8/15/2020

Orfandad por feminicidio


Entre las víctimas invisibilizadas y desprotegidas por el Estado durante décadas están precisamente las y los huérfanos por feminicidio.
Desde que en México se inició el registro del Feminicidio en la década de los 90, las niñas y niños huérfanas por estos crímenes machistas han quedado excluidas de la protección del Estado.
Esta ausencia ha generado una sobrecarga en las familias de las víctimas y en las mujeres en concreto, quienes han asumido el cuidado y manutención de estas niñas, niños y adolescentes que, en ocasiones, son testigos presenciales de los crímenes de sus madres, con todos los daños que eso implica.
Proteger a niñas y niños en condiciones extraordinarias que vulneran su bienestar es una tarea primordial para el Estado. Quedar en orfandad producto de la violencia misógina es una de esas condiciones extraordinarias que debe tener prioridad.
Hasta hoy la prioridad se diluyen en las instituciones tanto las responsables de atender a las víctimas como las que deben proteger los derechos de la infancia.
El 2017, Cimanoticias realizó la primera investigación sobre las orfandades por feminicidio y constató la ausencia de una política pública específica y de información estadística que mostrara las dimensiones de los efectos del feminicidio.
Por ejemplo, la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, conocía entonces un solo caso de orfandad por feminicidio, mientras que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) contaba con 65 casos. 
Saber quiénes son, dónde están, qué situación están viviendo, cuáles son sus necesidades es fundamental si realmente se busca atender a esta población.
Recientemente el Instituto Nacional de las Mujeres ha tomado la batuta para construir el Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en condición de Orfandad por Feminicidio, hasta ahora el diálogo lo ha mantenido solo con las instituciones a nivel federal, estatal y municipal.
El Protocolo que se presentará públicamente entre agosto y septiembre tiene un enorme reto para saldar una de las deudas que el Estado Mexicano tiene con las víctimas de feminicidio.
Lo que se sabe hasta ahora es que se busca establecer las líneas de atención y la responsabilidad específica de cada institución.
Sin embargo, en este proceso falta sumar las voces de las víctimas, conocer la realidad a la que se enfrentan quienes se han quedado con la responsabilidad de la crianza de esta infancia a quien la violencia machista le arrebato su madre o su cuidadora.
Este Protocolo además de homologar actuaciones institucionales, de dar responsabilidades claras a todas aquellas dependencias involucras, necesita entrar a los vacíos que son utilizados por los feminicidas para extender la violencia y que deja en desprotección a la infancia y adolescencia.
Por ejemplo, pensemos en la guarda y custodia, cómo se va a definir esta cuando el asesino de la mujer es el padre de las criaturas, qué criterios deben prevalecer para garantizar la máxima protección de esas niñas, niños y adolescentes, cuando las familias del feminicida son usadas para extender la violencia a través del litigio de la guarda y custodia.
Dimensionar la problemática en la cual se aplicará este Protocolo requiere de datos concretos para poder evaluar el impacto de estas acciones.
Los datos proporcionados al Inmujeres por 26 entidades de las 32 a las que se les solicito información, reportan que en 2019 registraron 796 personas menores de 18 años en orfandad por feminicidio.
 REGISTROS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN CONDICIÓN DE ORFANDAD POR FEMINICIDIO (ENERO-DICIEMBRE 2019)
ENTIDADESTOTAL
AGUASCALIENTES24
BAJA CALIFORNIA113
BAJA CALIFORNIA SUR6
COAHUILA26
COLIMA37
CHIAPAS9
CHIHUAHUA3
DURANGO12
GUANAJUATO76
GUERRERO20
HIDALGO27
JALISCO132
EDO. MÉXICO34
MICHOACÁN89
NAYARIT20
NUEVO LEÓN32
PUEBLA29
QUERETARO9
SAN LUIS POTOSÍ18
SONORA26
VERACRUZ47
YUCATÁN3
ZACATECAS4
TOTAL796

Información proporcionada por Inmujeres
La consolidación de los datos ha sido uno de los grandes desafíos a los que se han enfrentado las instituciones al construir estas bases de datos, pues las entidades federativas o no responden o informan lo que quieren.
Tomando la experiencia, es necesario garantizar la información y la homologación de las formas de registro de los casos entre todas las instituciones involucradas.
20/LLH

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