Después de ocho años, desde que en junio de 2011 México firmó el
Convenio 189 de la OIT, en la conferencia mañanera de este jueves
Sánchez Cordero informó que se ratificará y hoy se presentará ante el
Senado de la República. Una vez que sea adoptado por el Legislativo se
publicará en el Diario Oficial de la Federación para que el Estado
mexicano esté obligado a proteger a las trabajadoras del hogar
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del Inegi,
al tercer trimestre del 2019, existen 2.4 millones de personas
trabajadoras del hogar, 90 por ciento son mujeres, por lo que ratificar
el Convenio obligaría a reconocerles derechos laborales.
Al respecto la Oficina de la OIT para México y Cuba emitió un
pronunciamiento en el que felicitó al Gobierno de México por su
compromiso para avanzar en la promoción el trabajo decente y el respeto
de los Derechos Humanos de las personas que laboran en hogares e invitó
al Senado de la República a la pronta ratificación del Convenio 189.
Hasta ahora, el Convenio solamente lo han ratificado 39 naciones a
pesar de que la impulsa la libertad de asociación y la libertad sindical
y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; la
eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; la
abolición efectiva del trabajo infantil; y la eliminación de la
discriminación en materia de empleo y ocupación.
En la conferencia de prensa, el director del Instituto Mexicano del
Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo mencionó que desde el 1 de abril de
este año hasta noviembre se tenían 11 mil 947 personas trabajadoras del
hogar afiliadas a un programa piloto, 76 por ciento mujeres; 26 por
ciento de la Ciudad de México y el Estado de México y 50 por ciento
mayores de 50 años de edad.
La afiliación al seguro social se dio porque hace un año, el 5 de
diciembre de 2018, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la
Nació (SCJN) resolvió un amparo (9/2018) en el que determinó que es
inconstitucional que los patrones no estén obligados a inscribir a las
trabajadoras del hogar ante el IMSS.
En ese momento la SCJN determinó que no existe alguna razón
constitucionalmente válida por la cual la Ley Federal del Trabajo y la
Ley del IMSS excluyan el trabajo del hogar del régimen obligatorio de
seguridad social, lo cual provoca una discriminación injusta contra las
trabajadoras.
El tribunal además ordenó al IMSS que durante el primer semestre de
2019 implementara un “programa piloto” de seguridad social para estas
trabajadoras que contemplara que muchas empleadas tienen más de un
patrón y que las relaciones laborales usualmente no están establecidas
mediante un contrato de trabajo.
El régimen especial, determinó la SCJN, debía ser de fácil
implementación para los patrones (que en su mayoría son amas de casa o
padres de familia) y no puede ser de carácter voluntario, sino
obligatorio. Asimismo, se deberá explorar la posibilidad de facilitar la
incorporación al nuevo régimen especial, excusando a los patrones de
encontrarse inscritos ante el SAT.
Robledo explicó que, tras la sentencia de la Corte, el 27 de febrero
de este año el Consejo Técnico IMSS aprobó este mecanismo; el 29 de
marzo se lanzó y publicó el programa piloto; y el 1 de abril inició el
registro de afiliación.
El programa, dijo el funcionario, cubre todos los ramos de
aseguramiento, es decir, atención médica en caso de enfermedades o
accidentes, incapacidad, ahorro para el retiro, prestaciones y
guarderías y además la mujer trabajadora puede asegurar a sus
familiares.
La finalidad, de acuerdo con la Suprema Corte, es que, en un plazo no
mayor a 18 meses a partir de la implementación del programa piloto, el
IMSS propusiera al Congreso de la Unión reformas legales para incorporar
a las trabajadoras al nuevo sistema especial de seguridad social en un
plazo no mayor a 3 años.
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