#SupremaCorte
La
Suprema Corte se pronuncia a favor de que las declaraciones
patrimoniales de los servidores públicos sigan en el limbo de la
opacidad
Las
declaraciones patrimoniales de los servidores públicos no serán
transparentes. Permanecerán sanas y salvas, a la sombra de la
confidencialidad.
Ayer ocho de 11 ministros la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votaron en contra de la sentencia que pretendía declarar como inconstitucional el párrafo tercero del artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Ahí se especifica que “la publicitación de la información relativa a la situación patrimonial, se hará siempre y cuando se cuente con la autorización previa y específica del servidor público”.
De este modo, los funcionarios de todos los niveles siguen siendo quienes deciden si dan a conocer o no los datos del patrimonio que cada año declaran ante la Secretaría de la Función Pública.
Este jueves el Pleno del Máximo Tribunal además negó otorgar el amparo 599/2012 al Centro de Análisis e Investigación Fundar.
En julio de 2011 este organismo solicitó a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) tener acceso a las versiones públicas de las declaraciones patrimoniales de los 500 diputados federales de la LXI Legislatura.
En un primer momento esta petición fue negada por el Comité Resolutor de Recursos de Revisión de la ASF. Con seis votos a favor y cinco en contra cinco, la Corte determinó ayer desechar el proyecto de Fundar arguyendo que la confidencialidad de los datos personales de los servidores públicos está garantizada por el artículo 16 constitucional.
De haber prosperado tal amparo, se habría logrado transparentar información referente a ingresos por salario, ingresos por actividades empresariales, inversiones financieras, donaciones o deudas de los servidores públicos. También se habría podido tener acceso a datos sobre inmuebles, vehículos u otros bienes muebles, así como especificaciones sobre menajes como joyas, obras de arte, entre otras.
El ministro José Ramón Cosío argumentó que “los servidores públicos tienen un umbral de protección de sus datos personales distinto al del resto de las personas en razón del ejercicio de la función que realizan”. Y consideró que no toda la información que entregan contiene datos personales, por lo tanto no es confidencial.
No obstante, al respaldar otros ministros la redacción y vigencia de la norma impugnada la opacidad se abrió paso. A discreción de los servidores públicos seguirá el que den a conocer o no los detalles de su patrimonio.
Fundar proseguirá con su causa
Pese al fallo en contra, Fundar sigue sosteniendo que los datos que proveen las declaraciones patrimoniales abonan a la transparencia y la rendición de cuentas. Que sirven para detectar y prevenir actos de corrupción, como el enriquecimiento ilícito. Ahí están los casos de Andrés Granier y Elba Esther Gordillo, por mencionar solo dos recientes y polémicos casos.
Los investigadores de este centro reiteran que contar con acceso público a la información patrimonial de los responsables implica la posibilidad de conocer variaciones anómalas en el patrimonio, contar con los elementos para evaluar las decisiones públicas y definir si existen conflictos de interés en la función pública.
Guillermo Ávila, asesor del área de Transparencia y Rendición de Cuentas de Fundar, dice que el centro donde labora seguirá adelante con su proyecto de hacer transparentes las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos.
Refiere que los cinco votos de los ministros que se pronunciaron a favor del acceso a la información; es decir, que se entregaran las declaraciones en sus versiones públicas.
Ávila dice que incluso los ministros que estuvieron en contra del proyecto reconocieron que la iniciativa para acceder a esta información sirve al combate de la corrupción, el óptimo desempeño de los funcionarios y sobre todo “para regenerar, reconstruir la confianza de la ciudadanía en las instituciones públicas”.
El investigador comenta que ahora Fundar se aproximará al Poder Legislativo. Buscarán que éste impulse una iniciativa que, respetando los datos personales y sin poner en riesgo la integridad de los funcionarios públicos, se pueda avanzar en el tema de la transparencia.
Las responsabilidades y obligaciones que tienen con sus gobernados ameritan, en su opinión, que sus informaciones patrimoniales puedan ser accesibles a cualquier ciudadano.
“No es un tema fácil, en el pleno se ponderó mucho la protección de los datos personales, es un tema incómodo pero tiene que trascenderse en aras de la confianza ciudadana”, asegura a Reporte Indigo.
