Zelaya forma parte de la Colectiva Amorales, que desde hace varios
años acompaña las denuncias de víctimas de acoso y agresiones por parte
del docente. En el mes de mayo 2019, fueron notificadas de una denuncia
contra dos integrantes de la colectiva, interpuesta por el profesor,
acusándolas de los delitos de “calumnia” y “daños al honor”.
El día 11 de diciembre, una jueza del Tribunal Sexto de Sentencia del
Centro Judicial Isidro Menéndez en San Salvador, absolvió a una acusada
por considerar que no se probó la participación de ella en el delito
mencionado, pero condenó a Zelaya por el delito de “calumnia”.
Las acusadas nunca negaron sus denuncias públicas hacia el profesor,
pero aludieron que fue su respuesta ante la omisiones de autoridades
universitarias para actuar ante casos de acoso y agresiones sexuales. La
defensa citó a tres mujeres víctimas del demandante a dar su
testimonio. Una manifestó haber sufrido tocamientos indebidos en su
cuerpo, en un ensayo privado de teatro. Otra recordó que el profesor le
regaló aretes y le escribía mensajes que la hacían sentirse incómoda. La
tercera, tenía 17 años cuando cursaba el diplomado en teatro, y declaró
que el maestro la citó a un ensayo privado, donde se subió sobre ella y
empezó a quitarle la ropa.
Dos de ellas,
manifestaron que no denunciaron a su profesor en la Universidad de El
Salvador porque no confiaron en las autoridades. Pero la jueza
decidió no tomar en cuenta los testimonios, considerando que no hubo
“elementos para corroborarlos”, además por no existir denuncias
ante la Fiscalía General de la República.
La defensora Bertha Maria Deleón criticó que hubo desigualdad en la
valoración de los testimonios, ya que tampoco hubo manera de corrobar el
testimonio de los testigos de Ricardo Mendoza, pero estos sí se tomaron
en cuenta. Uno de estos testificó haber visto a Lissania Zelaya en dos
de los hechos “calumniosos”.
Además, la jueza consideró que Zelaya tuvo “acciones no propias de
una defensora de derechos”, porque en uno de los videos revisados para
el caso, llama “adefesio” a Mendoza, aún cuando la mujer en el video
usa una máscara y no fue comprobado que era la acusada.
La jueza “decidió
darle más valor a la voz de dos hombres que al testimonio de tres
mujeres que fueron víctimas de Mendoza, incluso cuando una era menor
de edad”, estimó Keyla Cáceres, de la Colectiva Amorales. Lamentó
que la jueza no tomó en cuenta la Ley Especial Integral para una
Vida Libre de Violencia, que en principio prioriza el creerles a las
víctimas.
“Vamos a presentar
el recurso de apelación, es un precedente nefasto, consideramos que
revela como hay siempre discriminación implícita de género cuando
hay que resolvert estos casos por parte de juezas y jueces del país”,
dijo la abogada Deleón. Lamentó que haya sido una mujer que no hizo
un análisis con perspectiva de género.
Varias organizaciones y defensoras de Derechos Humanos, como la
IM-Defensoras y la Red Salvadoreña de Defensoras, mostraron su apoyo
hacia Zelaya, la Colectiva Amorales, y a todas las mujeres que denuncian
violencia y acoso en redes sociales.
Ciudad de México.
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