3/02/2017

Recurso a las fuerzas armadas, sólo por excepción



La Jornada 
El secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, señaló ayer que el gobierno del que forma parte está interesado en la aprobación de una ley de seguridad interior que no otorgue a las fuerzas armadas funciones de policía, que ese instrumento legal no debe dar margen a la militarización del país ni al uso de las instituciones castrenses en la represión de movimientos sociales, y que la actuación de soldados, marinos y policías federales en tareas de seguridad pública debe ser temporal y constreñirse a circunstancias excepcionales.
Tales consideraciones resultan pertinentes y oportunas por cuanto permitirían poner un piso común para el debate en torno a los criterios que deben plantearse para autorizar la presencia de los militares en las calles, la cual es, hoy en día, una situación legalmente anómala que se ha extendido durante más de una década sin que los mandos civiles hayan sido capaces de imprimirle un objetivo claro y un rumbo definido. En ese tiempo, en cambio, esa estrategia gubernamental ha sido contraproducente en varios aspectos, especialmente en materia de derechos humanos, en la erosión institucional a la que han sido sometidas las propias fuerzas armadas y en el abandono de la tarea –que debiera ser impostergable– de sanear y restructurar a las corporaciones policiales de los tres niveles de gobierno.
En tales circunstancias cabe esperar que el Congreso de la Unión sea capaz de redactar una propuesta de ley que especifique con toda claridad la excepcionalidad en el recurso a las fuerzas armadas ante crisis de seguridad interior, lo que exige, a su vez, delimitar con toda precisión ese concepto, así como los mecanismos, las salvaguardas y los contrapesos para aplicarlo.
Sería saludable, por ejemplo, que el llamado a los militares a salir a las calles no quedara únicamente sometido al arbitrio del Ejecutivo, sino que requiriera de una suerte de aprobación previa por el Legislativo.
Es necesario, asimismo, garantizar que los uniformados no participen por ningún motivo en actos represivos contra movimientos sociales y políticos, y que su actuación se ciña escrupulosamente al marco legal en materia de derechos humanos y libertades de expresión, asociación y tránsito.
Por otra parte, es deseable que el proceso legislativo no se proponga plantear una mera salida a la actual coyuntura, sino que tenga un horizonte más amplio y sea capaz de prefigurar todos los escenarios de aplicación posibles. En otros términos, la aprobación y promulgación de una ley de seguridad interior no es, en rigor, indispensable para resolver el empantanamiento de la estrategia de seguridad pública que padece el país. Para ello es ineludible, en cambio, un esfuerzo de voluntad política para emprender con el sentido de urgencia que el problema requiere, la moralización y profesionalización de las instituciones policiales, a fin de que éstas estén en condiciones de reasumir plenamente sus tareas con credibilidad y confiabilidad y que las fuerzas armadas puedan estar cuanto antes de vuelta en sus cuarteles.

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