Con la designación de Eduardo Medina Mora en la Suprema Corte será aceptar que esta instancia, como hace muchos años, carece de autonomía propia.
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La
designación de Eduardo Medina Mora como ministro de la Suprema Corte de
Justicia es la peor desvergüenza de este régimen. Con ese acto se acaba
la careta de una institución imparcial, para ser el reducto de los
amigos del presidente.
Se acabó con esta designación, con aquel viejo principio de
Montesquieu de los contrapesos y división de Poderes que nuestra
Constitución Política retomó en su artículo 49 al señalar idílicamente
que:
“No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona”.
Es sin ambages, el poder del presidente como ente supremo de todos
los Poderes de la Unión para enfrentar, contra quien sea, los tiempos
de las reformas estructurales. Una dictadura con máscara republicana
para imponer legalmente y judicialmente, desde el centro, las
decisiones de un solo hombre.
Una especie de monarquía moderna en la que las decisiones del
soberano son y serán la última palabra, más allá de los derechos de la
sociedad.
Las reformas estructurales representan en esencia un nuevo modelo de
país que se caracteriza por el desconocimiento de los derechos humanos
y la apertura total del capital extranjero. Para ello contar con jueces
alfeñiques subordinados al presidente de la República, en una instancia
que debe ser imparcial por naturaleza, es la mejor de las noticias para
los intereses mezquinos de la usura y la ganancia desmedida.
Los ministros de la Corte son a final de cuentas los jueces del
presidente en turno, ya que a diferencia de los otros Poderes de la
Unión, son parte de una propuesta (léase imposición) del Ejecutivo
federal. El artículo 96 constitucional le da esa facultad al presidente
no renunciable ni delegable.
Si en la primera propuesta de la terna presidencial turnada al
Senado se le rechazara, el presidente podrá proponer otra terna a la
Cámara Alta. Si este órgano legislativo impugnara la propuesta por
segunda vez, el Ejecutivo tiene la facultad de imponerlo libremente sin
necesidad de votación alguna.
A diferencia del presidente de la República, senadores y diputados
que son designados por votación popular (léase compra de votos), los
ministros de la Corte son elegidos por capricho presidencial con la
simulación de una terna.
Esto da como resultado que la división de Poderes sea una farsa; que
si el partido en el poder tiene mayoría legislativa, (en este caso las
2 terceras partes) tiene asegurado el control del Poder Judicial, para
que el Ejecutivo opere sin problemas.
Ello explica porque los decretos presidenciales cuestionados en
amparos ciudadanos se resuelven más por criterios políticos que
jurídicos. En este modelo, en asuntos fundamentales, el presidente en
turno en las resoluciones de la Corte, siempre tiene la razón y no es
cuestionado de cometer violaciones a los derechos humanos.
Para que no hubiera tanto cinismo ni reclamo social sería
conveniente agregar expresamente a los requisitos para ser ministros de
la Corte ser amigo (incondicional) del presidente.
El artículo 95 constitucional exige para ser ministro, ser mexicano
por nacimiento, tener más de 35 años de edad, tener título de
licenciado en derecho con por lo menos 10 años de antigüedad, gozar de
buena reputación y no haber sido condenado a delito que amerite por lo
menos a un año de prisión, tener una residencia en el país de por lo
menos dos años anteriores al día de la designación y no haber ocupado
el cargo de Secretario de Estado, Fiscal General de la República,
senador, diputado, gobernador o jefe de gobierno del DF durante el año
previo a su nombramiento.
Con la designación de Eduardo Medina Mora en la Suprema Corte de
Justicia será aceptar que esta instancia, como hace muchos años, carece
de autonomía propia. Que es un apéndice de la voluntad del habitante
principal de los Pinos.
Será echar por tierra el juicio de amparo, creado como contrapeso de
los actos de toda autoridad. El nuevo ministro ocupará la estratégica
vacante en la Segunda Sala que atiende asuntos en materia
administrativa y laboral, además de ser integrante del pleno de la
Corte que revisa, entre otros aspectos, acciones de
inconstitucionalidad, controversias constitucionales, destitución de
funcionarios por incumplimiento de sentencias, jurisprudencias y
declaratoria general de inconstitucionalidad.
La llamada “justicia” estará en buenas manos para satisfacción
presidencial, pero no para la sociedad que requiere de una Corte
imparcial para protegerse de actos arbitrarios de la autoridad.
Son estos actos impositivos, el reflejo de la soberbia de un
gobierno ensoberbecido que se apura a controlar sin disimulo la
instancia máxima de justicia para legitimar día a día la entrega de la
soberanía nacional. Es repugnante.
Correo: mfuentesmz@yahoo.com.mx twitter: @Manuel_FuentesM
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