2/15/2011

Insuficiente, aumento de sanciones por acoso sexual


Obligación de que haya testigos es una limitante: RMS


Por Guadalupe Cruz Jaimes

México, DF, 14 feb 11 (CIMAC).- De “poco” sirve que se modifique el Código Penal federal para aumentar la pena de prisión para quienes cometan hostigamiento sexual, si la sanción sólo procede cuando la agresión es reiterada y si las víctimas tienen testigos del delito.

Lo anterior lo informó en entrevista Rosario Ortiz Magallón, de la Red de Mujeres Sindicalistas (RMS), cuestionada acerca de la reforma recién aprobada por la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, que incrementa de tres a cuatro años y medio la pena de prisión por el delito de hostigamiento sexual.

La ex legisladora del Partido de la Revolución Democrática (PRD) dijo que es positivo el aumento en la sanción pero “de poco sirve” si el Código Penal Federal plantea que para castigar la agresión es necesario que sea reiterada y que las víctimas tengan testigos que prueben este delito.

Estos requisitos obstaculizan el acceso a la justicia de cientos de miles de mujeres que son hostigadas en el ámbito laboral, escolar, entre otros.

Según un informe de la Comisión de Justicia, cada año se registran 26 mil casos de hostigamiento sexual en 258 dependencias gubernamentales, de las cuales sólo se denuncian 7 mil.

De acuerdo con la RMS, 9 de cada 10 personas hostigadas sexualmente son mujeres, la mayoría de los casos quedan impunes, debido a la dificultad que enfrentan para probar que fueron víctimas.

A decir de la sindicalista, las mujeres que sufren hostigamiento sexual no requieren que ésta sea reiterada para que sean perjudicadas, “una sola agresión es suficiente para que el hecho se sancione. ¿Por qué esperar a que el daño físico y emocional sea mayor?”, cuestionó.

Actualmente, el Código Penal federal establece que “al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación, se le impondrá sanción hasta de cuarenta días multa”.

Ortiz Magallón agregó que otra dificultad es conseguir que los testigos —en caso de que los haya— quieran involucrarse en el proceso penal y cuando están dispuestos “muchas veces se retractan porque reciben amenazas del agresor, que suele ser un superior”.

“Ni el Partido Revolucionario Institucional (PRI), ni el Partido Acción Nacional (PAN) han establecido mecanismos que faciliten el castigo, por lo que las reformas quedan diluidas si no se aplica la sanción”, concluyó la sindicalista.

En un comunicado, el diputado del PRI Josué Valdés Huezo anunció ayer que la Comisión de Justicia de San Lázaro aprobó una reforma al Código Penal Federal que aumenta de 3 a 4 años y medio la pena en prisión para quien cometa hostigamiento sexual.

La modificación también incluye un incremento a la multa de 120 a 240 días de salario mínimo, para quien “aproveche su posición jerárquica laboral, docente, doméstica o cualquiera otra que implique subordinación para acosar y hostigar sexualmente”.

Cuando el hostigador sea un servidor público y utilice los medios o circunstancias que su cargo le proporcione, será destituido o inhabilitado “por el mismo término de la pena de prisión”.

Las sanciones aumentarán en una mitad cuando el delito se cometa en contra de una menor de edad o en una persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hostigamiento.

El legislador refirió que confía en que esta semana la reforma al Código Penal Federal se apruebe en el pleno de la Cámara baja, a fin de abatir el “grave problema” que también afecta a las trabajadoras del hogar, empleadas de empresas privadas y estudiantes.


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