Cárcel sin sentencia
Abuso de autoridad sobre todo en contra de indígenas
En 2007, 42.8% de los presos no estaban sentenciados
La medida se aplica de forma exagerada para atenuar el descontento popular por la inseguridad, señala académico
Con el Código Nacional de Procedimientos Penales se buscará que la
prisión preventiva se aplique sólo en casos de delitos graves.
Fotografía captada en el Reclusorio Preventivo Varonil Norte. Imagen de
archivoFoto Roberto García Ortiz
Protesta para exigir la liberación de detenidos durante las movilizaciones de la APPO, a mediados de 2006 en
OaxacaFoto Ezequiel Leyva
Fernando Camacho Servín
Periódico La Jornada
Lunes 2 de junio de 2014, p. 2
Cuenta la leyenda popular que una de las frases célebres de Pancho Villa era “primero fusilo y después viriguo”.
Con esa lógica, el sistema judicial mexicano suele primero detener y
encarcelar al sospechoso de haber cometido un delito y luego darse a la
tarea de definir con toda calma si es o no culpable, aunque ese trabajo
le lleve años.
Así ocurrió a Zenaida Pastrana de la Cruz, indígena mixteca que fue
acusada por el asesinato de un hombre y recluida durante nueve años y
medio bajo la figura de la prisión preventiva, es decir, sin haber
recibido sentencia.
Originaria de la comunidad de Potoichán, en la región de la Montaña
alta de Guerrero, Zenaida llegó a su casa un día de 2004, donde
encontró en estado de ebriedad a su marido y a un supuesto amigo de él.
Luego de salir a comprar unos refrescos a petición de su pareja, la
mujer volvió a su domicilio y fue a ver a sus animales. Cuando momentos
después entró de nuevo en su casa, vio al desconocido en el suelo, con
una grave herida en la cabeza, y su marido ya no estaba en el lugar.
Cuando fue trasladada ante el Ministerio Público de Tlapa de
Comonfort, fue sometida a amenazas y obligada a firmar un documento en
español donde admitía haber matado al hombre, lo que se sanciona con 30
años de cárcel.
Al hacerse cargo del tema, la organización Asistencia Legal por los
Derechos Humanos (Asilegal) descubrió que las autoridades judiciales
armaron un expediente falso donde se afirmaba que Zenaida estaba ese
día en compañía de sus hijas –cuando ella no tiene ninguna hija– y le
impusieron la
ayudade un intérprete que no hablaba la misma variante lingüística que ella.
Finalmente, tras una serie de apelaciones, la mujer recuperó la
libertad el 5 de febrero de 2013, luego de pasar nueve años y seis
meses en la cárcel pese a no haber recibido nunca una sentencia
definitiva sobre su caso. Casi una década en el proceso de viriguar.
Indígenas, en mayor vulnerabilidad
Aunque el abuso de la prisión preventiva es un recurso
del cual pueden ser víctimas personas de cualquier sector, en el caso
de los indígenas el fenómeno tiene características singulares por la
vulnerabilidad de dicha población, advirtió Luis Jorge de la Peña,
coordinador del área de investigación y análisis de Asilegal.
En las entidades donde los pueblos originarios son numerosos, manifestó el activista en charla con La Jornada,
los encarcelamientos sin sentencia están por arriba del promedio
nacional: más de 50 por ciento en el caso de Guerrero y casi 60 por
ciento en Oaxaca, según estudios de la organización el año pasado.
Aunque no hay estadísticas claras sobre el tema, indicó el analista,
muchos de los indígenas presos en México –8 mil 486 en total, de
acuerdo con cifras recientes de la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos– estarían recluidos en prisión preventiva por cometer delitos
no graves, relacionados con la falta de oportunidades de desarrollo
económico o motivados por engaños o coerción.
De igual forma, estimó De la Peña, hay gran cantidad de detenidos
por conflictos intercomunitarios que se desahogan en un esquema legal
ajeno e incluso hostila los pueblos indios, que desconoce ciertos aspectos culturales específicos, pero también por el uso de la justicia para fines de
venganza personal, impulsados por gente que soborna a los jueces para encarcelar a sus enemigos.
