paridad de género establecido en el artículo 41 constitucional.
En la segunda versión de la propuesta la legisladora añadió que esta norma debe especificar que se entenderá como simulación de la paridad de género cuando “aun existiendo dicho principio en los listados de las diferentes candidaturas a puestos de elección popular, este no prevalezca en el ejercicio del cargo y que la verdadera intención sea presentar de manera engañosa o aparentar el principio de paridad de género”.
Para reforzar el cumplimento de la paridad, también propuso reformar el Artículo 443 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales para decir que constituye una infracción de los partidos políticos, la simulación de la paridad de género.
En el documento que presentó ante la Comisión Permanente del Congreso, Loya Hernández explicó que el incremento de la participación política de las mujeres ha estado acompañado de número de violaciones a sus Derechos Humanos, situación que impide que ejerzan con libertad y autonomía sus cargos públicos o de elección popular.
La diputada reconoció que, si bien la violencia contra las mujeres en el ámbito político no es reciente, sí se incrementó desde el proceso electoral 2017-2018 en estados como Chiapas cuando en 2018 más de 50 mujeres electas renunciaron a su cargo a través de coacción o engaños, para que éstos fueran ocupados por hombres.
Una situación similar sucedió en Oaxaca, en el que 4 mujeres electas fueron obligadas a no ejercer como presidentas municipales, refiere la iniciativa.
En ambos casos, dijo, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral calificó los hechos como una simulación del principio de paridad de género, es decir, se trató de una violación a la Constitución Política, así como de los tratados internacionales de los que México es parte, por lo que es necesario legislar en la materia.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación y Población de la Cámara de diputados.
CIMACFoto: Sonia Gerth
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.-

Tribunal Supremo de España eleva a 15 años condena a La Manada

Hoy se ha hecho justicia: Pedro Sánchez

Madrid. El Tribunal Supremo español dictó una sentencia histórica, en la que por fin establece los criterios jurídicos específicos para diferenciar entre abuso sexual y una violación, que supone el ejercicio de la violencia y la intimidación. En el auto se elevaron de nueve a 15 años las penas contra los cinco jóvenes que perpetraron una violación en grupo en las fiestas de los San Fermines, de Pamplona, en el verano de 2016. La víctima fue una joven que entonces tenía 18 años.
El caso de La Manada se refiere a los hechos que ocurrieron en las fiestas de Pamplona en 2016, cuando una joven madrileña fue interceptada por los cinco hombres y arrastrada hasta el portal de un edificio, en donde fue violada varias veces mientras los agresores se hacían fotografías y se reían de la víctima.
En el fallo original se determinó que se trató de una agresión sexual pero no violación, pues la víctima no opuso resistencia.
El caso conmovió a la sociedad española y puso en el debate público las agresiones sexuales y violaciones que ocurren en las fiestas populares, en las que en la mayoría de las ocasiones las víctimas son mujeres. El caso es similar al que ocurrió en Veracruz en enero del 2015, cuando cuatro jóvenes de familias acomodadas de la ciudad perpetraron una violación grupal contra una adolescente y gozaron de impunidad gracias a que sus padres son funcionarios o ex funcionarios del estado o empresarios poderosos de la región.
En el caso español, la sociedad se movilizó ante indignación que provocaron los primeros fallos judiciales, emitidos por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra y que ahora corrigió tanto en el fondo como en la sanción el máximo órgano del Estado. Así, la sentencia además de suponer una condena mucho más dura para los culpables, sienta un precedente en la jurisprudencia y por tanto establece una doctrina en los términos en los que se reclamaba tanto por parte de los partidos políticos como de las organizaciones de lucha contra los abusos sexuales.
Los miembros de La Manada fueron detenidos unas horas después de la sentencia ya que a pesar de la gravedad del caso se encontraban en libertad bajo fianza, a la espera de la sentencia definitiva del caso. Los detenidos son José Ángel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Escudero. Uno de ellos pertenece a la Guardia Civil y otro al ejército.
Los magistrados del TS aplicaron, además, dos agravantes que elevan la pena: trato vejatorio y actuación conjunta de dos o más personas, con lo que se incrementó de nueve a 15 años la pena de prisión para cada uno de los miembros.
Antonio Manuel Guerrero recibió otros dos años de cárcel por el robo con intimidación del celular de la víctima. El tribunal también incrementó a 100 mil euros el importe de la responsabilidad civil a la que tiene derecho la joven.
La sentencia advierte que el relato fáctico describe un auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados, ya que sufrió una situación intimidante que hizo que ella misma adoptara una actitud de sometimiento, por lo que hizo lo que sus atacantes le ordenaban por temor a que pudieran hacerle algo peor. Los magistrados consideran que los acusados se aprovecharon de estas circunstancias para atacar a la joven, que sufrió al menos diez agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales.
El gobierno español, del socialista Pedro Sánchez, se congratuló de la sentencia, al advertir que hoy se ha hecho justicia, con lo que España sigue avanzando en la protección de los derechos y libertades de las mujeres, y no se va a detener.

