Ciudad de México. La Comisión Permanente del
Congreso de la Unión pidió a la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos (CNDH) ejercer su facultad de impugnar, ante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN), la constitucionalidad de las reformas que
restringen el acceso a la educación en salud sexual y reproductiva.
En la sesión de este 5 de agosto, el Congreso rechazó las reformas
promovidas en las entidades federativas conocidas como Pin Parental, por
considerarlas violatorias de los Derechos Humanos de niñas, niños y
adolescentes, y exhortó a las 32 legislaturas locales a respetar el
derecho a la educación laica, científica, equitativa, inclusiva,
intercultural e integral.
A la fecha, sólo en Aguascalientes el Legislativo aprobó reformar su
Ley de Educación para establecer que la autoridad educativa estatal debe
dar a conocer previamente a los padres de familia los contenidos sobre
“moralidad, sexualidad y valores” a fin de que puedan determinar si sus
hijas e hijos pueden o no asistir a las actividades donde se impartan
estos temas.
La reforma fue publicada el 25 de mayo de 2020, mediante el decreto
N.341, pero en este caso la Comisión de Derechos Humanos de
Aguascalientes promovió una acción de inconstitucionalidad. La CNDH no
se ha pronunciado sobre el llamado del Congreso de la Unión.
En los estados de Querétaro, Ciudad de México, Baja California,
Veracruz, Morelos, Chihuahua y Guanajuato, los diputados, principalmente
del Partido Encuentro Social, han planteado reformas semejantes.
El punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente recuerda, que
como la expresó públicamente la Secretaría de Gobernación en julio
pasado, el artículo tercero constitucional establece que los planes y
programas de estudio deben tener perspectiva de género y una orientación
integral, por lo que de debe incluir el conocimiento de las ciencias y
humanidades, promoviendo estilos de vida saludables, incluida la
educación sexual y reproductiva.
Asimismo, al hacer un análisis de la legislación vigente en el país,
la Comisión Permanente determinó que la la Ley General de educación
señala que le corresponde al Estado la rectoría de la educación y que la
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que dice que
se debe salvaguardar su interés superior.
Las y los diputados consideraron desafortunado que en algunas
entidades federativas se presenten iniciativas con estas modificaciones
para limitar la enseñanza de contenidos educativos, aduciendo
convicciones de carácter ético o moral de los padres de familia,
desconociendo que la educación sexual resulta ser un derecho
fundamental.
Esta semana organizaciones feministas de Chihuahua iniciaron acciones
como manifestaciones en el Congreso estatal y conversatorios virtuales
para evidenciar que la falta de educación en sexualidad provocaría
desconocimiento de medidas de prevención de la violencia de género,
transmisión de enfermedades, embarazos adolescentes o uso de métodos
anticonceptivos, entre otros.
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