A todo lo anterior se suma el hecho de que con frecuencia los
indígenas no tienen recursos económicos para costearse un abogado
particular y pagar fianzas para seguir su proceso en libertad, o no se
les proporciona un intérprete que hable su idioma o la variante
regional del mismo.
Ello, dijo, propicia el encarcelamiento de personas inocentes, como
en el caso del indígena me’phaa Pedro Gatica Estrada, quien pasó 11
años y 10 meses preso sin sentencia, acusado injustamente de asesinato,
antes de ser absuelto en 2011; o el de Marcial Zúñiga Bermúdez, mixteco
que permaneció recluido 10 años por el cargo de homicidio; durante ocho
años y medio permaneció sin sentencia definitiva.
En el Reclusorio NorteFoto Roberto García Ortiz
Medida
excesiva e irracional
Aunque los artículos 18 y 19 de la Constitución facultan
a las autoridades a ordenar la prisión preventiva como medida cautelar
para proteger a la víctima, impedir la evasión del acusado y evitar que
éste cometa nuevos delitos o interfiera en el juicio en su contra,
dicha medida se aplica de forma
excesiva e irracional, según Guillermo Zepeda Lecuona, académico del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente.
En un análisis publicado en 2007 por la Universidad Nacional
Autónoma de México (UNAM), el especialista señala que de las 210 mil
personas privadas de su libertad en ese entonces en el país, al menos
90 mil (42.8 por ciento) estaban recluidas sin sentencia, lo cual
satura las cárceles de gente cuya responsabilidad penal no se ha
logrado determinar con claridad.
De acuerdo con Zepeda, una de las razones por las cuales se ordena
la prisión preventiva de forma exagerada es que buena parte de los
legisladores y políticos han aumentado el catálogo de delitos que
supuestamente ameritan este castigo como forma de desalentar a los
potenciales delincuentes, pero también para atenuar el descontento
ciudadano por la inseguridad.
Además, las policías y los jueces toman como criterio de eficiencia
el número de detenciones y consignaciones –sin importar la forma en que
éstas fueron realizadas–, dando lugar a miles de expedientes que tardan
años en resolverse debido a la enorme carga de trabajo en los juzgados.
Todo lo anterior obliga al gobierno a gastar un promedio de 130
pesos diarios por cada uno de los 246 mil presos que hay en México
(según datos de la Secretaría de Gobernación, actualizados a diciembre
de 2013), lo que arroja un total de casi 32 millones de pesos al día y
11 mil 680 millones anuales.
Esa cantidad de dinero, indica Zepeda, equivale a más del 30 por
ciento del presupuesto total de las entidades federativas para asuntos
de seguridad, y podría dedicarse a la profesionalización de la policía
o a la prevención e investigación de los delitos de mayor impacto, como
secuestros, homicidios y violaciones.
En opinión del abogado Juan Sandoval González, quien tiene 15 años
de experiencia como defensor público en el Consejo de la Judicatura
Federal, la prisión preventiva se ha convertido en una herramienta que
perjudica sobre todo a los más pobres, quienes no pueden depositar el
monto de la fianza para seguir su proceso en libertad y, por tanto,
deben pasar meses o hasta años en la cárcel, incluso por delitos no
graves.
Para terminar con estos abusos, consideró por su parte Roberto Ochoa
Romero, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la
UNAM, una posible vía de salida es la correcta aplicación del nuevo
Código Nacional de Procedimientos Penales, aprobado hace unos días en
la Cámara de Diputados.
Mediante esa norma, explicó, se buscará que la prisión preventiva se
aplique sólo en casos de delitos graves o violentos, como secuestro,
homicidio o trata de personas –fijando criterios de oportunidad para
filtrar casos de menor importancia– y limitando este recurso a un
máximo de un año de duración.
Otra vía, agregó De la Peña, de Asilegal, sería fortalecer los
sistemas tradicionales de justicia de los pueblos indios, para resolver
conflictos dentro de la comunidad, reconociendo el contexto cultural de
cada grupo o región y optando por la conciliación y no por el
encarcelamiento.
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