Corresponsal
Periódico La Jornada

Más mujeres desaparecidas en el oriente de la CDMX


Las alcaldías de Iztapalapa, Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta concentran el mayor número de desapariciones de mujeres en la capital del país, en un problema complejo que va al alza, advirtió Rita Canto Vergara, investigadora de la Universidad Autónoma Metropolitana unidad Iztapalapa.

Señaló que de acuerdo con organizaciones civiles especializadas, incluido el Observatorio Nacional del Feminicidio, se trata de jóvenes de 12 a 22 años de edad que habitan en las periferias, es decir, en espacios marginales.

La académica señaló que en el tema de las cifras existe enorme conflicto, pues en la administración de Miguel Ángel Mancera se tendió un velo para intentar invisibilizar la situación.

El gobierno de Mancera registró de manera oficial la desaparición de 342 mujeres en la ciudad, aunque todo indica que existe subregistro debido a la deficiente clasificación de los casos.

El Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas señala que casi 60 por ciento de las mujeres desaparecidas tiene entre 12 y 25 años de edad. Desde que entró en vigor la ley general en la materia son las fiscalías especializadas las responsables de actualizar este registro nacional, pero en la Ciudad de México esto no ha sido debidamente actualizado.

Agregó que en la capital del país la única manera de obtener datos medianamente claros es por medio de solicitudes de acceso a la información, cuyas respuestas tardan casi un mes.

Además, la mayoría de las desaparecidas son registradas según conceptos erróneos, como los de persona ausente o extraviada, lo que impide buscarlas como tales según la ley general, que señala que las víctimas deben ser localizadas mediante un protocolo homologado.

Uno de los errores más graves es que no hay nombres, lo cual debería ser una exigencia a estas alturas del partido, indicó la investigadora. Añadió que la zona oriente es una de las más problemáticas de la Ciudad de México, pues ahí se han documentado de manera exhaustiva los estragos de la criminalidad y la falta de procuración de justicia en la vida cotidiana de las mujeres, llevando a muchas asociaciones a solicitar la puesta en marcha de la alerta de violencia de género.

