Monedero
Por: Carmen R. Ponce Meléndez*
En
la renegociación del Tratado de Libre Comercio el tema más humillante
es el apartado laboral y las enormes diferencias salariales entre los
tres países que lo conforman.
En Canadá el Salario Mínimo por día es 1 mil 672 pesos, para Estados Unidos 1 mil 102, pero para México sólo 88.36 pesos.
En esta comparación es más que evidente que las y los trabajadores de
México son los que tienen los salarios más bajos. Un salario
insignificante e insuficiente para todas las personas que viven de un
ingreso fijo. Debido a la desigualdad de género de las mujeres
trabajadoras, éstas tienen un salario todavía menor y se está provocando
una grave situación de violencia y pobreza, a nivel nacional.
Como se aprecia en la gráfica, la evolución de los salarios femeninos
(más de 5 salarios mínimos), es decreciente. Se tomaron las cifras de
la Ciudad de México porque es un mercado laboral más feminizado; aquí
están los salarios más altos y porque esto releva cómo ha decrecido la
participación de las mujeres en los mandos medios y superiores, tanto en
el Gobierno Federal como en la Iniciativa Privada.
Conforme a la información generada por la Organización Internacional
del Trabajo (OIT), en los últimos diez años (2005-2015) el salario
promedio real mensual cayó 12 por ciento, la peor evolución para un país
de la región Latinoamericana en ese período.
Adicionalmente, el reporte de ese organismo internacional menciona
que en términos generales, los ajustes de los salarios reales regionales
guardaron relación con la productividad. Sin embargo, en los países de
América Central y México los ajustes salariales fueron menores a los
observados en la productividad.
Pero en el discurso oficial –sobre todo de las autoridades laborales-
se afirma que los salarios del país no aumentan porque no crece la
productividad, cosa que es totalmente falsa.
En 2005, un millón 241 mil mujeres ganaban más de 5 Salarios Mínimos.
Para 2017 el número de trabajadoras con este nivel de ingreso (más de
12 mil pesos), se redujo a 731 mil 666, una caída de 69.6 por ciento
(ver gráfica). Desde luego esto implica un acelerado empobrecimiento de
las mujeres y confirma los datos de la OIT y del Acuerdo Laboral del
TLCAN.
En este escenario, el 7 de diciembre de 2017, el gobierno federal
formuló una propuesta laboral que prácticamente arrasa con los derechos
laborales, pero que también afecta al salario en forma muy importante.
Esta iniciativa de Ley Reglamentaria de la Reforma Laboral en materia
de justicia, fue presentada por los senadores del Partido
Revolucionario Institucional (PRI), Isaías González Cuevas y Tereso
Medina; dirigentes de la Confederación Revolucionaria de Obreros y
Campesinos (CROC) y de la Confederación de Trabajadores de México (CTM).
La realizó la Secretaría del Trabajo con su entonces Secretario
Alfonso Navarrete, en lo oscurito y sin consultar a los Sindicatos
Independientes. La consulta se redujo a algunos abogados empresariales,
que los hay. Y por supuesto se consultó a los sindicatos empresariales
más importantes.
Principales características de esta reforma y su impacto en las trabajadoras:
- Inestabilidad laboral
- Derechos laborales: seguridad social
- Riesgos de trabajo
- Derecho de libertad sindical y negociación colectiva
- Violencia laboral . Imposibilidad de Denuncia y su impacto.
- La desprotección jurídica y las cifras del silencio ante la violencia laboral
Si en la contrarreforma laboral de 2012 medianamente se contuvo
–por lo menos formalmente- la subcontratación, outsourcing o
terciarización; que elimina los derechos laborales de las trabajadoras
como la seguridad social, ahora con esta “nueva” propuesta, se le da
carta libre a la subcontratación y ya nadie tendrá seguridad social ni
derechos laborales.
Datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) al
tercer trimestre de 2017 muestran que prácticamente 44 por ciento de las
trabajadoras subordinadas y remuneradas (con patrón), no cuentan con
acceso a los servicios de salud; uno de los efectos más nocivos de la
carencia de derechos laborales. En estas condiciones una iniciativa
laboral como la que se pretende aprobar en este mes sería desastrosa
para la salud de las trabajadoras y de sus familias.
Otro efecto muy negativo de la subcontratación es que prácticamente
representa un cáncer para los Sindicatos y los contratos colectivos
porque los elimina.
También fortalece los Contratos de Protección o sindicatos fantasmas
que permiten y han permitido mantener los salarios tan bajos como están
actualmente. Al respecto la mayor central sindical de Estados Unidos y
la Unión Central de Trabajadores interpusieron una queja en contra de
México
El contrato de protección, advirtieron, es un "contrato colectivo de
trabajo" firmado entre un empleador y un sindicato dominado por el
patrón sin la participación, o incluso sin el conocimiento de los
trabajadores a los que el sindicato supuestamente representa.
El abogado laborista Manuel Fuentes, publicó en La Silla Rota el 31
de enero, la forma en que reduce el salario (todavía más) esta
contrarreforma empresarial al desaparecer el concepto de Salario, ya que
pretende que las indemnizaciones previstas en la Ley Federal del
Trabajo (LFT), se paguen en cantidades calculadas en la Unidad de Medida
y Actualización (U.M.A.), que es menor al Salario Mínimo vigente.
Implica que las trabajadoras recibirían aproximadamente 9.05 por
ciento menos y en los casos de salario integrado la afectación podría
llegar hasta 50 por ciento. Todo un desastre para la economía de las
trabajadoras y también para el país.
Ante esta “avanzada” de la derecha contra las y los trabajadores, el
Sindicalismo Independiente se plantea recurrir a las instancias
internacionales para interponer una queja de agravio a los más
elementales derechos laborales y Derechos Humanos en defensa de la
supervivencia sindical, económica, e incluso física de las personas
trabajadoras.
* Economista especializada en temas de género
twitter @ramonaponce
CIMACFoto: César Martínez López
Cimacnoticias | Ciudad de México.-
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