OSC y mujeres víctimas de violencia sexual lo exigieron
La
iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los
Delitos de Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes, enviada por el Ejecutivo federal al Senado, propone que las
investigaciones sobre víctimas mujeres estén libres de estereotipos de
género o discriminación.
El Senado recibió hoy las iniciativas para sancionar la tortura y la desaparición forzada, anunciadas por Enrique Peña Nieto el 10 de diciembre, Día de los Derechos Humanos, y ambas fueron turnadas a las Comisiones Unidas de Justicia, Derechos Humanos y Estudios Legislativos.
La propuesta de ley para sancionar la tortura establece los tipos penales en la materia, crea un mecanismo de prevención, propone garantizar derechos a las víctimas y define la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno.
Todas las diligencias que se realicen para investigar y juzgar los delitos cometidos contra mujeres, señala el texto, deben estar libres de estereotipos y de cualquier elemento que por razones de sexo o género propicie situaciones desventaja, discriminación, violencia o impida la igualdad.
La pena de tortura se aumentará hasta en la mitad si la víctima muere, si es una mujer embarazada, niña, niño, persona mayor de 60 años, indígena, migrante, persona con discapacidad, si es víctima de violencia sexual, o si se realiza para ocultar información de otro delito.
OSC Y MUJERES, VIGILANTES
Desde septiembre pasado, cuando Peña Nieto se comprometió a enviar una propuesta de ley, organizaciones como el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) y la Comisión Mexicana para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) llamaron a elaborar una ley que garantizara la efectiva y oportuna investigación y tuviera perspectiva de género.
Esta exigencia también la promueven 19 mujeres sobrevivientes de tortura sexual que han dado seguimiento al informe que realizó el relator especial para la Tortura de la ONU, Juan E. Méndez, quien en marzo pasado concluyó que en el país la tortura –en muchas ocasiones de índole sexual– es generalizada y se comete durante la detención y la consignación de las personas.
DOS TIPOS PENALES Y DELITOS VINCULADOS
La iniciativa contra la tortura crea dos tipos penales autónomos que se perseguirán de oficio: el delito de tortura y el de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, además de la figura de “delitos vinculados” para las conductas relacionadas a estos delitos.
Dice la propuesta que comete el delito de tortura el servidor público o el particular que con la autorización, el apoyo o el consentimiento o aquiescencia de un servidor público, mediante acto u omisión infrinja dolosamente penas, dolores o sufrimientos físicos o psicológicos a una persona con el fin de obtener información o una confesión u obligarla a que haga o deje de realizar una conducta.
Este delito se comete cuando se usa como medio intimidatorio o castigo personal por un acto cometido o que se sospecha se cometió, o como una medida preventiva o por razones basadas en discriminación o cualquier otro fin.
La tortura se castigará con una pena de 10 a 20 años de prisión. Si es tortura equiparada y se comete por un servidor de jerarquía superior, la pena es de 8 a 16 años, y para los particulares es de 12 a 16 años. En el caso de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes la pena es de uno a 9 años para los servidores públicos y de 3 a 5 años para particulares.
PROGRAMA, MECANISMO Y REGISTRO
La iniciativa crea el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar los delitos de Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, para la prevención, persecución, sanción y erradicación de estos delitos, además de la evaluación de la incidencia delictiva y las estrategias de reparación a las víctimas.
También se desarrollará un Mecanismo Nacional de Prevención integrado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y los organismos de Derechos Humanos de los estados; y se creará el Registro Nacional de los Delitos de Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes.
El texto propuesto acota que no se considerará tortura las penas o sufrimientos físicos o psicológicos que sean únicamente consecuencia de medidas legales impuestas por autoridad competente, o las inherentes a éstas, o de las derivadas del uso legítimo de la fuerza.
Por: la Redacción
Cimacnoticias | México, DF.-
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