Periódico La Jornada

La colección permanente del MUNAL


Maria Teresa Priego 

El cielo azul, una mujer vestida con una túnica blanca que deja sus senos –casi– al descubierto, escucha el mar. Lo escucha atentísima con su oreja pegada a un caracol, como quien espera una revelación. La pintó Gabriel Fernández Ledezma en 1936. “El mar” es la imagen de portada en la invitación a la exposición: “XX en el XXI. Colección del Museo Nacional de Arte” que inauguró el jueves pasado Carmen Gaitán Rojo, directora del MUNAL. La nueva exhibición permanente de arte mexicano con sus cinco divisiones temáticas: 1) Despertar de la modernidad, 2) Arte y revolución, 3) Vanguardia y reconstrucción nacional, 4) Reinvención de dos géneros: retrato y naturaleza muerta, 5) Hitos de la Escuela Mexicana de Pintura. 172 obras pertenecientes casi todas ellas al acervo del museo. Una delicia.
La galerista María Luisa Asúnsolo desciende las escaleras –bella y fantasmal– como un sueño en ocre, pintada por David Alfaro Siqueiros. Un personaje fascinante. La misma María pintada por Siqueiros cuando era niña: rizos y moños blancos. María niña (de nuevo) por Jesús Guerrero Galván. Volcanes silenciosos, volcanes en llamas, la presencia del Dr. Atl. “Adán y Eva” de María izquierdo. Un barquito (escultura) más que encantador de José Horna y Leonora Carrington. Las marionetas de Lola Cueto. Salvador Novo desde la mirada de Manuel Rodríguez Lozano. “Hombre con sombrero y niño” de Roberto Montenegro. El “amarillo colonial” de una mampara. Qué gran trabajo de curaduría.
“Esta exposición lo que tiene de especial es que muestra, desde el siglo XIX, quienes fueron esos artistas que tejieron una plataforma para dar nacimiento a lo que va a ser el momento de oro del arte mexicano. Todos aquellos artistas como el Dr. Atl que tuvieron como antecedente, por supuesto, a Clausell y fueron la simiente para las nuevas formas: Díaz Maugard, Diego Rivera, José Clemente Orozco. Las mujeres importantísimas como Rosario Cabrera, Lola Cueto, personajes fundamentales para la alfabetización de este país cuando se inicia este movimiento a través de la Secretaría de Educación, con Vasconcelos a la cabeza”, explicó Carmen Gaitán Rojo, en entrevista con la agencia Notimex.
Adolfo Best Maugard, (largo, larguísimo y con fondo de avioncitos) pintado por él mismo. Best con su abrigo negro, su bigote impecable, pintado por Diego Rivera. La mujer con su mantilla de Saturnino Herrán. Carmen Gaitán declaró que la exposición será permanente, se cambiarán con el tiempo algunas piezas: “para dar rotación y permitir que salgan otras de las estrellas que se encuentran en este momento en las bodegas. La idea es también la pluralidad, la riqueza. Esta no es una cultura estática, es una cultura que sigue dando grandes artistas. Estos que vemos hoy son, digamos, los bisabuelos de los hoy contemporáneos”.
Al final de la exposición, el maravilloso mural: “Río Juchitán” de Diego Rivera, hasta muy recientemente pieza de una colección privada y ahora (desde 2015) parte del acervo del Instituto Nacional de Bellas Artes. La última parte de la exposición es un homenaje a “los tres grandes” del muralismo mexicano: Rivera, Orozco, Siqueiros. Allí está, por supuesto, el “autorretrato” de Siqueiros con el brazo extendido y el puño entreabierto. Una sale de la exposición con los ojos llenos de colores y de luces. Sale hacia la noche en esa plaza magnífica: la de El Caballito recuperado. Sale y la plaza la ocupa (con su paso etéreo, ligero) la María Asúnsolo de David Alfaro Siqueiros. Y un barquito de madera pintado como en un sueño. Un barquito de vela.

