2/04/2017

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia


Obligación del Estado, desde hace una década

Hace 10 años, el movimiento feminista hizo alianza con las legisladoras para impulsar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de  Violencia, un proyecto que cambió la mirada de las instituciones sobre la violencia contra las mujeres y que fue aprobado en la Cámara de Diputados en abril de 2006 y ratificado por el Senado en diciembre del mismo año. 
 
Inició así, para el Estado, en 2007, la obligación de aplicar Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) y, para las mujeres, quedó garantizado su derecho a gozar de los beneficios de ese marco legal para enfrentar la violencia de género. Por eso, este mes de febrero las mexicanas celebramos el décimo aniversario de su entrada en vigor.
 
La Ley fue publicada el 1 de febrero de 2007 en el Diario Oficial de la Federación, fecha de arranque para que las instituciones comenzaran con la aplicación de medidas para prevenir y atender a las mujeres que viven distintos tipos y modalidades de violencia, un avance significativo en la defensa de los Derechos Humanos. 
 
Se reconoció así en el país el derecho de las mujeres a vivir sin violencia y al goce, ejercicio y protección de todos sus derechos humanos y libertades, mientras que el Estado está obligado a implementar un Programa Integral y mecanismos para prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres.
 
CAMBIO DE PARADIGMA
 
La LGAMVLV significó un cambio de paradigma, pues aunque se empezaron a crear leyes en América Latina para sancionar la violencia, luego de que los países de la región firmaron en 1994 la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (mejor conocida como Belém do Pará), la mayoría se enfocaron a proteger a la “familia”, bajo la figura de violencia intrafamiliar o doméstica.
 
Luz Patricia Mejía Guerrero, secretaria técnica del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención de Belém do Pará, explica que estas leyes contra la violencia intrafamiliar o doméstica generaron que los países implementaran procesos de mediación para que las mujeres se mantuvieran dentro de la familia.  
 
Las investigaciones, dice Mejía Guerrero, encontraron que persuadir a las mujeres víctimas de violencia a firmar un acuerdo con sus parejas para que ambos se respetaran, era una política que ponía en peligro a las que denunciaban e incrementaba la violencia, lo que provocaba desconfianza en el sistema de administración de justicia.
 
Tras estos hallazgos, los países de la región se encaminaron a implementar acciones de prevención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres. Y en esta lógica, el movimiento feminista de México y legisladoras impulsaron el proyecto de ley que reconocía el derecho de esta población a vivir una vida libre de violencia.
 
AVANCES
 
Entre las impulsoras de la Ley General de Acceso estuvieron la priista Diva Hadamira Gastélum Bajo, entonces presidenta de la Comisión de Equidad y Género; la antropóloga y legisladora perredista, Marcela Lagarde y de los Ríos, presidenta de la Comisión Especial de Feminicidio; y la también perredista Angélica de la Peña Gómez, presidenta de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familia.
 
La antropóloga feminista Marcela Lagarde, quien llegó a la Cámara de Diputados con el objetivo de tipificar el delito de feminicidio, lo que no pudo concretar en ese momento, coordinó la Investigación Diagnóstica sobre la Violencia Feminicida en la República Mexicana, la cual concluyó que cuatro mujeres eran asesinadas al día. Esos fueron argumentos suficientes para crear esta ley.
 
La propuesta de norma fue criticada porque estaba dirigida sólo a las mujeres, pero cuando se aprobó, dice la feminista, rompió esquemas, fue una ley transgresora y vanguardista porque colocó a las mexicanas como sujetas y porque en el fondo colocó la misoginia y el patriarcado como fundamentos. Se logró acreditar el feminismo, sostiene Lagarde.
 
Las legisladoras consiguieron que en la ley se reconociera el derecho de las mujeres a que se respete su integridad física, psíquica y moral, que se crearan mecanismos innovadores como las órdenes de protección para brindar seguridad a mujeres en situación de violencia y la Alerta de Violencia de Género (AVG) para implementar acciones de protección en un territorio determinado.
 
La actual senadora perredista Angélica de la Peña destaca que esta ley sacó el problema de la violencia del ámbito privado y lo llevó a lo público; se redactó con base en la Convención Belém do Pará, y señaló tipos y modalidades de la violencia que constituye una violación a todos los Derechos Humanos de las mujeres, lo que  causa la desigualdad de género.
 
“El balance que hacemos es que si bien hay situaciones que afectan los derechos culturales, sociales o los derechos políticos de las mujeres, la violencia contra las mujeres afecta todos los derechos”, dice De la Peña.
 
Uno de los avances que enumeró es que, posterior a la promulgación de la norma, se hizo una revisión de Códigos Penales y Civiles y se incidió en la reforma de muchos preceptos que discriminaban a las mujeres.
 
Una década después de esta ley, la ex diputada federal Martha Lucía Mícher Camarena, quien también participó en este proceso, asegura que la ley fue un avance, una norma revolucionaria y un éxito del feminismo y de legisladores que, no siendo feministas, se convencieron de que existía un problema a atender.
 
