Silvia Ribeiro *
En septiembre de 2018 el
Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas
(ONU) en Ginebra tomó la decisión histórica de aprobar la Declaración
sobre Derechos de los Campesinos y Otras Personas que Trabajan en las
Zonas Rurales, propuesta iniciada hace 17 años por Vía Campesina. Se
establecen por primera vez en la legislación internacional un conjunto
de derechos de campesinos y trabajadores rurales (incluyendo pastores,
migrantes y trabajadores rurales sin tierra), como a la no
discriminación, a la alimentación sana, al acceso a la tierra, a
conservar sus tierras y territorios, a no exponerse a agrotóxicos en sus
trabajo y a obtener créditos agrícolas, educación, información y otros.
Establece además el derecho internacional de esos actores a ser
consultados y a dar o negar el consentimiento libre, previo e informado
antes de que se tomen decisiones no sólo sobre proyectos, sino también
sobre leyes y programas que los afectarán.
La declaración fue aprobada el 20 de noviembre de 2018 en Nueva York
por una amplia mayoría del comité de Naciones Unidas sobre el tema y
remitida para su aprobación por la Asamblea General de la ONU en
diciembre, la cual, sin duda, la adoptará, debido a la amplia mayoría de
países que se manifestaron en favor.
En la misma reunión de la ONU en Nueva York se aprobó también otro documento que amplía la definición y proceso de
consentimiento previo, libre e informadode los pueblos indígenas, estableciendo que para obtener tal consentimiento los estados deben
consultar y cooperar de buena fecon los pueblos indígenas, mediante las formas de representación propias de los pueblos, en un proceso justo para decidir si otorgan o no su consentimiento antes de que proyectos y leyes que afectarán sus territorios y recursos comiencen y antes de que se efectúen.
En este punto sobre consulta y consentimiento el texto de ambas
resoluciones, tanto la relativa a derechos campesinos como a derechos
indígenas, es prácticamente igual. Las dos afirman y aumentan en
contenido y actores las obligaciones de los estados a obtener el
consentimiento previo, libre e informado de indígenas y campesinos,
estableciendo para ello consultas que deben ser programadas y dirigidas
en conjunto con las autoridades designadas por los propios pueblos y
organizaciones comunitarias y campesinas. En ese sentido, afirman y van
más allá de las obligaciones establecidas en el Convenio 169 de la
Organización Internacional del Trabajo.
Las dos resoluciones representan un enérgico llamado de atención a
los gobiernos que no respetan esos derechos, sea por políticas propias y
programas o al permitir que emprendimientos empresariales, sean
mineros, urbanos, carreteros, agrícolas, de siembra de transgénicos u
otros, avancen atropellando los derechos y territorios de pueblos
indígenas y comunidades campesinas.
México tiene muchos ejemplos de proyectos inconsultos en tierras
indígenas y campesinas; otros, con una pantomima de consulta, como
sucedió con los pueblos de la península de Yucatán en el caso de la
siembra de soya transgénica y las acciones cómplices con las
trasnacionales transgénicas de Sol Ortiz, de Cibiogem; y otros, donde se
realiza consulta, los pueblos no dan su consentimiento y los proyectos
continúan igual, como el caso del pueblo yaqui con el acueducto
Independencia. En todos los casos, criminalizando además a comunidades y
pueblos que reclaman sus legítimos derechos.
En este contexto, la segunda consulta de AMLO, que incluye
entre las preguntas a un público general la realización del corredor
comercial del Istmo de Tehuantepec, el Tren Maya y una refinería en
Tabasco, así como programas que afectan el campo y territorios indígenas
y campesinos, es un atropello a los derechos de los pueblos que serán
directamente afectados. Es una negación flagrante de la
consulta y cooperación previas y de buena fe, y no respeta las organizaciones y formas de los pueblos. Sin importar cual sea el resultado de esta segunda consulta, no es una consulta a los pueblos indígenas ni campesinos, ni representa su consentimiento. Es absurdo que el gobierno anuncie que los trabajos para el Tren Maya comenzarán en diciembre, cuando ni se han tomado mínimos pasos para la consulta a la que tienen derecho los pueblos indígenas y campesinos.
Adicionalmente, la presentación de propuestas de ley, tales como la
de desarrollo agrario y la de protección de derechos colectivos de
propiedad intelectual sobre conocimientos tradicionales presentadas por
el senador Ricardo Monreal, de Morena, además de sus graves
implicaciones, como facilitar la privatización de territorios, ejidos y
conocimientos (ver artículos de Ana de Ita, Carlos González y Magda
Gómez, La Jornada, https://tinyurl.com/y8uh9ku9),
también deben ser precedida de consultas –en los tiempos y formas de
los pueblos– antes de llevarlas a proceso legislativo. Al respecto, la
invitación al Congreso Nacional Indígena y personas interesadaspara enriquecer la propuesta de ley que hace en prensa el senador Monreal, cómodamente sentado en su despacho, invierte y pervierte los términos que establece la ONU para las consultas, no sólo de megaproyectos, sino también de leyes como ésta, que afectan directamente a los pueblos.
* Investigadora del Grupo ETC
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