AMLO debe castigar a militares que torturaron sexualmente a hermanas tzeltales


Gobierno sigue sin reconocer que fueron víctimas en retén militar
   


Antes de llegar a la Presidencia de la República, Andrés Manuel López Obrador se pronunció a favor de sancionar a los militares que violaran Derechos Humanos, pero una vez en el poder su equipo de gobierno ni siquiera ha respondido a la exigencia de justicia de tres indígenas tzeltales víctimas de tortura sexual cometida por soldados en 1994.
El hecho de que la agresión a las hermanas Ana, Beatriz y Celia González Pérez haya ocurrido hace 25 años no significa que deba ser un caso que permanezca en la impunidad, afirmó en entrevista la abogada de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), Anahí Ruelas. 
Ruelas, quien actualmente es una de las representantes legales de las hermanas González, explicó a Cimacnoticias que este caso es relevante porque el testimonio de las indígenas, originarias del estado de Chiapas, fue una de las primeras denuncias documentadas sobre violación sexual cometida por elementos de las fuerzas armadas.
Aun cuando las tres indígenas decidieron denunciar y lograron que en 1996 su petición de justicia llegara a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Washington, la abogada describe que hasta hoy el gobierno mexicano no ha reconocido que ellas fueron víctimas en un retén militar y sus agresores no han sido investigados ni están en prisión.
En estos años sólo hubo dos avances relevantes, menciona: hace casi una década, en 2010, el entonces gobernador de Chiapas, Juan Sabines, anunció públicamente que daría una indemnización de 500 mil pesos a cada una de las hermanas González, y a su madre, Delia Gonzáles de Pérez, monto que, refirió Ruelas, no fue una reparación integral.
Más tarde, en 2016, el avance fue que el expediente de la investigación por el delito de tortura sexual fue remitido de la Procuraduría Militar a la Procuraduría General de la República, hoy Fiscalía General, donde no hay avances a pesar que las abogadas de las indígenas afirman que hay por lo menos 12 personas identificadas que participaron en los hechos, tres de ellas mandos que pudieron ordenar o permitir las vejaciones.
La tarde de los hechos las indígenas iban a su casa después de ir a un poblado vecino a vender productos agrícolas. En su camino pasaron por un retén militar en el municipio chiapaneco de Altamirano. Allí, Ana de 20 años de edad, Beatriz de 18 años, Celia de 16 años y su madre Delia Pérez fueron interceptadas por militares.
Con el pretexto de interrogarlas y saber si pertenecían al Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), que el 1 de enero de 1994 se levantó en armas, los soldados las mantuvieron privadas de su libertad durante dos horas. En ese tiempo las tres hermanas fueron separadas de su madre, golpeadas y violadas en reiteradas ocasiones.
La abogada Anahí Ruelas explica que este caso muestra que las violaciones a Derechos Humanos cometidas por militares no comenzaron durante el sexenio de Felipe Calderón (2006-2012), cuando se implementó la estrategia de combatir el crimen organizado con el despliegue de las fuerzas armadas. 
Para ella, los casos se incrementaron en este periodo, pero la violencia contra las mujeres cometida por militares tiene un recorrido histórico como ejemplifica la historia de las hermanas González, ocurrida en 1994, en un contexto de conflicto armado. Este factor histórico, afirma la litigante, no lo contempla la administración de López Obrador. 
Ruelas menciona que revisar el contexto en que ocurre una violación a Derechos Humanos y analizar los factores políticos y sociales de la época ayuda a identificar patrones, por ejemplo: entender cómo se realizaban los operativos militares, a quiénes se detenía y qué pasaba con estas personas.
El actual gobierno no está reconociendo los hechos del pasado, dice. En 2017, cuando el Congreso de la Unión debatía la aprobación de la Ley de Seguridad Interior, que implicaba que los militares realizaran labores de seguridad interna, el entonces candidato a la Presidencia, López Obrador, criticó el actuar del Ejército mexicano; pero ahora no ha tomado acciones en esta denuncia que implica a miembros de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
Como muestra, la abogada señaló que el pasado 7 de mayo se realizó una reunión entre el Estado mexicano y representantes legales de las indígenas tzeltales. En ese encuentro, que se realizó en Jamaica, las indígenas propusieron, por medio de videoconferencia, un acto de disculpa pública donde participe un representante de la Sedena, algo que aún no se concreta.
En la reunión de revisión del cumplimiento del Informe de Fondo 53/01 en el caso 11.565 (de las hermanas González), publicado en 2001 por la CIDH, se acordó revisar las peticiones de las indígenas, quienes aún están a la espera de un nuevo encuentro con autoridades de gobierno, ahora en la Ciudad de México.
En el informe publicado por la CIDH, el organismo internacional recomendó al Estado mexicano realizar una investigación seria, imparcial y exhaustiva para determinar la responsabilidad penal de todos los autores de las violaciones cometidas y, en su caso, aplicar las sanciones y reparar adecuadamente a Ana, Beatriz y Celia González Pérez.
En tanto, la investigación sigue en la Fiscalía General de la República y sin ninguna orden de aprehensión para detener a las 12 personas involucradas y plenamente identificados desde hace 25 años. Por su parte, la representación legal de las hermanas trata de incidir para que no se soliciten más peritajes que las revictimicen toda vez que, aseguran, hay suficientes pruebas en el caso.
Ante la militarización y la creación de la Guardia Nacional, un cuerpo militarizado que se encarga de las labores de seguridad en todo el país, es importante que se reconozcan y se atiendan hechos del pasado como este caso de tortura sexual, aseguró la abogada.

