Por donde se le vea la iniciativa de ley de telecomunicaciones y radiodifusión contiene en su mayor parte fallas que ponen en riesgo los derechos informativos reconocidos en la constitución y la posibilidad de contar con una competencia efectiva en el sector.
En mi anterior colaboración le comenté a grandes rasgos los derechos
vulnerados y las inconstitucionalidades de la propuesta presidencial,
que además también infringe estándares internacionales en materia de
libertad de expresión. Aquí le presento alguno de ellos:
1. Al limitar las facultades sustantivas del Instituto Federal de
Telecomunicaciones (IFT), diluye el gran avance que significó la
autonomía constitucional del órgano regulador, que suponía un modelo
innovador en América Latina y de cumplimiento al más alto estándar
internacional del Sistema Interamericano de derechos humanos que
establece: “[…]En particular es fundamental que los órganos de
regulación o fiscalización de los medios de comunicación sean
independientes del Poder Ejecutivo, se sometan completamente al debido
proceso y tengan un estricto control judicial”[1].
Suficientes ejemplos tenemos en nuestra historia de la injerencia
indebida del ejecutivo al administrar de manera discrecional y
arbitraria las frecuencias del espectro radioeléctrico que son un Bien
del Dominio de la Nación, por lo que ahora está en riesgo ese avance
histórico.
2. Por el aporte que significa a la pluralidad en cualquier sistema
de medios, organismos de derechos humanos han recomendado el
reconocimiento de los medios de uso social, comunitarios e indígenas, y
aunque el 6º constitucional por primera vez les da ese reconocimiento
de existencia, la propuesta de Peña Nieto impone criterios
discriminatorios dejándolos en una alta incertidumbre jurídica,
violando los mínimos estándares del Sistema Interamericano tanto en el
acceso a las frecuencias[2]
como en las condiciones para su desarrollo tal como lo establece la
Declaración Internacional sobre Diversidad en la Radiodifusión[3]:“La
radiodifusión comunitaria debe estar expresamente reconocida en la ley
como una forma diferenciada de medios de comunicación, debe
beneficiarse de procedimientos equitativos y sencillos para la
obtención de licencias, no debe tener que cumplir con requisitos
tecnológicos o de otra índole severos para la obtención de licencias,
debe beneficiarse de tarifas de concesionaria de licencia y debe tener
acceso a publicidad”.
Incluso para fortalecer a este tipo de medios y equilibrar las
asimetrías en la radiodifusión es que la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, como Naciones Unidas recomiendan a los Estados la
reserva de al menos un 30% del espectro para este tipo de medios.
3. En el mismo sentido los Relatores de Libertad de Expresión han
emitido recomendaciones sobre los medios públicos al determinar que “se
requieren medidas especiales para proteger y preservar los medios
públicos en el nuevo espacio radioeléctrico. El mandato de los medios
públicos debe estar claramente establecido por ley y debe incluir,
entre otros, el contribuir a la diversidad, la cual debe ir más allá de
ofrecer diferentes tipos de programación, dar voz a y satisfacer las
necesidades de información e intereses de todos los sectores de la
sociedad. Se deben explorar mecanismos innovadores para el
financiamiento de los medios públicos, de forma tal que éste sea
suficiente para permitirles cumplir con su mandado de servicio público,
que sea garantizado por adelantado para periodos de varios años y que
sea ajustado de acuerdo a la inflación”.
Al respecto la iniciativa del gobierno deja a este tipo de medios
sin independencia editorial y les limita las fuentes de financiamiento
obligando a su dependencia al presupuesto gubernamental.
4. En el paquete de iniciativas el Ejecutivo “olvidó” incluir la ley
reglamentaria del derecho de réplica, uno de los derechos básicos de
libertad de expresión y de las audiencias que la Constitución establece
y es reconocido por el artículo 14 de la Convención Americana de
Derechos Humanos (CADH).
5. Las disposiciones establecidas para poder bloquear el servicio de
internet y comunicaciones bajo supuestos vagos de “violar alguna
normatividad” o en “situaciones críticas de seguridad pública o
nacional”, van en contra del artículo 13 de la CADH al ser una
restricción desproporcionada e innecesaria para la consecución de sus
fines que pueden dar lugar a la censura previa. La Declaración Conjunta
sobre Libertad de Expresión e Internet de los Relatores de Libertad de
expresión en el mundo del año 2011 establece que: "La interrupción del
acceso a Internet, o a parte de este, aplicada a poblaciones enteras o
a determinados segmentos del público (cancelación de Internet) no puede
estar justificada en ningún caso, ni siquiera por razones de orden
público o seguridad nacional".
