CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- En las redes sociales, convertidas en la nueva plaza pública, se entreveran la forma y el fondo; se hace de lo serio algo banal y de lo trivial algo digno de reflexión. En la era digital, la ética es un concepto cada vez más inasible. En estas semanas se han generado casos que son importantes –y hay quienes buscan que se agote su tiempo de vida mediático– así como ilusiones ópticas vendidas como añagaza para moldear el clima de opinión. Veamos.
Primero. A la
candidata de Morena al gobierno del Estado de México, Delfina Gómez,
ahora en plena campaña electoral convenientemente le resucitaron unos
descuentos de nómina hechos a trabajadores del ayuntamiento de Texcoco
durante su gestión como presidenta de ese municipio de 2012 a 2015. ¿Por
qué, si hubiera habido algún viso de ilegalidad, no se procedió en
tiempo y forma? ¿Se trató de una investigación acuciosa que casualmente
hasta ahora concluyó? Por supuesto que no. Es evidente que no hay delito
o ilícito que perseguir si medió –como fueron los casos– una solicitud
expresa del trabajador o trabajadora para que un porcentaje de sus
ingresos (la ley dice que no puede ser más de 30%) lo hicieran llegar a
quien ellos decidieran, mientras sea lícito su objeto social. Lo cierto
es que se quiere aniquilar en el imaginario colectivo a Delfina
asociándola con prácticas de corrupción, para minar su credibilidad en
el imaginario colectivo, habida cuenta de que lleva ventaja en las
encuestas –aunque no haya litis alguna– en esas cerradas contiendas.
Segundo.
Ya en otra oportunidad me he referido a la jefa delegacional de
Tlalpan, Claudia Sheinbaum, por lo que no me repetiré aquí. Al primer
ataque, que resultó sin asidero alguno en los hechos (de que cobraba
simultáneamente en tres organismos públicos), ahora se le suma la
acusación de que su esposo, Carlos Ímaz, incurrió en prácticas
delictivas, razón por la cual –arguyen– ella está involucrada. No
conozco a Sheinbaum ni a su esposo, pero no he encontrado sentencia
alguna de la o las conductas delictivas en las que habría incurrido él.
Pero incluso, aceptando sin conceder que así fuere, es importante decir
que no existe el delito de “portación de esposo prohibido”. Cada quien
es responsable de sus propios actos y lo que uno hace no trasciende a
familiares prima facie.
Tercero. Tras la caída estrepitosa de
Alejandra Barrales como posible candidata del PRD a la jefatura de
gobierno de la Ciudad de México, la coordinadora perredista en el
Senado, Dolores Padierna, se ha colocado como la mejor posicionada en su
partido, según diversas encuestas. Acaso ello se explique porque es la
única candidata que tiene base social en lo que queda del Sol Azteca en
el Valle de México. Por estar en esa posición de liderazgo ahora es
acusada en las redes sociales del “delito” de ser esposa de René
Bejarano. A René lo conozco y tengo una buena impresión de él;
inteligente, culto y buen político, fue un chivo expiatorio para afectar
a Andrés Manuel López Obrador en 2006. Importa señalar que René fue
absuelto –ojo, no condenado– de todo delito por la justicia federal. Y
aunque no fuese así, si René hubiera incurrido en conductas indebidas
–que judicialmente no es el caso– a Dolores se le aplicaría la misma
excepción que a la jefa delegacional de Tlalpan: no hay delito de
“portación de esposo prohibido”.
Cuarto. A propósito de mi entrega “De nuevo, la enfermedad y el poder” publicada aquí enProceso,
donde analizo la conducta ilegal e inmoral del doctor Antonio de la
Peña –a quien no conozco y, por ende, no tengo diferencia personal
alguna con él–, algunos de sus colegas me han escrito para decirme que
es “muy inteligente”, “ayuda a sus compañeros” y es “un matemático
excepcional”, razón por la cual debo “pedir disculpas” porque –razono–
con esas prendas personales se le puede perdonar la violación de la ley.
Aclaro que en ese texto no hice una valoración de sus méritos, sino me
enfoqué en el desdoro de aceptar y cobrar en un cargo público sin tener
la idoneidad física y mental –pues padece Parkinson– para el ejercicio
del encargo. El principio es que el funcionario se debe a la función, no
al contrario, como creen, para mi sorpresa, algunos investigadores
cercanos al doctor De la Peña a quienes les ha dolido la insensibilidad
humana de mis expresiones. Lamento que mis palabras les hayan parecido
duras, pero es quizá el precedente más claro de que se debe legislar
este tema cuanto antes. l
@evillanuevamx
ernestovillanueva@hushmail.com
Este análisis se publicó en la edición 2114 de la revista Proceso del 7 de mayo de 2017.
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