12/19/2015

Penalizan nuevamente interrupción del embarazo en República Dominicana



   En caso de violación, malformación del feto o peligro para la mujer

El Tribunal Constitucional de República Dominicana (RD) declaró inconstitucional la reforma al Código Penal, promulgada el año pasado por el presidente Danilo Medina, que despenalizaba el aborto en tres circunstancias: cuando peligra la vida de la mujer, si el embarazo es producto de violación e incesto y cuando hay malformaciones del feto.
Con esta decisión, República Dominicana se mantiene en la lista de la minoría de países de América Latina que conservan las legislaciones más restrictivas en esta materia.
La decisión del Tribunal se dio tras resolver las tres acciones de inconstitucionalidad presentadas por las fundaciones “Justicia y Transparencia”, “Transparencia y Democracia” y “Matrimonio Feliz”, que impugnaban los artículos 107, 108, 109 y 110 del Código Penal, los cuales definían las causales por las que las dominicanas podrían acceder al aborto.
Cabe recordar que el presidente Danilo Medina promulgó en diciembre de 2014 la reforma del Código Penal (Ley 550-14) para despenalizar el aborto en tres circunstancias: cuando corre peligro la vida de la mujer, en caso de violación e incesto y cuando existan malformaciones del feto incompatibles con la vida clínicamente comprobable.
Dicha reforma fue celebrada por organizaciones feministas y de mujeres, quienes señalaron que representaba un gran avance para garantizar el acceso al aborto legal y seguro en el país.

LAS DEMANDAS

En abril de este año los grupos conservadores presentaron tres demandas de inconstitucionalidad en contra de los artículos del Código Penal que regulaban estas causales, mismas que habrían entrado en vigencia este diciembre de 2015.
Finalmente la semana pasada el Tribunal Constitucional acogió los argumentos de los conservadores y con su decisión restringió el acceso de las mujeres a los servicios de aborto seguro, en los supuestos previamente establecidos.
Catalina Martínez Coral, directora Encargada para América Latina y el Caribe del Centro de Derechos Reproductivos (CDR) emitió un comunicado  para señalar que “la sentencia del Tribunal Constitucional es un grave retroceso para las mujeres en República Dominicana, quienes deberían estar en la capacidad de acceder a servicios de aborto seguro”.
República Dominicana es una de las naciones de América Latina con una de las legislaciones más restrictivas en materia de aborto.
Los otros cinco países que prohíben el aborto legal son Chile, El Salvador, Surinam, Honduras y Nicaragua. De acuerdo con estimaciones del CDR la prohibición del aborto en el país ha conllevado a que más de 90 mil  mujeres se expongan a abortos inseguros cada año.


Por: la Redacción
Cimacnoticias | México, DF.- 


No hay comentarios.:

Publicar un comentario