6. Sobre la intervención de llamadas telefónicas, la Suprema Corte
de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos
han determinado, que los datos de una comunicación deben ser
protegidos, por lo que su intercepción, almacenamiento, tratamiento y
acceso, debe contar con autorización y controles judiciales como lo
marcan los Principios Internacionales sobre la Aplicación de los
Derechos Humanos a la Vigilancia de las Comunicaciones.
Lo cierto es que la iniciativa ha causado un rechazo casi unánime,
algunos actores lo han hecho con energía, mientras otros aunque de
manera tibia y con exceso de cautela como el Instituto Federal de
Telecomunicaciones (IFT), también lo han hecho.
En las 16 observaciones planteadas por el IFT el pasado 4 de abril
a la Cámara de Senadores marcan sus desacuerdos, aunque enredan lo que
se propone en la iniciativa oficial y otras iniciativas en el Congreso
sin atreverse a enunciarlas por su nombre, como la Iniciativa Ciudadana
encabezada por la Asociación Mexicana de Derecho a la Información o la
del Partido de la Revolución Democrática.
Entre otros actores que recientemente se pronunciaron en contra de
la propuesta gubernamental esta la Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal que encabeza Perla Gómez, que con toda claridad
expresa que contiene disposiciones que son contrarias a los derechos
humanos y les recuerda a los legisladores que el artículo 1º los obliga
a incorporar los estándares internacionales de derechos humanos en esta
materia. Esta declaratoria contrasta con el silencio que ha mantenido
la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que con todo y su autonomía
no es capaz, por lo menos hasta hoy, de emitir una opinión ante una
propuesta de ley que afecta una de las piedras angulares de la
democracia que es la libertad de expresión.
En su ámbito de competencia la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económico (OCDE) también emitió una serie de observaciones a
la ley, por considerar que afecta la eficaz competencia, sin embargo,
días después el 9 de abril, retrocedió con un nuevo comunicado
resaltando los “aciertos” de la iniciativa, lo que dejó a este
organismo internacional en un dilema de credibilidad, pues la
apreciación es que se dejó presionar por el gobierno mexicano para
desdecirse de su primera comunicación oficial.
La sociedad se organiza
Afirmó un senador, de cuyo nombre no quiero acordarme, “que ahora
salieron muchos expertos de telecomunicaciones” con la intención de
descalificar a las voces críticas. No se necesita ser experto en la
materia para saber que se violan nuestros derechos. Por esa conciencia
es que la semana pasada salieron colectivos de jóvenes a protestar a
las calles el 10 de abril exigiendo la libertad de información en
Internet, la convocatoria circuló de manera significativa bajo el
hashtag #NoMásPoderAlPoder. Sectores de la sociedad de las más
diferente índole también atendieron la invitación para la conformación
del Frente por una Comunicación Democrática el pasado 11 de abril,
convocado inicialmente por Cuauhtémoc Cárdenas y el senador Javier
Corral, un espacio en el que convergen los esfuerzos de la ciudadanía
para evitar el atropello que significa la ley que deberá de discutirse
en el Senado.
El Ejecutivo envió la iniciativa con casi cuatro meses de retraso y
ahora presiona para que sea aprobada sin mayor análisis en este periodo
de sesiones. La pelota esta en la cancha del Senado quien deberá
dictaminar la iniciativa con las Comisiones de Radio, Televisión y
Cinematografía, la de Comunicaciones y Estudios Legislativos. Tanto
legisladores del Partido de la Revolución Democrática como de Acción
Nacional han manifestado que de ser aprobada en sus términos irán a una
acción de inconstitucionalidad y aunque intentan que haya un periodo
extraordinario, el partido gobernante junto con sus aliados del verde
ecologista pueden mayoritear para que el Congreso, como en los más
viejos tiempos autoritarios, actúe de acuerdo a los designios
presidenciales renunciando a su contrapeso como poder el Estado.
@callejag
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