CIMACFoto: César Martínez López
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 

Aumentó el número de mujeres presas por narcotráfico



La imagen creada de las mujeres involucradas en delitos relacionados con drogas, que es estilo La Reina del Sur, como líder de un cártel, está lejos de la realidad. Normalmente son detenidas por posesión con fines de comercio o transporte, “mal llamadas mulas, que están abajo de la pirámide criminal”, señalaron representantes de la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA) y Equis Justicia para las Mujeres.
Isabel Erreguerena, coordinadora de políticas públicas de Equis Justicia para las Mujeres, expuso que según un estudio realizado por la investigadora Catalina Pérez Correa, en seis centros penitenciarios, 90 por ciento de las mujeres detenidas por esos delitos lo hicieron sin violencia, no tenían ningún arma, mientras 85 por ciento no contaba con antecedentes penales.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad, 70 por ciento de las mujeres en esta condición solamente tienen educación básica, mientras datos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos muestran que 90 por ciento son madres o tienen dependientes económicos que incluye a personas con discapacidad o de la tercera edad.
Coletta Youngers, asesora principal de WOLA, expuso que en América Latina y Asia la tasa de encarcelamiento de mujeres por delitos relacionados con drogas está aumentando a un ritmo alarmante. Indicó que en el caso de México ellas han sido una de las víctimas principales de la llamada guerra contra las drogas.
Erreguerena destacó que cifras de 2018 del censo de población penitenciaria arrojan que en el fuero federal 43 por ciento de mujeres están presas por delitos relacionados con la salud, y de 2016 a 2018 se incrementaron en 103 por ciento los ingresos de ellas por estas faltas, casi el doble más que los hombres.
Ambas organizaciones lanzarán mañana la campaña #LiberarlasEsJusticia. Youngers explicó que el fondo de esta iniciativa es intentar cambiar la percepción errónea que se tiene sobre las mujeres encarceladas por delitos relacionados con drogas.
Erreguerena destacó que uno de los objetivos es que se busquen mecanismos para subsanar los derechos de todas las mujeres que fueron privadas de la libertad por esta política de drogas que ya se reconoció que fue injusta y no funcionó. Algunas de las propuestas son el indulto, amnistía o a través de reformas legislativas que logren reducir las penas, además de que también se requieren políticas de reinserción social.