Los ministros y su voto en el amparo a Fundar
A favor:
José Ramón Cossío
Juan Silva Meza
Sergio Valls
En contra:
Jorge Pardo Rebolledo
Luis Aguilar Morales
Beatriz Luna Ramos
Alberto Pérez Dayan
Alfredo Gutiérrez Mena
José Franco Gónzalez Salas
Postura intermedia:
Olga Sánchez Cordero
Arturo Zaldívar
Ayer ocho de 11 ministros la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votaron en contra de la sentencia que pretendía declarar como inconstitucional el párrafo tercero del artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Ahí se especifica que “la publicitación de la información relativa a la situación patrimonial, se hará siempre y cuando se cuente con la autorización previa y específica del servidor público”.
De este modo, los funcionarios de todos los niveles siguen siendo quienes deciden si dan a conocer o no los datos del patrimonio que cada año declaran ante la Secretaría de la Función Pública.
Este jueves el Pleno del Máximo Tribunal además negó otorgar el amparo 599/2012 al Centro de Análisis e Investigación Fundar.
En julio de 2011 este organismo solicitó a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) tener acceso a las versiones públicas de las declaraciones patrimoniales de los 500 diputados federales de la LXI Legislatura.
En un primer momento esta petición fue negada por el Comité Resolutor de Recursos de Revisión de la ASF. Con seis votos a favor y cinco en contra cinco, la Corte determinó ayer desechar el proyecto de Fundar arguyendo que la confidencialidad de los datos personales de los servidores públicos está garantizada por el artículo 16 constitucional.
De haber prosperado tal amparo, se habría logrado transparentar información referente a ingresos por salario, ingresos por actividades empresariales, inversiones financieras, donaciones o deudas de los servidores públicos. También se habría podido tener acceso a datos sobre inmuebles, vehículos u otros bienes muebles, así como especificaciones sobre menajes como joyas, obras de arte, entre otras.
El ministro José Ramón Cosío argumentó que “los servidores públicos tienen un umbral de protección de sus datos personales distinto al del resto de las personas en razón del ejercicio de la función que realizan”. Y consideró que no toda la información que entregan contiene datos personales, por lo tanto no es confidencial.
No obstante, al respaldar otros ministros la redacción y vigencia de la norma impugnada la opacidad se abrió paso. A discreción de los servidores públicos seguirá el que den a conocer o no los detalles de su patrimonio.
Fundar proseguirá con su causa
Pese al fallo en contra, Fundar sigue sosteniendo que los datos que proveen las declaraciones patrimoniales abonan a la transparencia y la rendición de cuentas. Que sirven para detectar y prevenir actos de corrupción, como el enriquecimiento ilícito. Ahí están los casos de Andrés Granier y Elba Esther Gordillo, por mencionar solo dos recientes y polémicos casos.
Los investigadores de este centro reiteran que contar con acceso público a la información patrimonial de los responsables implica la posibilidad de conocer variaciones anómalas en el patrimonio, contar con los elementos para evaluar las decisiones públicas y definir si existen conflictos de interés en la función pública.
Guillermo Ávila, asesor del área de Transparencia y Rendición de Cuentas de Fundar, dice que el centro donde labora seguirá adelante con su proyecto de hacer transparentes las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos.
Refiere que los cinco votos de los ministros que se pronunciaron a favor del acceso a la información; es decir, que se entregaran las declaraciones en sus versiones públicas.
Ávila dice que incluso los ministros que estuvieron en contra del proyecto reconocieron que la iniciativa para acceder a esta información sirve al combate de la corrupción, el óptimo desempeño de los funcionarios y sobre todo “para regenerar, reconstruir la confianza de la ciudadanía en las instituciones públicas”.
El investigador comenta que ahora Fundar se aproximará al Poder Legislativo. Buscarán que éste impulse una iniciativa que, respetando los datos personales y sin poner en riesgo la integridad de los funcionarios públicos, se pueda avanzar en el tema de la transparencia.
Las responsabilidades y obligaciones que tienen con sus gobernados ameritan, en su opinión, que sus informaciones patrimoniales puedan ser accesibles a cualquier ciudadano.
“No es un tema fácil, en el pleno se ponderó mucho la protección de los datos personales, es un tema incómodo pero tiene que trascenderse en aras de la confianza ciudadana”, asegura a Reporte Indigo.
Los ministros y su voto en el amparo a Fundar
A favor:
José Ramón Cossío
Juan Silva Meza
Sergio Valls
En contra:
Jorge Pardo Rebolledo
Luis Aguilar Morales
Beatriz Luna Ramos
Alberto Pérez Dayan
Alfredo Gutiérrez Mena
José Franco Gónzalez Salas
Postura intermedia:
Olga Sánchez Cordero
Arturo Zaldívar
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