Las iniciativas de reforma laboral que se analizan en la Cámara de Diputados establecen que las dirigencias sindicales se integrarán con base en una proporción en razón de género, es decir, deberán contar con una representación de mujeres. Sin embargo, en algunas de las disposiciones que plantea la reforma, deja a la interpretación del gremio los cambios al interior de cada sindicato.
De acuerdo con el blog de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, la propuesta de reforma laboral presentada por la bancada de Morena en San Lázaro tendrá un impacto directo en beneficio de los derechos de la mujer, ya que establece que las trabajadoras víctimas de discriminación por embarazo o de trata laboral, quedarán exentas de agotar las instancias conciliatorias para no exponerlas a una revictimización y facilitar sus procesos.
Señala que habrá una integración proporcional por razón de género en las mesas directivas de los sindicatos para contar con una mayor presencia de mujeres en la toma de decisiones, aunque no especifica si dicha proporción representa 50 por ciento, o se definirá con base en el porcentaje de mujeres que trabajan en dicha empresa.
En la integración de las directivas sindicales se establecerá la representación proporcional en razón de género, indica el apartado IX Bis del artículo 371 en la propuesta de reforma laboral que presentó Morena.
En el apartado de estadísticas del sitio web de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social se enlistas los líderes sindicales de mil 181 gremios. De ellos, apenas poco más de 50 están encabezados por mujeres. Además, de las federaciones y confederaciones sindicales más grandes del país, ninguna es dirigida por una mujer, y en su mayoría sólo ocupan cargos de la comisión o secretaría de equidad de género de la agrupación.
Otro de los cambios establecidos en la propuesta busca acabar con los líderes vitalicios en los sindicatos, ya que señala que será facultad de la asamblea decidir me-diante voto personal, libre y secreto el periodo de duración y el número de veces en que se pueden relegir los dirigentes sindicales.
No obstante, no acota que los mismos sindicatos avalen múltiples periodos de relección o lineamientos generales para que un ex secretario general pueda volver a contender por la dirigencia sindical después de un periodo.
Ninguna de las cuatro iniciativas presentadas en la Cámara de Diputados (dos de Morena, una del PRI y una de Encuentro Social) incluye modificaciones enfocadas a garantizar la inclusión de jóvenes en la vida sindical, a pesar de que en el país la población ocupada de entre 20 a 29 años de edad representa 22 por ciento del total.
Néstor Jiménez
Periódico La Jornada
Martes 19 de marzo de 2019, p. 14
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