Dice a las empresas mineras que pretendan apoderarse “legalmente” de un
terreno que pueden llevar a cabo una “ocupación temporal”.
asillrota.com
Recién
en el mes de marzo la Secretaría de Economía del gobierno federal acaba
de publicar una especie de manual para los dueños de las mineras para
orientarlos, en una especie de ABC, de cómo despojar a los grupos
campesinos de sus tierras ejidales y comunales.*
La Secretaría de Economía que dirige Ildefonso Guajardo Villareal,
con un cinismo decrepitante, considera como un obstáculo para las
actividades extractivas el “fuerte vínculo” que tienen los ejidatarios
con su tierra. Como si fuera un delito la propiedad comunal la defensa
de sus terrenos, atesorados por generaciones de agricultores y que
ahora por unas cuantas monedas y leyes mezquinas se las quieren
arrebatar.
Sin mayor empacho la Secretaría de Economía bautizó su manual: Guía para la ocupación de superficies que en realidad debe llamarse “Guía para el despojo” y
orienta el camino a seguir para lograr el objetivo de realizar: La toma
(el robo) de la tierra por la vía legal. No le pone despojo como título
a su manual de marras, porque las reformas estructurales obsequiaron en
bandeja de oro a extranjeros y a unos cuantos inversores nacionales
mineros todas las riquezas que deseen.
A los campesinos se les quiere nada más como esclavos, no como
dueños de sus terrenos. La propiedad comunal atenta contra el modelo
económico que impulsa este gobierno entreguista y desnacionalizador y
por eso se les quiere despojar de sus tierras a como dé lugar.
En el "manual del despojo" se recomienda como estrategia, un
acercamiento con los grupos campesinos para evitar conflictos mayores
antes y durante la ocupación de la tierra:
“Si la relación con la comunidad se genera desde un principio, la
posibilidad de conflicto o interferencia en la operación minera será
menor”.
En esta guía le señala a las empresas mineras que si el terreno de
su interés es propiedad privada no hay problema “puede comprarla o
arrendarla” con el apoyo civil del Estado donde se localiza el terreno.
Que si el terreno pertenece a un ejido el concesionario minero puede
establecer un acuerdo con la comunidad en el marco de la legislación
agraria.
Les dice a las empresas mineras que pretendan apoderarse
“legalmente” de un terreno que pueden llevar a cabo una “ocupación
temporal” (algo así como 15 o 20 años o más tiempo, para poseerlas a
plenitud, hasta explotarlas, vaciarlas de toda riqueza y luego dejarlas
abandonadas y devastadas como si fueran basura).
Eso sí, le dice al dueño de minas, que no se preocupe, que si hay
oposición de los campesinos para la ocupación de los terrenos deseados:
“…El artículo 19, fracción IV, de la Ley minera actual, confiere al
concesionario el derecho de obtener la expropiación, ocupación temporal
o servidumbre sobre la superficie necesaria para llevar a cabo los
trabajos y actividades de exploración, explotación y procesamiento, así
como para el depósito de los residuos, desechos, escorias y depósitos
de grasas”.
No te preocupes, parece decirle al empresario minero, la ley está de
tu lado, la propiedad comunal ya no es estorbo, ni los campesinos, ni
sus familias, ni sus ocupantes, todos serán desalojados hasta que la
tierra quede devastada.
La “guía de ocupación superficial”, que debe llamarse “guía del
despojo” dice que “las compañías deben llevar a cabo todas las acciones
necesarias (¿hasta la amenaza?) para lograr la aceptación por parte de
las comunidades en las que planean desarrollar sus actividades mineras”.
Les recomienda tener “asesoramiento profesional con el fin de
negociar el acceso a sus respectivos proyectos” ya que debe
considerarse que cada proyecto se encuentra en diferentes lugares y que
“…los usos y costumbres de cada comunidad o región son diferentes”. Es
una especie de manual de guerra elaborado por el propio gobierno contra
los campesinos para el logro de sus objetivos.
Les pide la Secretaría de Economía a las empresas tener la
información catastral del área a ocupar, mapa de las propiedades,
sondeo socioeconómico, contacto con las autoridades de la Procuraduría
Agraria, contratar un notario público (para que de fe de las
resistencias de los grupos campesinos), asignar un responsable de la
compañía, trabajar en el desarrollo de beneficios locales (puede ser un
poco de pintura, escobas y enseres menores para engañar a las
comunidades que la compañía busca el beneficio colectivo, cuando en
realidad es la usura y la explotación a toda costa de sus tierras).
En la “guía del despojo” se manifiestan preocupaciones y se sugieren
estrategias para evitar “sufrir la pretensión de algunos grupos de
interés que van contra el bien común y el bien de la empresa” (se ha de
referir a las afectaciones a la pandilla que gobierna este país y a sus
inversionistas protegidos).
La “guía del despojo” manifiesta que el proyecto se enmarca en un
programa de “Alianzas estratégicas para la promoción y competitividad
del Sector Minero” para dar “mayor certeza y seguridad para la
inversión” evitando “la interferencia” a la operación minera.
Evitar la interferencia de los pueblos por la defensa de sus
tierras, para anular toda resistencia en defensa de la soberanía
nacional, ese es el país que se quiere: sometido. No lo permitamos.
Correo: mfuentesmz@yahoo.com.mx Twitter: @Manuel_FuentesM
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