10/03/2018

Organismos de Derechos Humanos presentan informe sombra a Comité sobre Desapariciones Forzadas de la ONU

Para el debate del 15º periodo de sesiones en donde se examinará al Estado mexicano

La Coalición de organismos defensores de Derechos Humanos conformada por el Comité de Derechos Humanos de Base de Chiapas Digna Ochoa (México), la Red Nacional de los Derechos Humanos (Venezuela), La Liga Mexicana para la Defensa de los Derechos Humanos-Filial Región Sureste (México) y el Consejo Nacional para la Defensa del Derecho Humano a la Salud (Venezuela) han presentado el día de hoy un informe en materia de la grave situación de desapariciones forzadas que se padece en México dirigido al Comité sobre Desapariciones Forzadas de la Organización de Naciones Unidas, para que dicho documento sea integrado y tomado en cuenta en el 15º. Periodo de sesiones del Comité Sobre Desapariciones forzadas que se realizará en la sede de la ONU en Ginebra del 5 al 16 de noviembre de 2018 en donde será evaluado el Estado mexicano durante los días 7 y 8 de noviembre y en donde el Comité examinará la información complementaria presentada por México en virtud del artículo 29, párrafo 4 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
En el informe expresamos nuestra preocupación por la falta de interés que ha manifestado el gobierno de México para reconocer la profunda y grave crisis de desapariciones que se vive cotidianamente y en su negativa en reconocer la plena competencia de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y del Comité contra la Desaparición Forzada sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias.
En el informe que presentamos nos hemos sumado a la exigencia de víctimas, colectivos y organismos defensores de Derechos humanos y del GTDFI que “… alienta enérgicamente al Estado parte a reconocer la competencia del Comité para recibir y examinar comunicaciones individuales e interestatales en virtud de los artículos 31 y 32 de la Convención con miras a reforzar el régimen de protección contra las desapariciones forzadas previsto en la misma.” México se ha negado reiteradamente a reconocer la competencia del Comité en virtud de los artículos 31 y 32 de la Convención y en el informe presentado al Comité evade esta exigencia aduciendo que México ha firmado y ratificado los principales instrumentos y básicos internacionales de Derechos Humanos y que México cumple con la presentación de informes periódicos y ha “procurado” responder oportunamente a las observaciones y recomendaciones que formulan dichos órganos de tratados y que están en proceso de tomar en cuenta esta petición.
A pesar de las recomendaciones formuladas en febrero de 2015 a México por el GTDFI, en este momento México aún no cuenta con un registro único de personas desaparecidas a nivel nacional. Ello ha dificultado la posibilidad de realizar un efectivo diagnóstico nacional sobre el estado de la desaparición forzada de personas que permita estar en condiciones de adoptar las medidas integrales y efectivas para su prevención, erradicación, investigación, sanción y reparación. En su informe de seguimiento de septiembre de 2015, el GTDFI, en relación a la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPED), observó con preocupación que “la Ley no incluye la categoría específica que permita registrar a una persona como víctima de desaparición forzada (Informe de seguimiento sobre la misión a México, doc. A/HRC/30/38/Add.4 del 11 de septiembre de 2015, párr. 22.)
Enfatizamos la tendencia preocupante y negligente de México en insistir en cifras no desagregadas, que mezclan la condición de personas “ausentes” con la de las personas víctimas de desaparición forzada o desapariciones perpetradas por particulares, y que impide tener certeza sobre la dimensión real del problema de la desaparición forzada en México y contar con una política institucional clara para reconocer y enfrentar el problema. Situación que como han denunciado colectivos de familiares de desaparecidos es más grave aún de lo que se consignan en los registros del Estado.
En el informe hemos manifestado nuestra preocupación ante la existencia de indicios claros y las denuncias de Colectivos de familiares de desaparecidos y organismos de Derechos Humanos en el sentido de que el gobierno ha sido negligente e incluso ha actuado con dolo para cumplir con sus obligaciones de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas, y han sido las propias víctimas quienes han realizado búsquedas, localizado fosas y dado pasos para la debida identificación, un ejemplo de este actuar de las autoridades quedó demostrado con la atrocidad de abandonar cientos de cuerpos en trailers por parte de la Fiscalía del Estado de Jalisco y que ha causado una conmoción nacional, así como en la negativa de la Fiscalía de Veracruz, al obstaculizar la participación de colectivos y víctimas en las labores de levantamiento de restos encontrados en la fosa de Arbolillo, municipio de Alvarado en septiembre de 2018.
