La primera buscó legalizar el estado de sitio de facto establecido
desde la época de Felipe Calderón en que las Fuerzas Armadas han
reemplazado a las fuerzas civiles en tareas de seguridad pública. La
segunda busca aprovechar la disciplina y el entrenamiento de algunos
elementos militares para dar impulso a la primera etapa de creación de
una nueva fuerza eminentemente civil.
La LSI otorgaba facultades cuasi dictatoriales al presidente de la
República al permitir la suspensión unilateral de garantías
constitucionales en regiones enteras del país. En contraste, la
actuación de la Guardia Nacional y el mando del presidente sobre esta
corporación serán estrictamente acotadas desde la misma Carta Magna.
La LSI generó un escenario para una militarización cada vez más
profunda del país, mientras la propuesta de reforma constitucional
presentada por Morena constituye un importante paso hacia la
desmilitarización de la seguridad pública.
La iniciativa de Morena no modifica una sola palabra del artículo 129
de la Constitución. Este artículo es el que acota estrictamente las
funciones de las fuerzas castrenses al señalar que “en tiempo de paz
ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan
exacta conexión con la disciplina militar”.
Fue precisamente con base a este artículo que los ministros de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación derogaron la LSI del PRIAN porque
desvirtuaba la función de las Fuerzas Armadas.
Así que es simplemente absurdo afirmar que Andrés Manuel López
Obrador estaría intentando “desacatar” o “darle la vuelta” a la Suprema
Corte con su iniciativa de reforma constitucional. Si fuera el caso,
utilizaría sus mayorías en el Congreso de la Unión y los congresos
estatales para modificar precisamente el artículo constitucional en la
cual los ministros fundamentaron su resolución.
La iniciativa de Morena tampoco modifica un ápice las disposiciones
del artículo 21 constitucional que señalan explícitamente que “las
instituciones de seguridad pública serán de carácter civil” y que “la
investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público”. El
texto propuesto señala que la Guardia Nacional “podrá actuar como
auxiliar del Ministerio Público federal”, pero siempre “bajo su
conducción y mando” de la Fiscalía General de la Nación.
A diferencia de la LSI, la reforma de Morena no modifica en absoluto
las competencias de las Fuerzas Armadas como tal ni crea nuevos
conceptos o funciones de “seguridad interior”. Al contrario, se limita a
crear una nueva corporación de auxilio a las autoridades de seguridad
pública y de procuración de justicia en sus labores de protección
ciudadana.
Es importante señalar que, si bien la exposición de motivos de la
reforma incluye referencias a un “mando militar” sobre la Guardia
Nacional, ello no fue incluido en el texto mismo de las reformas
constitucionales.
Varios aspectos claves de la reforma dejan perfectamente clara la
esencia civil de la Guardia Nacional. Por ejemplo, el nuevo texto del
artículo 13 indica que “las faltas y delitos cometidos por integrantes
de la Guardia Nacional en el ejercicio de sus funciones serán conocidos
por la autoridad civil correspondiente”. Ello implica que los
integrantes de esta corporación no gozarán del “fuero de guerra” que
garantiza la impunidad de los militares al solamente reconocer la
jurisdicción de los tribunales militares.
De la misma manera, la propuesta de modificación al artículo 16 de la
Constitución somete la actuación de la Guardia Nacional a todos los
estrictos controles procesales contenidos en este artículo y además
agrega la prohibición explícita de que “bajo ninguna de las
circunstancias… un detenido podrá ser trasladado ni resguardado en
instalaciones militares”.
Morena también propone incluir en el artículo 21 de la Constitución
un reconocimiento explícito de la jurisdicción de la Corte Penal
Internacional (CPI). Algunos recordarán que en 2011 el joven abogado
Netzaí Sandoval y docenas de juristas, junto con otros miles de
ciudadanos mexicanos, presentamos a la CPI una solicitud de
investigación de los crímenes de lesa humanidad cometidos en México.
Enardecido, Calderón en aquel momento amenazó con demandarnos a todos
los firmantes por el atrevimiento. Y desde entonces tanto Calderón como
Enrique Peña Nieto han hecho todo lo posible por evitar la intervención
de la CPI en México.
La propuesta de López Obrador de elevar a rango constitucional el
reconocimiento de la CPI constituye una señal muy clara a favor de la
justicia y en contra de la impunidad. Ya no se ordenarán masacres y
desapariciones forzadas desde Palacio Nacional, y si por alguna razón
ocurren como resultado de un desacato de parte de las fuerzas de
seguridad, no serán toleradas ni encubiertas, sino investigadas y
enjuiciadas hasta las últimas consecuencias.
Ahora bien, es cierto que el primer transitorio de la reforma de
Morena señala que en un inicio la Guardia Nacional incluirá elementos de
la Policía Militar y la Policía Naval, además de aquellos que provienen
de la Policía Federal. De la misma manera, el quinto transitorio indica
que “los miembros de la Policía Militar y naval adscritos a la Guardia
Nacional quedan exceptuados de la prohibición a que se refiere el
artículo 129 de esta Constitución”.
Pero estas disposiciones no implican que la Guardia Nacional como tal
sea una institución castrense, sino todo lo contrario. Esta corporación
será en esencia un órgano civil que de manera estrictamente transitorio
y temporal tomará prestado de las Fuerzas Armadas algunos de sus
elementos mejor capacitados en materia de protección ciudadana.
Así que en lugar de empoderar a las Fuerzas Armadas como tal y
colocarlas por encima de las autoridades civiles, al estilo de la LSI,
la iniciativa del presidente electo camina en sentido contrario al
encapsular la actuación de los militares dentro de una nueva lógica
civil de respeto absoluto a los derechos humanos.
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