Periódico La Jornada

Polémica en Corte de Gran Bretaña por caso de mujer con discapacidad mental embarazada


   Debaten si debe concluir o no su embarazo
   

Dos decisiones de tribunales en Gran Bretaña han inspirado el debate sobre los derechos reproductivos de personas con discapacidad en los últimos días. El viernes pasado, una jueza en Londres falló que el Sistema de Seguro Social del país debe terminar el embarazo de una mujer con discapacidad mental, en contra de su voluntad.
Pero la madre de la joven reclamó ante una Corte de Apelación, y dos jueces y una jueza le dieron la razón en una decisión de emergencia tomada el lunes pasado, lo que significa que la mujer puede continuar su embarazo.
Según las pruebas presentadas en la corte, ella tiene alrededor de 20 años de edad, 22 semanas de gestación, y la capacidad mental de “una niña de entre 6 y 9 años de edad”. Tanto ella como su madre, con quien vive y quien ha ofrecido cuidar a la o el bebé una vez que nazca, están en contra del aborto. Esta decisión fue apoyada por una trabajadora social.
Pero la mujer embarazada está bajo el cuidado de una fundación del Sistema de Seguro Social británico (NHS), la cual pidió el permiso de la Corte para terminar el embarazo. Tres especialistas obstétricas y psiquiátricas testificaron que una interrupción sería “la mejor opción”, porque una continuación del embarazo presentaría “un riesgo para la salud mental” de la mujer.
Según la Ley de Aborto de Gran Bretaña, una Interrupción Legal de Embarazo (ILE) es posible hasta la semana 24 de gestación. El viernes pasado, la jueza Nathalie Lieven, de una corte especial que trata casos de personas que carecen de la capacidad de decidir por sí mismas, falló que la joven debe acceder a un aborto.
La jueza Lieven dijo estar “muy consciente del hecho de que si el Estado ordena a una mujer la terminación de un embarazo aún cuando ella no lo desee, es una inmensa intrusión”, pero que tenía que actuar “en el mejor interés de la mujer” y no según el punto de vista que la sociedad pueda tener sobre la ILE.
Argumentó que no estaba segura que la mujer entendiera lo que significa tener un bebé: "Creo que le gustaría tener un bebé de la misma manera que le gustaría tener una linda muñeca.”
La joven sufriría más si diera a luz y que la o el bebé fuera dado en adopción, dijo Lieven. El trauma para ella sería mayor que una ILE, “porque en este caso, ya sería un bebé real”. Al mismo tiempo consideró que la madre de la mujer con discapacidad podría volver a su país de origen en el futuro.
El abogado de la mujer, John McKendrick, criticó el punto de vista de la jueza como “erróneo”: “Está claro que hay una mujer joven que quiere tener un bebé”, dijo. El padre del feto y las circunstancias de la concepción son desconocidos, se reportó en el proceso, aunque según medios ingleses, la policía todavía está investigando el caso.
La familia en su deseo de continuar con el embarazo fue coadyuvada por la Iglesia católica. “Forzar a una mujer a abortar contra su voluntad y la de su familia cercana, infringe sus Derechos Humanos, por no mencionar el derecho de su hijo no nacido”, dijo el obispo de Westminster, John Sherrington.
"En una sociedad libre como la nuestra hay un delicado equilibrio entre los derechos del individuo y los poderes del Estado", agregó. Varios grupos Provida reportaron el caso, que también fue retomado por muchos medios.
Finalmente, el lunes pasado los jueces Richard McCombe, Peter Jackson y la jueza Eleanor King, decidieron revocar la sentencia del Primer Tribunal. Todavía falta que presenten una justificación escrita, lo que puede tardar, pero el abogado McKendrick adelantó que la y los jueces consideraron que terminar el embarazo no estaría “en el mejor interés” de la mujer, por lo tanto, puede continuarlo.
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Sonia Gerth
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 

