La Asamblea Legislativa tipifica como delito
palabras, silbidos o gestos con connotación sexual al igual que tomar
fotografías o videos sin consentimiento. Quienes lo cometan, deberán
enfrentarse a multas y penas de cárcel
San José, 21 jul. 20. AmecoPress.- Con 47 votos a
favor y ninguno en contra, la Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó
la Ley Contra el Acoso Sexual Callejero. Aunque diez de los diputados
se ausentaron en la votación. Un pronunciamiento unánime contra el acoso
sexual callejero, informa bing.com/news.
Este delito está considerado como "toda conducta con
connotación sexual y con carácter unidireccional, sin que medie el
consentimiento ni aceptación de la persona a la que está dirigida, con
potencial de causar molestia, malestar, intimidación, humillación,
inseguridad, miedo y ofensa, que proviene generalmente de una persona
desconocida para quien la recibe y que tiene lugar en espacios públicos o
de acceso público", señaló la declaración del órgano unicameral sobre
el que recae el poder legislativo en este país.
La aprobación de la iniciativa, que fue impulsada por varios partidos
políticos, fue celebrada por la ministra de la condición de la mujer,
Patricia Mora.
“Las mujeres tienen derecho a caminar en libertad y sin miedo. La
ciudad también es de las mujeres. Pero mientras avanzamos hacia el
cambio cultural, hasta conseguir que la sociedad desnaturalice el acoso
sexual callejero, el Estado debe asegurar el acceso de las mujeres a la
justicia”, declaró la funcionaria, en un comunicado difundido en sus
redes sociales.
¿Cómo serán aplicadas las sanciones con la nueva ley?
Para la entrada en vigor de la ley sólo falta la ratificación por
parte del presidente del país, Carlos Alvarado, quien ya mostró su
respaldo a través de sus redes sociales.
"Hoy la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate el proyecto de
Ley contra el Acoso Sexual Callejero. Agradezco al Congreso y a todas
las mujeres que trabajaron para hacer posible esta iniciativa, que
pronto será ley y contribuirá a construir una sociedad más respetuosa",
expresó el mandatario.
La norma impone penas de entre un año y año y medio de cárcel contra
aquella persona que tome fotos o videos de otra persona en sitios
públicos, sin su consentimiento, y con connotación sexual.
La sanción aumenta a dos años de prisión si el material es compartido o distribuido a otras personas.
Para quienes muestren sus genitales en lugares públicos, la pena será de seis meses en prisión.
Quien persiga o acorrale a alguien con intenciones sexuales enfrentará entre 8 meses y un año de cárcel.
La masturbación en sitios públicos se expone a penas de cárcel de hasta un año o sanciones económicas.
Y quien use palabras, ruidos, gemidos, silbidos o ademanes hacia otra
persona, con fines sexuales, deberá pagar una multa. Aunque el valor
aún no ha sido revelado.
Las autoridades pertinentes contemplarán agravantes contra los
acusados, en caso de que la víctima sea menor de edad, persona de la
tercera edad, en condición de discapacidad, o si el agresor es
reincidente.
"El acoso sexual callejero no es inofensivo, es violencia contra las
mujeres y sus cuerpos y ya no podemos seguir justificando, naturalizando
ni minimizando esta conducta machista y cotidiana", señaló la ministra
Mora.
El Instituto Nacional de las Mujeres, Inamu, destacó que esta ley es
un avance fundamental para reducir la alta impunidad que existe frente a
esta forma de violencia que sufren a diario las mujeres de todas las
edades.
Foto: Archivo AmecoPress. La diputada Nilsen Pérez presidenta de la Comisión de la Mujer del Congreso.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario