La propuesta que reposa hoy en el senado consiste en modificar el Artículo Quinto Transitorio de la Constitución, el cual permite que las fuerzas castrenses participen en las labores de seguridad pública de nuestro país. Hasta este momento, dicho artículo establece que esta participación militar será vigente sólo hasta el 27 de marzo de 2024. No obstante, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) propuso una serie de reformas para extender el periodo hasta el año 2028.
Dentro del Senado hubo opiniones divididas acerca de esta iniciativa, la cual pasó por la cámara de diputados con 335 votos a favor y 152 votos en contra. La senadora Nancy de la Sierra Arámburo, del PRI, y el senador Germán Martínez Cázares, del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) son algunos de los funcionarios que se han posicionado en contra.
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Ambos argumentan que México está atravesando una crisis en cuestión de derechos humanos, y que una de las raíces de esta crisis se encuentra en las estrategias de seguridad fallidas. Y es que, en medio de dichas estrategias, el ejército Mexicano, la Guardia Nacional y la Marina (por mencionar algunas instituciones militares) han dejado a su paso una serie de violaciones a los derechos de la población civil.
Muestra de ello es que, entre enero de 2012 y julio 2019, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recibió 4 mil 841 quejas por abusos militares perpetrados por las fuerzas armadas. Por su parte, la Guardia Nacional cuenta con al menos 219 quejas en su contra registradas desde su creación en mayo de 2019 hasta agosto de 2020.
Pero desde años anteriores a estos registros, ya había casos que sentaron precedentes importantes sobre los riesgos de militarizar el país. Uno de ellos, el caso de Valentina Rosendo Cantú, representa un antes y un después en el reconocimiento de la violencia militar en México.
El caso Rosendo Cantú: un parteaguas en la justicia por violencia militar
Valentina Rosendo Cantú es una mujer originaria del municipio de Acatepec, en el estado de Guerrero. El 16 de febrero de 2002, cuando tenía 17 años de edad, ocho militares se acercaron a ella mientras se preparaba para lavarse en un arroyo a 200 metros de su hogar.
Los militares (quienes llevaban a un hombre detenido) le preguntaron por “los encapuchados” y comenzaron a interrogarla de mantera intimidatoria apuntándole con un arma y mostrándole una fotografía y una lista de nombres. Ante la negativa de Valentina, el militar que le apuntaba la golpeó en el estómago con el arma y la tiró al suelo. Después, dos de los militares la violentaron sexualmente.
Al igual que en el caso de Ernestina Ascencio Rosario, para Valentina Rosendo Cantú, el acceso a la justicia estuvo plagado de irregularidades por parte de las autoridades mexicanas y también del personal médico que la atendió poco después del ataque perpetrado en su contra.
Primero, el personal de salud pública de la comunidad de Caxitepec se negó a revisarla para evitar problemas con los militares. Después, en el Hospital General de Ayutla de los Libres, le realizaron una revisión incompleta y sólo le diagnosticaron un traumatismo en el abdomen. Por otro lado, su esposo puso una denuncia el día de los hechos frente al delegado municipal de Barranca Bejuco. Esta autoridad se dirigió al presidente municipal de Acatepec para pedir su intervención, la cual, sin embargo, nunca llegó.
Ante la falta de acción de estas autoridades, el 26 de febrero (a diez días de las agresiones), la Organización Independiente de Pueblos Mixtecos y Tlapanecos ayudó a Valentina Rosendo a presentar una queja frente a la CNDH. Por su parte, la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos de Guerrero la acompañó a presentar una denuncia frente al Ministerio Público del Distrito Judicial de Allende, donde no le proporcionaron un intérprete pese a sus dificultades para hablar y entender el español. Tampoco le realizaron una evaluación médica.
Todas estas circunstancias llevaron a Valentina Rosendo Cantú a presentar su caso frente a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en noviembre de 2003. Para marzo de 2009, dicha Comisión acredita la violación contra la mujer indígena Me’phaa y responsabiliza al Estado mexicano de las irregularidades cometidas durante la investigación.
El Estado no actuó a pesar de ello, por lo que, en 2010, el caso de Valentina pasa a manos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esta Corte reiteró la responsabilidad de las autoridades mexicanas y les ordena reabrir el caso, el cual se había archivado en 2004. Finalmente, tras varios años de ejercer presión, el 7 de junio de 2018, la Jueza Federal Iliana Contreras condenó a los responsables de la violación de Valentina Rosendo Cantú a 19 años de prisión.
Este caso sentó un precedente importante para los casos de violencia militar, pues con él, el sistema judicial mexicano se modificó para que los casos de violación de derechos humanos cometidos por miembros del Ejército Mexicano fueran llevados por tribunales civiles. También se aprobaron reformas al Código de Justicia Militar para establecer restricciones al fuero militar en casos de abusos contra civiles.
A pesar de esto, siguen presentándose casos como el de Valentina Rosendo. De acuerdo con Amnistía Internacional, la Guardia Nacional tiene por lo menos tres acusaciones por tortura y dos por desapariciones forzadas, y el Ejército tiene acusaciones de violencia sexual incluso dentro de sus propias filas. Si las reformas al Artículo Quinto Transitorio se aprueban, se corre el riesgo de que estas condiciones sigan perpetrándose y llenando de violencia militar al territorio nacional.
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