De manera inédita, 10 instancias especiales de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) expresaron su preocupación al Estado mexicano por la falta de garantías al debido proceso de seis defensores de la comunidad indígena de San Pedro Tlanixco, en Tenango del Valle, estado de México, condenados a 50 años de prisión sin elementos rotundos de prueba en su contra.
En una comunicación conjunta dirigida a las autoridades mexicanas, los grupos especiales de la ONU señalaron que hay evidencia de que el proceso judicial mencionado carecería de las garantías del debido proceso, y la condena a 50 años de cárcel por los delitos de homicidio calificado y privación ilegal de la libertad habría sido adoptada para criminalizar a las personas involucradas en la defensa del derecho al agua.
Desde los años 80, la comunidad de Tlanixco está en conflicto por el uso del agua con el municipio de Villa Guerrero. Aunque autoridades federales han propiciado el diálogo, no se han alcanzado acuerdos.
El 1º de abril de 2003 ingresaron a Tlanixco de forma inesperada 12 personas de Villa Guerrero y se sucedieron una serie de eventos que culminaron con la muerte de Alejandro Isaak Basso, empresario floricultor de la segunda comunidad, hecho por el que se acusa a los seis defensores.
En el documento, los expertos de la ONU señalan que los juicios “se habrían visto afectados por varias irregularidades, como la ponderación basada exclusivamente en declaraciones de los testigos de cargo que no estaban presentes en el momento y lugar del hecho delictivo, valoración de testimonios incoherentes e inverosímiles, desigualdad frente a los tribunales y en el acceso a la justicia, no respeto del principio de individualización de la pena, verificación de una inversión del onus probandi y consecuentemente violación del principio in dubio pro reo”.
La comunicación es firmada por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (integrado por varios expertos) y por nueve relatores especiales, encargados de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible; de la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, y de los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación.
También, de las implicaciones para los derechos humanos de la gestión y eliminación ecológicamente racionales de las sustancias y los desechos peligrosos, y de la situación de los defensores de derechos humanos.
Asimismo, de la independencia de los magistrados y abogados; de los derechos de los pueblos indígenas; de las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, y sobre los derechos humanos al agua potable y el saneamiento
Emir Olivares Alonso
Periódico La Jornada
Miércoles 28 de noviembre de 2018, p. 19
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