8/08/2016

Aborto y AVG



   MUJER SONORA



  Ya son 18 entidades del país en las que las organizaciones de mujeres consideraron que era necesario declarar la Alerta de Violencia de Género (AVG), mecanismo contemplado en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV). Por ello hicieron la solicitud en diferentes momentos para que en sus estados, o en algunos municipios se declarara como estado de emergencia, a través de un decreto de Alerta de Género.
 
Su fundamentación se basa en la existencia de  violencia exacerbada contra las mujeres, y por altos índices de feminicidio. Sin embargo, sólo tres han sido declaradas por la Secretaría de Gobernación instancia facultada por la Ley para hacerlo: Estado de México, Morelos y Michoacán. Jalisco fue declarada de mutuo proprio por el gobernador de esa entidad.
 
Todas las demás se han investigado de acuerdo a los lineamientos del reglamento de la LGAMVLV derivando en un informe con conclusiones, recomendaciones e indicadores de cumplimiento de las mismas. Los gobiernos estatales han sido inteligentes y han aceptado los informes y han respondido con compromisos para dar cumplimiento a los mismos.
 
Pero el que lo acepten, no significa que estén conscientes de que la violencia contra las mujeres solo podrá abatirse con una estrategia integral que deberá salir del Sistema Estatal de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la violencia contra las mujeres. El organismo, integrado por las Secretarías e instancias de gobierno relacionadas con la atención de la violencia de género en cada entidad, es uno de los mandatos de la LGAMVLV, para establecer la política estatal que debería trabajar para erradicar la violencia contra las mujeres y las niñas.
 
Sin embargo, la simulación es la constante en políticas públicas encaminadas a ese fin. Peor aún, los procesos que se han dado en los diversos estados para atender las solicitudes de AVG, han sido recibidos con agrado, pues se han tomado como un camino seguro para obtener más recursos de la federación con la finalidad de atender las recomendaciones sobre AVG, pero que los gobiernos utilizan de acuerdo a sus criterios y no necesariamente a sus responsabilidades derivadas de ese mecanismo de emergencia.
 
En el caso de Sonora, la solicitud de Alerta de Género se presentó en mayo de 2015, por una organización de Ciudad Obregón, cabecera del municipio de Cajeme, para el cual solicitaban la AVG.
 
El equipo de trabajo para la investigación se formó y en la mitad del proceso se cambió a la coordinadora del mismo, representante de Conavim, lo cual puso en riesgo la continuidad de las tareas programadas para cumplir los objetivos.
 
El informe que derivó de la solicitud contiene 12 conclusiones con sus respectivas recomendaciones para subsanar las carencias del estado para atender integralmente la violencia contra las mujeres. El gobierno del estado informó a Conavim que todas han sido cumplidas en tiempo y forma y que el estado de Sonora está listo para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Más aún, varias de ellas se acataban haciéndolas extensivas a todo el territorio estatal, no solo al municipio de Cajeme como se había solicitado por la organización que pidió la AVG.
 
Pero no pasó mucho tiempo para que esto se pusiera a prueba. Dos de las recomendaciones, la número 7 y 8 han sido probadas recientemente. El equipo de trabajo que investigó la solicitud de AVG para el municipio de Cajeme concluyó que no existen protocolos obligatorios para investigación de delitos de violencia sexual, de género y feminicidio.
 
El grupo de trabajo también precisó que la Norma Oficial Mexicana NOM-046, Violencia intrafamiliar y violencia sexual, no se observa en las instituciones de salud, y que el personal que atiende a las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar y sexual no están capacitados para implementar la norma.
 
Las recomendaciones consisten en: 7) Creación y publicación de los protocolos tanto de investigación del delito de feminicidio, el protocolo para delitos contra la libertad y seguridad sexual de las personas, así como el protocolo para desapariciones de mujeres, niñas y adolescentes. La recomendación 8) insta a implementar programas de capacitación en la NOM-046, Derechos Humanos y no discriminación.
 
El informe final entregado por el gobierno del estado a la Conavim, da cuenta del cumplimiento casi al 100 por ciento de las doce recomendaciones, incluidas las dos mencionadas. Los protocolos se publicaron en el boletín oficial el 16 de mayo de 2016, y el Secretario de Salud informó que un buen porcentaje del personal de salud ha sido capacitado en la implementación de la NOM-046.
 
Sin embargo, ninguna de las dos recomendaciones en cuestión aborda cómo garantizarán el cumplimiento. El caso de la pequeña a quien hemos llamado Citlali, niña huichola residente de Sonora, violada en su vivienda por un compañero de trabajo de su papá, quien resultó embarazada producto del ataque sexual es un caso que podría haber consolidado el informe.
 
Nada más alejado de la realidad. Citlali fue blanco de la negligencia, el desconocimiento, el desacato de protocolos, normas, leyes, y sus derechos violados por la propia autoridad. Su denuncia de violación fue consignada por el ministerio público como violación agravada, pero el juez sexto de lo penal desestimando todas las pruebas médicas y psicológicas así como testimonios familiares que auxiliaron a la víctima, reclasificó el delito a estupro, decisión que fue apelada por la asesora jurídica de la familia de la niña, y que se encuentra pendiente de resolución.
 
Sustentada en ese argumento jurídico la Secretaría de Salud negó el servicio de interrupción del embarazo por violación, causal de aborto no punible en el Código penal de Sonora, a pesar de que todas las pruebas practicadas por el médico legista y psicólogo dan cuenta de la violación.
 
Nadie ofreció información sobre anticoncepción de emergencia, ni sobre profilaxis contra infecciones de transmisión sexual, dejaron que se produjera el embarazo y nadie le informó que es su derecho interrumpir el embarazo si así lo desea. La AVG es una medida de emergencia, la situación de Citlali también. En resumen, se desacataron la NOM-046, particularmente en lo referente a que el dicho de la víctima es el que se debe tomar en cuenta y lo ignoraron, para dar preeminencia a la criminalización del aborto.
 
Se desacató la Ley General de Víctimas que habla de las medidas de emergencia a las que tiene derecho la víctima. El protocolo especializado en investigación de delitos contra la libertad y seguridad sexual de las personas, quedó en una mera simulación.
 
Las recomendaciones sobre AVG en Sonora no pasaron la prueba, reprobaron. El caso de Citlali era oportuno para confirmar que Sonora cumplió, ahora sabemos que no. El informe es de papel, y a las mujeres y niñas eso no les sirve. La realidad nos demuestra que la ley no se cumple por voluntad. La simulación y las malas prácticas continúan post informe de AVG. Este solo caso es suficiente para que declaren la Alerta de Violencia de Género para Sonora, ojalá.
 
*Periodista integrante de la Red Nacional de Periodistas y directora del blog Mujer Sonora http://mujersonora.blogspot.mx/
Twitter: @mujersonora



CIMACFoto: César Martínez López
Cimacnoticias | Sonora.-

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