El día de hoy como todas las semanas desde el primer ejemplar del periódico Milenio -explica Pablo Gómez-, debió salir publicado mi artículo. Sin embargo, contrario a lo establecido en el convenio verbal original, el director Carlos Marin decidió censurarlo. El artículo se intitula ¡Intocable! y se refiere a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral en el caso López Dóriga vs. PRD. Es lamentable que al tratar de abordar un acto judicial de censura se produzca otra censura periodística.
¡Intocable!
Pablo Gómez
(Artículo censurado por Milenio)
Se ha producido una sentencia del Tribunal Electoral que entra en
los conceptos nada contradictorios de lo cómico y lo patético. El spot
del PRD, cuestionado por López Dóriga, no constituye –según mandato
judicial– ninguna trasgresión a la ley, no obstante el autor (el mismo
PRD) debe ser sancionado con la interrupción de la transmisión del spot
que antes había sido censurado por el INE y vuelto a censurar por la
llamada sala especializada. Hemos visto en la historia de las
ignominias judiciales la condena de inocentes por hechos reales o
inventados pero no habíamos visto la condena por hechos declarados
inexistentes por el mismo juez. El PRD ha sido sancionado con la
“interrupción de la transmisión” de su spot (art. 456 de la ley) pero
la sentencia también sostiene que ese mismo PRD jamás cometió
transgresión alguna. ¿Alguien puede explicar este disparate? Piénsese
que no hubo homicidio pero el asesino ha sido sentenciado. En esta
situación se encuentra el PRD sólo por haber incluido la imagen de
López Dóriga en un spot.
Pero no, ya sabemos que no se trata de López Dóriga (asunto menor)
sino de Televisa (a la cual se le rechazó la misma pretensión
censuradora por exceso de idiotez jurídica y porque no era necesaria
ante la existencia de la queja de López Dóriga, por lo demás
patrocinada y redactada en la misma Televisa), empresa que no tolera
que sus frecuencias sean utilizadas para criticarla.
Ahora bien, estamos ante una confabulación de intereses casi siempre
coincidentes entre el gobierno y Televisa. El spot del PRD criticaba a
Peña, Videgaray y Osorio (así como a la herencia priista en general) y
de paso mencionaba que hay cosas que no han cambiado: el monopolio
informativo de la televisión cuyo incono es López Dóriga, conductor en
pantalla (por el momento) del noticiero estrella del canal de las
estrellas.
En el Tribunal Electoral (siete integrantes) se produjeron tres
votos a favor de que en este caso había un ataque a la honra de López
Dóriga (sin decir, claro, cual es ésta), con lo cual la sentencia tiene
un sustento minoritario. Otros tres dividieron sus opiniones sobre el
asunto pero sin coincidir con el argumento del proyecto aprobado. Otro
más manifestó su disenso completo. Se trata de una sentencia sin
mayoría real pero sostenida por el Tribunal, como tal, con el propósito
de acatar la consigna oficial: López Dóriga es intocable. Bueno, algún
día escucharemos a Azcárraga decir lo contrario, el día en que despida
al conductor estrella del canal ibidem. En realidad no hay reinado del
duque de Velandia (segundo apellido de López Dóriga) sino del verdadero
rey, el dueño del consorcio monopolista, Azcárraga. (Me cuesta seguir
con esto porque siento que alguien me puede censurar pero me arriesgo).
Lo que ha resultado atropellado no es sólo el derecho del PRD, el
cual se atrevió a criticar a Televisa junto a Peña et. al., sino la
libertad de difusión, recién incorporada en el artículo 7 de la
Constitución y ahí declarada inviolable pero que ya se violó. Dice el
tribunal que su sentencia es resarcitoria de un derecho de López Dóriga
pero, si no hubo calumnia en el spot perredista, entonces ¿qué hubo?
Nada, sino algo que molestó al consorcio televisivo en absoluta
convergencia con el gobierno. Por lo pronto, el insigne Poder Judicial
dice que López Dóriga es intocable. Pero, ¿por cuánto tiempo? La
gravedad es la más fuerte de las leyes.
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