5/11/2024

Sociedad Europea de Psiquiatría Infantil y Adolescente reclama "no promover tratamientos experimentales con efectos psicosociales no probados"

 tribunafeminista.org

Redacción Tribuna

Declaración de la European Society of Child and Adolescent Psychiatry sobre la atención a menores y adolescentes con disforia de género: una necesidad urgente de salvaguardar los estándares clínicos, científicos y éticos

https://link.springer.com/epdf/10.1007/s00787-024-02440-8?sharing_token=ERjNJOHSy4YhqGvWoQ1ipve4RwlQNchNByi7wbcMAY4C72yZjIv0u-RHIPy5vJO4vtqh3xa9D5_dq1-s5bgSPJBBnEKujp5A863TwFoUaTi4thoQjUA5kDlciSbSy2wwfkhB8BqJDpUhjFEj1xHWxIM_l5EepHv5RJdeXRm2lzk%3D

*Resumen elaborado por SEGM (Society for Evidence-Based Gender Medicine) en X: https://x.com/segm_ebm/status/1784980513385787528

La Sociedad Europea de Psiquiatría Infantil y Adolescente (ESCAP, por sus siglas en inglés)) publicó una declaración de directrices sobre la disforia de género en menores y adolescentes, pidiendo a los proveedores de atención médica «no promover tratamientos experimentales e innecesariamente invasivos con efectos psicosociales no probados y, por lo tanto, adherirse a las Principio «primum-nil-nocere» (primero, no hacer daño).

La ESCAP señaló la «poca confiabilidad e inestabilidad de un diagnóstico de disforia de género en un menor específico a lo largo del tiempo» y los «posibles efectos de las decisiones de bloquear la pubertad o evitar la transición médica en el desarrollo psicosocial de un menor».

La ESCAP admitió la posibilidad de que algunos menores pudieran beneficiarse de la reasignación de género, pero reconoció la actual falta de investigaciones de calidad para determinar la relación riesgo-beneficio.

Proporcionó varias recomendaciones clave que se centran en generar investigación de calidad en el área del manejo de la disforia de género en jóvenes, con un llamamiento a diferenciar entre prácticas experimentales y tratamientos médicos establecidos.

La ESCAP también insistió en que «los resultados de las investigaciones se publican únicamente sobre la base de criterios de calidad y no en función de sus conclusiones», lo que sugiere que es consciente del importante sesgo de publicaciones actuales, por el cual los estudios que informan resultados de transición favorables se publican de forma rutinaria incluso si son profunda y metodológicamente defectuosos.

La ESCAP recuerda a todo el mundo los principios éticos básicos, ubicándolos en el contexto de los tratamientos para la disforia de género en los jóvenes:

  1. El principio de no maleficencia: no utilizar fuera del entorno de investigación ninguna intervención experimental con efectos potencialmente irreversibles o intervenciones con consecuencias desconocidas a largo plazo; no adoptar nuevas prácticas prematuramente sin pruebas suficientes; No continuar con prácticas obsoletas que podrían no ser lo mejor para el paciente.
  2. El principio de beneficencia: adoptar intervenciones médicas con una relación beneficio-daño favorable; considerar la relación beneficios-daños de no proporcionar intervenciones médicas; garantizar un diagnóstico y tratamiento adecuados de los trastornos psiquiátricos coexistentes; Garantizar una evaluación diagnóstica integral de la disforia de género en lugar de confiar únicamente en la autoevaluación de menores y adolescentes.
  3. El principio de autonomía: involucrar a las y los menores en los procesos de toma de decisiones sobre su cuidado de manera adecuada a su edad y desarrollo, evaluando su capacidad de dar consentimiento; adoptar un proceso de consentimiento informado adecuado para decisiones posiblemente irreversibles y de por vida, asegurando que menores y adolescentes comprendan plenamente los riesgos potenciales, los beneficios y la naturaleza irreversible de los tratamientos; considerar los derechos de sus progenitores y tutores a dar su consentimiento a cualquier intervención importante o a la participación de sus hijos e hijas en investigaciones sobre tratamientos experimentales; considerar el derecho de sus progenitores y tutores a estar plenamente informados sobre el cuidado actual de sus hijos; ofrecer apoyo y recursos adecuados a quienes decidan realizar la detransición al sexo de nacimiento, y respetar su decisión de hacerlo.
  4. El principio de justicia: garantizar el acceso a información, evaluación y tratamiento confiables y actualizados para la disforia de género y durante la transición o detransición; adoptar medidas cautelares iguales para todos; y proteger los derechos de menores y jóvenes como grupo en una fase de desarrollo particularmente vulnerable.

Finalmente, la Sociedad Europea de Psiquiatría Infantil y Adolescente reafirmó la necesidad de un debate abierto, señalando que «el respeto por todo tipo de puntos de vista y actitudes diferentes es una parte esencial de un debate profesional abierto y continuo que deseamos estimular».


La publicación se encuentra en el enlace a continuación:

Drobnič Radobuljac, M., Grošelj, U., Kaltiala, R. et al. Declaración de la CESPAP sobre la atención a niños y adolescentes con disforia de género: una necesidad urgente para salvaguardar los estándares clínicos, científicos y éticos. Psiquiatría infantil y adolescente europea (2024). https://doi.org/10.1007/s00787

Actualmente se puede acceder gratuitamente en el siguiente enlace:

https://rdcu.be/dF6gh

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