Malú Micher, como se le conoce, dice que esta ley incorporó temas que rompían los esquemas de las propias legisladoras, de académicas y medios de comunicación, fue de avanzada, dice. 
 
Además, asegura que este tema es importante, porque las leyes son un marco jurídico que ayuda, pues si no se invoca una ley es muy complicado defender los Derechos Humanos de las mujeres.
 
Desde la visión de las instituciones, la titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), que depende de la Secretaría de Gobernación (Segob), Alejandra Negrete Morayta, esta ley era absolutamente necesaria e insoslayable, y dio respuesta a una exigencia histórica, visibilizó tipos y modalidades de la violencia, otorgó una protección diferenciada a las mujeres y estableció las bases adecuadas para la coordinación de los tres niveles de gobierno en materia de violencia contra las mujeres.
 
Al hacer un repaso de esta década, la Comisionada precisa que no se puede hacer un balance en blanco y negro, pero reconoce que aún ocurren casos de violencia contra las mujeres por la falta de implementación adecuada de las obligaciones estatales, sobre todo a nivel local y municipal. Por ejemplo, la falta de acceso adecuado a la justicia, de políticas de prevención, violencia institucional, falta de medidas de protección, de sanción y de un trabajo integral con los agresores, entre otras.
 
El problema que enfrentamos, expone la Comisionada, es de la mayor complejidad, pues, pese a su gravedad, había permanecido invisible y aceptado. Por ello, dice que el trabajo realizado a partir de la ley se medirá en el mediano y largo plazo, pues la conciencia de corresponsabilidad absoluta de todas y todos, y el cambio de estructuras sociales con décadas de arraigo, requieren de mucho trabajo.
 
RETOS
 
Para Malú Micher, “sigue habiendo ceguera de género en los gobiernos”, pese a que después de la ley, en 2012 se tipificó el delito de feminicidio en el Código Penal Federal, en 2013, la Suprema Corte creó el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género; desde 2008 la Cámara de Diputados aprobó un presupuesto etiquetado para la igualdad y se han creado protocolos para investigar estos delitos. 
 
Es por ello que Micher Camarena propuso una amplia reforma a la Ley para que se nombre la violencia obstétrica, cibernética, económica, política; se cambien los tiempos de las órdenes de protección y se explique el procedimiento para decretar la Alerta. Sin embargo, no fue aprobada. 
 
Angélica de la Peña Gómez también considera que aún quedan pendientes por revisar, sobre todo en los ámbitos local y municipal. Por ejemplo, la creación de un Diagnóstico Nacional para conocer las causas de la violencia contra las mujeres y la implementación del Banco Nacional de Violencias contra las Mujeres, que se ordena en la ley.
 
Para la legisladora, es importante que dos obligaciones se pongan en marcha y ahí derivarían políticas públicas y acciones gubernamentales para poder lograr realmente una prevención, atención y erradicación de la violencia de género.
 
Respecto a la Alerta de Violencia de Género, De la Peña dice que el reto es “no prejuiciarse” frente a la exigencia de una declaración, sino hacer investigaciones profundas, metodológicas, que esclarezcan cuáles son las causas que derivaron en esa violencia en ese lugar o territorio y establecer acciones para atender el problema.
 
A su vez la coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), María de la Luz Estrada, explica que una vez que la Ley General de Acceso entró en vigor, los estados estuvieron obligados a adoptar sus propias leyes locales con sus respectivos mecanismos de prevención; pero en cada estado se legisló como se quiso y atendiendo a su contexto local.
 
La activistas señala que las organizaciones civiles se han enfocado en dar seguimiento a dos mecanismos: las órdenes de protección y la AVG, donde han visto obstáculos para implementarlos. Por ejemplo, en el caso de la Alerta hay un proceso burocrático para determinar si es necesario decretarla o no.
 
La sociedad civil también ha señalado la deficiencia de tener un  Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, conformado por nueve Secretarías de Estado y dependencias que, al ser un gran sistema, no logran implementar modelos o instrumentos a favor de una vida digna.
 
Además, Estrada destaca que una ley sin recursos no sirve y señala que es necesario que se promueva una reforma a la Ley General de Acceso que agilice y amplié la vigencia de las órdenes de protección, y que modifique el actual proceso para decretar la AVG a fin de que un grupo experto haga la evaluación de la procedencia del mecanismo.
 
Al respecto Marcela Lagarde critica que el movimiento de mujeres sólo se enfoque en exigir la implementación de la alerta y no se vea que esta norma es integral y requiere de una política integral de Estado.
 
Señala, además, que si en 2007 no se aceptó que la inclusión del concepto de feminicidio, hoy es oportunidad de hacerlo. Coincide en la necesidad de incorporar términos que no existen, como violencia política y obstétrica. Pese a esto que le falta, reafirma Lagarde, es una ley maravillosa y en el país “está en construcción la política que contiene esa ley”.
 
CIMACFoto: César Martínez López Por: Anayeli García Martínez Cimacnoticias | Ciudad de México.- 

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