Hemos retomado también en el informe las observaciones del GTDFl que ha lamentado el abandono del Estado mexicano al problema de las desapariciones forzadas perpetradas durante el periodo de la denominada “Guerra Sucia”. “Parecería que en este tema el Estado ha renunciado al cumplimiento de sus obligaciones internacionales. Salvo el trabajo de la Comisión de la Verdad del Estado de Guerrero y las limitadas compensaciones otorgadas a algunas víctimas referidas en la recomendación 26/2001 de la CNDH, no se registran avances de otra índole. La impunidades generalizada y no se conocen acciones efectivas y resultados concretos para la investigación de lo sucedido. Sigue sin garantizarse el derecho a la verdad. Más aún, se han registrado retrocesos para acceder a documentos históricos de la “Guerra Sucia” (GTDFI, en la sesión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU de fecha 11 de septiembre del 2015. Párrafo 30, A/HRC/30/38/Add.4).
Es aterrador el dato del porcentaje de mujeres, adolescentes y niñas desaparecidas a nivel nacional que es el 25% del total de las personas desaparecidas, y que en el Estado de México ese porcentaje asciende al 46%. Según información de la ONG I(dh)eas, en el Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPED), existen en México un total de 35.424 personas desaparecidas, de las cuales 8.987 son mujeres (de todas edades). El Estado de México es la entidad con el mayor número de casos de mujeres, adolescentes y niñas desaparecidas del país con un total de 1.790 casos oficialmente registrados, 1.779 en el fuero común y 11 en el fuero federal.
Hacemos nuestras y nos sumamos a las exigencias que están solicitando los colectivos de familiares de víctimas de desaparición en México y que han hecho llegar al próximo gobierno electo; colectivos que consideran han sido víctimas de la simulación y que existen nulos avances en la implementación de la Ley General sobre Desaparición Forzada y Desapariciones cometidas por particulares.
Entre las recomendaciones que realizamos retomamos la recomendación del ACNUDH, México atienda la Ratificación de instrumentos internacionales: a) Promover la firma y ratificación del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y del Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño; y reconocer la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada conforme a los artículos 31 y 32 de la Convención; b) Firmar y ratificar todos los tratados Interamericanos de derechos humanos adoptados por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos que están pendientes de ratificación.
Este informe ha sido presentado para su conocimiento y seguimiento a la Oficina en México y al responsable para México en Ginebra del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
Sobre los organismos de Derechos Humanos.
Comité de Derechos Humanos de Base de Chiapas Digna Ochoa, trabaja por la defensa y promoción de los derechos humanos de las comunidades indígenas y campesinas, en Chiapas México, y en articulación con organizaciones sociales de Latinoamérica, para unificar esfuerzos en defensa de los derechos humanos reconocidos en convenciones y mecanismos internacionales, los logros sociales y reconocimientos de los derechos de las comunidades indígenas y campesinas de Chiapas. Contacto: ddhh.chiapas@gmail.com @ddhh_chiapas
El Consejo Nacional para Defensa del Derecho Humanos a la Salud, es una Red de Organizaciones no Gubernamentales, movimiento y colectivos Sociales, trabajadores/as de la Salud, Docentes, Estudiantes, las Familias, Comunicadores/as Sociales, Defensores/as e Individualidades que trabajamos articuladamente para promover, difundir y defender la salud como un derecho humano. Contacto: www.cnddhs.org.ve cnddhhs@gmail.com
La Limeddh es una Organización No Gubernamental legalmente constituida bajo el régien de asociación civil, sin fines lucrativo. Fue creada en 1985 en la Ciudad de México, como una tribuna abierta, independiente y plural para promover y proteger los derechos humanos. Su filiar Sur-Sureste es coordinado por el sacerdote Franciscaco Blas Alvarado, fundador del albergue La 72 en Tabasco, y se centra en la defensa de los Derechos Humanos de los Migrantes en tránsito. Contacto: frblas68@hotmail.com
LA Fundación Red Nacional de Derechos Humanos (RENADDHH) tiene como misión: Desarrollar estrategias de investigación educación. y divulgación desde enfoques críticos de los derechos humanos dirigidos a toda persona, comunidad, organizaciones, movimientos sociales, para contribuir desde la construcción de experiencias significativas con la transformación social fundada en los valores de justicia equidad igualdad libertad cooperación solidaridad honestidad y corresponsabilidad de acuerdo al Estado Social de Derecho y de Justicia. Contacto: Red Nacional de Derechos Humanos (RENADDHH) www.renaddhh.org.ve email rednaddhh@gmail.com @renaddhh

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