Mujeres argentinas, entre la precarización y la omisión estatal


Doble cruz
Brecha

Cien mil mujeres al año no podrán acceder a la jubilación si el gobierno argentino no extiende la vigencia de una ley que permite regularizar la falta de aportes. La situación tiene como marco un creciente proceso de feminización de la pobreza en Argentina.
Con 60 años cumplidos, lo primero que hizo Beatriz Villegas fue ir a la sede de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) más cercana a su barrio en Monte Grande, en la provincia de Buenos Aires. Iba con la ilusión de poder tramitar la jubilación por moratoria, aquella que regula la ley 24.476, que permitió que 1.796.439 mujeres se jubilaran hasta el año 2016 sin haber llegado a los 30 años de aportes. Una normativa que reconoció el trabajo doméstico y de cuidados que hacen, mayoritariamente, las mujeres y a la vez les dio la posibilidad de jubilarse a quienes sus patrones mantenían en la irregularidad. Sin embargo, Beatriz se encontró con una negativa. Arbitrariamente le dijeron que no, que tenía que esperar a los 65 para obtener una pensión. Su ilusión se hizo un bollito de papel. Su hija, para ayudarla, consultó con dos abogadas previsionales, pero tampoco le dieron una solución ni una alternativa. Beatriz, que trabajó como empleada doméstica y cuidadora de ancianos, hace dos años terminó una relación de más de tres décadas y pudo salir del círculo de violencia en el que estaba inmersa. Desde el año pasado, cuando le negaron la posibilidad de jubilarse, busca trabajo, pero no encuentra. Consiguió evadir el maltrato en el interior del hogar, pero no logra la autonomía económica fundamental para vivir una vida libre de violencias.
La historia de Beatriz es sólo una entre tantas que se replican en el marco de un proceso de feminización de la pobreza y que reflejan los números de desocupación, los promedios de brecha salarial y otras estadísticas, pero también las decisiones y las omisiones gubernamentales: el próximo 23 de julio vence el plazo para que las personas que tengan entre 60 y 64 años y menos de 30 años de aportes puedan jubilarse. Por ahora, la gestión actual no propuso una prórroga.
Relaciones
“Ni una jubilada menos”, dice el cartel que levanta una chica joven en el medio de la marcha del 3 de junio por Ni Una Menos. La convocatoria, impulsada para exigir un freno a los femicidios, pone de manifiesto la relación que existe entre las violencias femicidas, que en 2018 terminaron con las vidas de 278 niñas, adolescentes, mujeres, lesbianas, travestis, y las violencias económicas, que precarizan las vidas de quienes sobreviven al femicidio. Desde que asumió Mauricio Macri en Argentina, cada convocatoria feminista se plantó como oposición a la propuesta de ese gobierno y fue sumando demandas que expresan esas urgencias. Este año el reclamo por la moratoria estuvo presente en el documento que se leyó en la Plaza de Mayo.
El 86 por ciento de las personas que accedieron a la última moratoria previsional fueron mujeres. Amas de casa, empleadas domésticas, trabajadoras en su mayoría precarizadas que no superaban los ocho a diez años de aportes. La diputada del Frente para la Victoria, Luana Volnovich, que propuso en el Congreso el Plan de Inclusión Previsional Argentino –que postula una prórroga de cinco años–, plantea que 100 mil mujeres al año se quedarán sin su jubilación si no se revierte el plazo de caducidad. En la actualidad, en Argentina hay 2,5 millones de mujeres que son amas de casa. Según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), hay un 34 por ciento de trabajadores no registrados o registradas. Pero si se observa este número con la lupa de género, las tasas de la informalidad son más altas para ellas: el 31 por ciento son varones y el 37 por ciento son mujeres. Las cifras que aporta Volnovich son alarmantes: sólo el 14 por ciento de las mujeres logra jubilarse en tiempo y forma.
