11/27/2018

El INPI reforma la Constitución: derechos como discurso



El periodo de transición está por concluir, sin embargo, en algunos ámbitos, no hay sorpresas posibles y sí un cúmulo de preocupaciones que no es posible ocultar, por más que se hagan llamados al silencio, a la pausa, o que se descalifique con el peyorativo de los abajo firmantes y de paso ignorantes sin baño de pueblo, a expresiones ciudadanas de profesionales y científicos que de buena fe expresaron en días pasados al presidente electo una petición fundada sobre el Tren Maya.
El neoindigenismo delineado por el próximo gobierno nacerá centrado en la creación del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI) que sustituye al anterior, sin que se conozca un diagnóstico que explique si fue el diseño institucional el que motivó que la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) no cumpliera con su objeto, como se señaló en el dictamen aprobado en San Lázaro.
El PRI creó en 1948 el Instituto Nacional Indigenista y lo mantuvo, mientras ocupó la Presidencia hasta 2000, no sin cambios sexenales en sus programas. Luego vino el llamado gobierno de Vicente Fox que, apoyándose en la reforma constitucional de 2001, creó la CDI. Al PRI de Peña Nieto no le importó seguir con esa institución. Sin embargo, el que inicia en diciembre sí decidió crear el INPI, cuya iniciativa de ley se encuentra en el Senado con la previa aprobación de la Cámara de Diputados. No sabemos si en las horas recientes el Senado aprobó dicha ley, tampoco si por fin se dio cuenta de que tal iniciativa reformará la Constitución mediante el artículo tercero. Me refiero a uno de los temas, entre muchos, que causó oposición en la reforma de 2001 que suponía cumplimiento a los acuerdos de San Andrés. Esto es la consideración de las comunidades indígenas como entidades de interés público y no de derecho público. En la transición se ha insistido en que se reconocerán como sujetos de derecho público, lo que suponía una reforma constitucional. Sin pasar por ello, el dictamen de ley del INPI que se envió al Senado dice: artículo tercero: para cumplir los fines y objetivos del instituto se reconocen a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, utilizando la categoría jurídica de pueblos y comunidades indígenas en los términos reconocidos por el artículo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los instrumentos internacionales en la materia. Queda así corregida una norma constitucional: el referido artículo segundo constitucional, en el párrafo final del apartado A, dice: Las constituciones y leyes de las entidades federativas establecerán las características de libre determinación y autonomía que mejor expresen las situaciones y aspiraciones de los pueblos indígenas en cada entidad, así como las normas para el reconocimiento de las comunidades indígenas como entidades de interés público. ¿Así o más claro?
En otros aspectos son muy cuidadosos, por ejemplo, cuando señalan entre las funciones de la nueva institución el apoyar procesos de reconocimiento, defensa de tierras, territorios y recursos naturales, se aclara de conformidad con la normativa aplicable. O sea, nada de apoyar la abrogación de las reformas al 27 constitucional o la energética. Si se puede apoyar una reforma en materia lingüística, entran en los derechos permitidos, que ya he abordado, como aquellos que no entrañan conflicto al proyecto neoliberal.
Así, tenemos que el proyecto del Tren Maya ha encendido los focos rojos en muchos niveles, desde varios ámbitos comunitarios se ha denunciado la ausencia de la consulta previa, libre, informada y con pertinencia cultural. La CNDH hizo un exhorto, al punto que ya se aclaró que se realizará en cuanto el nuevo INPI pueda ejercer su facultad de instancia técnica de consulta. La cuestión es que ya se maneja que el 16 de diciembre inicia el referido proyecto. Difícil que de la parte indígena se permita la repetición de la reciente consulta precisamente sobre el INPI, en nueve días realizaron desde la Cámara de Diputados 10 foros regionales, nada de que a pueblos y autoridades representativas, seguramente sí llevaron indígenas, y sacaron propuestas institucionales, pero obviamente su ejercicio no cubrió los mínimos estándares del derecho a la consulta. El cumplimiento de derechos reconocidos no se ha naturalizado, si se acercan a la página del Senado encontrarán que la senadora Xóchitl Gálvez hizo una proposición a la que correspondería un punto de acuerdo: que se consulte el Tren Maya conforme al convenio 169 de la OIT y no le concedieron dispensa de trámites, sino que la pasaron a la Comisión Indígena. ¿Cómo ven? Una senadora pide que se aplique un convenio internacional y resulta que habrá que deliberar. Otra perla.

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