CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Precedida por una fuerte crítica de organizaciones civiles que la consideran un “atentado contra los derechos de las audiencias” y una “contrarreforma” que resta facultades al regulador autónomo, la Cámara de Diputados aprobó por 288 votos a favor (del PRI, PAN y Partido Verde), 114 en contra (del PRD, Morena y Movimiento Ciudadano) y 18 abstenciones, la reforma a diez artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

En lo particular, el dictamen aprobado el miércoles 5 por la Comisión de Radio y Televisión fue avalado con 208 votos a favor, 192 en contra y nueve abstenciones, ya que algunos diputados de Acción Nacional votaron en contra, a pesar de que la iniciativa fundamental provino del legislador Federico Döring.

Uno de los principales cambios que incorpora esta minuta es una reforma completa a la prohibición absoluta establecida en el artículo 6 constitucional para que los concesionarios de radio y televisión presenten como información lo que es propaganda o publicidad encubierta.
El dictamen elimina la obligación de los concesionarios para distinguir publicidad de información y sólo lo constriñen a la programación infantil.
“Se entenderá que se transmite publicidad o propaganda como información periodística o noticiosa, cuando un concesionario inserta dentro de su programación informativa un análisis o comentario editorial cuyo tiempo de transmisión ha sido contratado por un anunciante, sin que tal circunstancia se haga del conocimiento de la audiencia. En su Código de Ética, los concesionarios señalarán los elementos y prácticas que observarán para prevenir y evitar incurrir en la prohibición a que se refiere esta fracción”, señala el nuevo párrafo de la fracción IV del artículo 256.
Originalmente, este artículo sólo establecía que es obligación de los radiodifusores en materia de derechos de audiencias “que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión que se presenta” (derogada) y “que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa”.
La nueva redacción restringe esta distinción sólo a los programas noticiosos (dejando la posibilidad de hacerlo en programas de entretenimiento o espectáculos) y establece “el principio de autorregulación” de los concesionarios de radio y televisión.
Las reformas a la Ley Televisa Döring, así rebautizada en las redes sociales, también supeditan al defensor de las audiencias a los intereses de los concesionarios de radio y televisión y ya no se ordena que se ajuste a los principios de “imparcialidad e independencia”.
“Los concesionarios designarán libremente al defensor de las audiencias, sin que el instituto (IFT) u otra autoridad tenga facultades para intervenir u opinar de manera previa o posterior a ello”, quedó el nuevo artículo 259.
La reforma deroga las sanciones derivadas de “no cumplir con los lineamientos de carácter general que emita el Instituto (IFT) sobre las obligaciones mínimas para los defensores de las audiencias”, en el artículo 311, y también deroga la atribución de determinar la “suspensión precautoria de transmisiones” (artículo 15 fracción 61).
El dictamen claramente cuestiona los lineamientos generales en materia de defensa de los derechos de las audiencias que emitió el IFT a principios de año y que generó una dura campaña en los espacios editoriales e informativos de Televisa, TV Azteca y de las estaciones de radiodifusión comerciales.
También menciona las dos controversias constitucionales interpuestas por el Ejecutivo federal, vía el consejero jurídico Humberto Castillejos, y por el Senado de la República ante la Suprema Corte de Justicia y que aún no se ha definido.
Pobre debate
Durante el debate, la diputada Lía Limón García, presidenta de la Comisión de Radio y Televisión, afirmó que era “absolutamente falso” que el dictamen se hubiera aprobado “en lo oscurito” y que la adenda también se presentara “en lo oscurito”.
Legisladora del Partido Verde, Limón García defendió el dictamen señalando que “aseguramos la libertad editorial de los comunicadores, reporteros y periodistas, así como la libre difusión de las ideas y opiniones”, y recordó que estas reformas fueron aprobadas por 14 votos a favor y tres en contra, pero no mencionó que el diputado Clemente Castañeda, de MC, quien presentó otra iniciativa, se deslindó del contenido final del dictamen.
Limón García criticó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) por presentar unos lineamientos de derechos de las audiencias que “implicaban restricciones importantes a la libertad de expresión. En este sentido, hubo diputados que buscaron atender esta situación y presentaron iniciativas con el fin de precisar el marco jurídico para que no haya un ápice, ni asomo del riesgo de la libertad de expresión”.
En contra del dictamen, el diputado del PRD, Guadalupe Acosta Naranjo, advirtió que se repitió el mismo mecanismo del “albazo legislativo” que se provocó durante la Ley Televisa, en 2006.
“No me vengan a decir que vienen a defender la libertad de expresión, los del PAN”, afirmó Acosta Naranjo. “Están sirviendo a los intereses de Televisa y de TV Azteca. En vez de esperar a que la controversia se resuelva en la Suprema Corte de Justicia vienen con este albazo”, agregó.
Por su parte, Virgilio Caballero, diputado federal de Morena, reclamó que el dictamen se haya discutido “en lo oscurito”. “Morena no será comparsa de una grave contrarreforma, en lo que muchos expertos ya han bautizado como una segunda edición de la Ley Televisa”, sentenció el también exdirector fundador del Canal del Congreso.
El diputado panista Gerardo Gabriel Cuanalo Santos argumentó a favor de la iniciativa señalando que en 2016 el IFT publicó una serie de lineamientos en las que se “extralimitaron” en sus facultades, por lo que calificó al organismo constitucional autónomo como “autoritario” y con facultades para “castigar la libre manifestación de ideas”.
El coordinador Movimiento Ciudadano, Clemente Castañeda, presentó una moción suspensiva del dictamen argumentando que esta ley “prácticamente pretende derogar la atribución que la propia Constitución en su artículo 6 le mandata al IFT como organismo constitucional autónomo para tutelar los derechos de las audiencias y establecer los mecanismos para su protección”.
Castañeda criticó la “apresurada aprobación” del dictamen y destacó “el intenso debate público sobre los alcances y el posible impacto negativo de dicha reforma”. Consideró que esta reforma “elimina de facto los mecanismos que hacen posible proteger los derechos de las audiencias”.
La mayoría del PRI, PAN y Verde desechó esta moción suspensiva y los otros recursos interpuestos por Morena y el PRD. El legislador de Morena, Ángel Antonio Hernández de la Piedra, afirmó que se trataba de “una chicanada; la adenda que se publicó en la gaceta manifiesta la opacidad con la que se condujo la Comisión de Radio y Televisión”, dijo.