Antes de que llegue el plazo estipulado, son cada vez más las historias de quienes, como Beatriz, se encuentran con obstáculos, cuando tienen derecho a jubilarse antes de la fecha que dice la ley. La única alternativa que el gobierno les ofrece es la Pensión Universal de Adultos Mayores (Puam), que tiene un monto que representa el 80 por ciento de la jubilación mínima, y para acceder a ella la persona tiene que haber cumplido 65 años.
“La ley de moratoria buscó atender el déficit de cobertura del sistema previsional y abrió una ventana para las personas que no tuvieran los registros contributivos suficientes. Esa ventana benefició a las mujeres que históricamente han tenido trayectorias laborales más débiles. La alternativa que se propone es la Puam, que cambia el paradigma y exige cierta vulnerabilidad económica: carencia de ingreso y falta de propiedades”, dijo a Brecha la economista feminista Corina Rodríguez Enríquez, investigadora del Conicet y del Centro Interdisciplinario para el Estudio de Políticas Públicas. “Estamos ante un escenario de profundización de la exclusión, con un claro componente de género. Las mujeres, otra vez, llevamos las de perder.” Rodríguez Enríquez apuesta a que la demanda que se cristaliza en las redes con el hashtag #NiUnaJubiladaMenos pueda trasladarse a la discusión de políticas públicas que repiensen el sistema previsional.
La crisis económica y el ajuste tienen un fuerte impacto de género desde donde se los observe y analice. Si se mira a quienes tienen trabajo y un salario promedio, los números señalan que en estos años se profundizó la brecha salarial, según el informe de Evolución de la distribución del ingreso. Cuarto trimestre de 2018 del Indec, los hombres ganan hoy 30 por ciento más que las mujeres. El mismo reporte pero del primer trimestre del año anterior señalaba que la brecha era del 26,2 por ciento. Antes, el ingreso promedio de una mujer era de 13.353 pesos argentinos, mientras que el de los hombres llegaba a los 18.096. De acuerdo con estas cifras oficiales seis meses después, ellas pasaron a ganar 15.241 pesos argentinos, mientras que ellos, 21.792.
Y si la lupa se pone sobre quienes ganan más y quienes ganan menos, la brecha se vuelve un abismo. El 20 por ciento de las mujeres ganan menos de 6 mil pesos, en tanto que sólo el 10 por ciento de los hombres gana eso. En la otra punta, donde se ubican quienes tienen mayores ingresos, ellas representan el 10,5 por ciento, mientras que ellos, el 21,5. Hace seis meses, ellos eran 19,7 por ciento.
En 2018 la tasa de desempleo en Argentina cerró en 9,1 por ciento, pero para las mujeres no bajó de los dos dígitos durante todo el año pasado. La última medición habla de una tasa de 10,2 por ciento. El grupo poblacional más afectado por la falta de empleo son las jóvenes de entre 14 y 29 años, que duplican ese número: 21,4 por ciento.
En ese marco, hay un dato que llama la atención: entre finales de 2016 y finales de 2018, la participación laboral femenina aumentó más de 3 puntos porcentuales, mientras que la de ellos se mantuvo. Las especialistas en la temática aseguran que quienes se ocupaban en el interior de sus hogares de las tareas domésticas y de cuidados salieron a buscar trabajo afuera como una forma de compensar la caída de los ingresos familiares. Este ingreso al mundo laboral de las mujeres fue también una entrada a la precariedad. La mayoría consiguió empleos informales o trabajos por cuenta propia. Es decir: ingresaron al mercado, pero sin cargas sociales.
Un informe del programa de Capacitación y Estudios sobre Trabajo y Desarrollo de la Universidad de San Martín señala que los niveles de informalidad aumentaron tres puntos porcentuales entre las mujeres para alcanzar el 37 por ciento, mientras que la tasa de empleo no registrado se mantuvo inalterada entre los varones.
Mientras se discute sobre candidatos y candidatas, en un año electoral, las demandas de los feminismos en Argentina colman las calles con manifestaciones y dejan claro que el ajuste, los tarifazos y la crisis económica golpean con más fuerza a quienes se ven históricamente afectadas por la desigualdad estructural. A su vez, la multitudinaria marcha por Ni Una Menos, la quinta que se repite en esta fecha, muestra que, ante la feminización de la pobreza, las resistencias también se feminizan.