De acuerdo al marco normativo en nuestro país sobre acceso a la información pública, toda información debe tener como principio la máxima publicidad.
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Aunque
la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en su artículo 47
señala que las sesiones del Instituto Federal de Telecomunicaciones
(IFT) que sus sesiones serán de carácter público, excepto aquellas en
las que se traten temas con información confidencial o reservada, en la
práctica todas sus sesiones, desde su reciente nacimiento han sido a
puerta cerrada.
Si bien de las sesiones existen versiones
estenográficas, no es lo mismo, ya que las sesiones en vivo dan cuenta
de manera más nítida de las posiciones y los argumentos de cada uno de
los comisionados y comisionadas, respecto de temas que son del más alto
interés público, y que sabemos están llenos de escollos por los
intereses que se juegan en ambos sectores de la radiodifusión y las
telecomunicaciones.
Pero también porque sus decisiones impactan
de manera importante el desarrollo del país y el ejercicio de derechos
fundamentales como la libertad de expresión y el derecho a la
información, aunque algunos se nieguen a aceptarlo.
De acuerdo
al marco normativo en nuestro país sobre acceso a la información
pública, toda información debe tener como principio la máxima
publicidad, salvo algunas excepciones relacionadas con la seguridad
nacional, la protección de datos personales e información específica de
procesos judiciales y administrativos que pueden poner en riesgo dichos
procesos, incluso, en la nueva ley en la materia se ampliaron los
sujetos obligados para transparentar su información, aunque sean
particulares, si es que reciben recursos públicos.
El hecho de
que las sesiones sean públicas transparenta la función pública para
evitar la corrupción, para generar el necesario debate público de los
temas de la esfera pública que afectan a nuestra sociedad, así como
para generar las condiciones para una vigilancia ciudadana, así lo
hacen el Instituto Federal Electoral, el Instituto Federal de Acceso a
la Información, la Suprema Corte de Justicia, entre otros. Sin embargo,
el IFT se niega a hacer públicas sus sesiones, ya sea de manera virtual
o presencial, permitiendo la entrada a periodistas y público interesado
en los sectores.
Entendiendo que en algunas ocasiones se tocan
temas de información reservada para no poner en riesgo procesos
delicados que pudieran verse afectados por dar a conocer determinados
datos, o por la protección de personas, lo cierto es que no todas las
sesiones cumplen con esa condición y con antelación el Pleno conoce de
los temas que serán tratados en cada una de las sesiones, o por lo
menos deberían de saberlo; por lo que no es racional, y creo que
tampoco legal, que ese órgano regulador se escude en la posibilidad de
que en cualquier sesión podría surgir algún tema que requiere
confidencialidad para evitar el escrutinio público de sus actuaciones.
Que
el IFT crea que tiene condiciones especiales para evadir su obligación
de transparencia y tener un régimen especial a diferencia del resto de
las instituciones es francamente grave, por lo que habrá que buscar las
salidas legales para que ese instituto cumpla con el derecho que
tenemos los ciudadanos a saber y a estar informados.
Al IFT se
le dio a partir de la Constitución y su consecuente ley secundaria un
nuevo diseño institucional para que tuviera eficacia ampliándosele
facultades, ámbitos de regulación, mayor presupuesto, etcétera, pero
resulta que sus integrantes siguen teniendo las mismas prácticas y
visión que la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones,
repitiendo sus mañas y falencias que tanto daño hicieron.
@callejag
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