Ciudad de México.- La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)
ya modificó sus estatutos para establecer sanciones contra quienes
cometan violencia de género y para que la Defensoría de los Derechos
Universitarios intervenga en la prevención, erradicación y sanción de la
violencia contra las mujeres en la universidad.
El pasado 7 de agosto, el Consejo Universitario de la UNAM aprobó en
sesión extraordinaria adicionar la fracción III al artículo 98 del
Estatuto General, relacionado con las sanciones a aplicarse para los
casos de violencia de género.
Esta modificación fue uno de los puntos que quedó pendiente en
febrero pasado, cuando — gracias al paro de labores y a la toma de
instalaciones que iniciaron las estudiantes en distintas facultades, CCH
y preparatorias– el Consejo Universitario de la UNAM aprobó reconocer
la violencia en general y la violencia de género como una “falta
especialmente grave”.
No obstante, en esa modificación se evadió explicar qué tipo de
acciones constituyen la violencia de género y no se describieron las
sanciones específicas para los agresores de las mujeres, como pidieron
inicialmente las alumnas organizadas de la Facultad de Filosofía y
Letras (FFyL).
Fue seis meses después, cuando el Consejo Universitario saldó parte
de estos pendientes para establecer en el artículo 98 lo siguiente:
“Para los casos de violencia de género las sanciones indicadas serán
aplicadas de conformidad con los principios de taxatividad y
proporcionalidad en los términos establecidos por la normatividad y los
Lineamientos correspondientes”.
El Artículo 98 del Estatuto indica las sanciones que podrán imponerse
en los casos que no tengan expresamente señalada una pena. La fracción I
señala que para el caso del personal académico estas sanciones son: el
extrañamiento escrito, la suspensión y la destitución.
La fracción II referente a los alumnos establece la amonestación,
negación de créditos o cancelación de los concedidos respecto al pago de
cuotas; suspensión o separación de cargos o empleos que desempeñen;
suspensión hasta por un año en sus derechos escolares y expulsión
definitiva de la facultad o escuela.
“Esta modificación entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en Gaceta UNAM y se suma a otras reformas que se han
planteado al Consejo Universitario, con el propósito de ir adecuando la
legislación de la UNAM a los requerimientos para erradicar la violencia
de género en la institución”, comunicó la universidad.
Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género
El Consejo Universitario de la UNAM también aprobó modificaciones a
la legislación relacionada con la Defensoría de los Derechos
Universitarios que ahora se denominará Defensoría de los Derechos
Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género.
Actualmente, la Defensoría podrá recibir quejas del alumnado,
personal académico y administrativo, por actos u omisiones que afecten
los derechos de la comunidad universitaria, así como por los que
constituyan violencia de género.También coadyuvará con las autoridades
en la estrategia dentro de la Universidad para la prevención, atención,
sanción y erradicación de la violencia en general y de género, en
específico. Además de proporcionar asesoría en esos campos.Entre las
modificaciones se incluyó la creación de un Consejo Consultivo,
integrado por los titulares del Centro de Investigaciones y Estudios de
Género (CIEG), y del Instituto de Investigaciones sobre la Universidad y
la Educación (IISUE). También, por una profesora emérita de la UNAM con
conocimientos sobre derechos humanos o estudios de género, quien será
nombrada por la Comisión del Mérito Universitario.
De igual forma, se integrará a cinco alumnas provenientes de los
diferentes niveles de estudio y se procurará que estén inscritas en
distintas sedes de esta casa de estudios. Serán nombradas de la
siguiente manera: una por la Comisión Especial de Seguridad; dos por la
Comisión Especial de Equidad de Género; e igual número por la Comisión
de Legislación Universitaria.
Asimismo, se incorporará un docente de la Escuela Nacional
Preparatoria o de la Escuela Nacional Colegio de Ciencias y Humanidades,
nombrado por el Consejo Académico del Bachillerato, así como a una
persona designada por el titular de la Rectoría. En la conformación del
Consejo se garantizará la paridad de género.
Entre las nuevas atribuciones de la Defensoría está emitir
recomendaciones sobre los asuntos de su competencia, y que ayuden a
detectar áreas de oportunidad para prevenir futuras afectaciones a los
derechos universitarios y sucesos de violencia de género.
En caso de que alguna autoridad o funcionario rechace sus
recomendaciones, la Defensoría dará vista a la Comisión de Honor del
Consejo Universitario para que la autoridad o funcionario comparezca
ante la misma y exponga los razonamientos que justifiquen su decisión.
El incumplimiento y desatención a las recomendaciones serán causa de
responsabilidad y sancionados conforme a la Legislación Universitaria o
el contrato de trabajo correspondiente.
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