Pese a lo anterior, la Procuraduría dio por buena su declaración y procedió penalmente contra él. Un juez federal advirtió a la SEIDO de omisiones y hasta actos ilegales en las acusaciones que presentó por la desaparición de los normalistas, como por ejemplo, acusaciones repetidas contra las mismas personas.
La Procuraduría General de la República (PGR) confirmó pericialmente
que uno de sus detenidos clave para sostener su hipótesis de que los
normalistas de Ayotzinapa fueron incinerados y arrojados a un río,
Patricio Reyes Landa, alias el Pato, tenía huellas de tortura tras su captura. Pese a ello, el Ministerio Público validó su declaración y lo consignó.
Un dictamen de mecánica de lesiones realizado por la Procuraduría bajo los parámetros del Protocolo de Estambul –que sirve para verificar la existencia de tortura– corroboró que las lesiones físicas de Reyes Landa eran compatibles con las que se provocan mediante maltratos y tratos crueles.
El documento se encuentra en el tomo 82 de los 85
que tiene la versión pública de las averiguaciones que la PGR ha
integrado por los hechos ocurridos el 26 y 27 de septiembre del 2014 en
Iguala, Guerrero, y al que Animal Político pudo tener acceso tras una solicitud de transparencia.
El expediente también revela que la PGR tardó casi un mes en autorizarle a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) una revisión a otro detenido clave que denunció tortura, Jonathan Orozco, alias el Jona. Y
cuando lo hizo, citó a los especialistas en un horario en el que ya no
pudieron encontrarlo en el Centro de Arraigos porque ya había sido
trasladado a un penal federal.
El Pato, el Jona y otras
cuatro personas, cuyas declaraciones le sirvieron a la PGR para
sustentar su “verdad histórica” sobre lo ocurrido a los estudiantes de
la Normal Rural de Ayotzinapa, estuvieron arraigados casi 80 días antes de ser consignados.
Ayer 30 de septiembre, Animal Político publicó que la mayoría de los presuntos integrantes de Guerreros Unidos que participaron en el ataque a los estudiantes fueron arrestados en condiciones similares: ebrios, en la calle y con golpes que supuestamente ellos mismos se causaron.
El expediente del caso Ayotzinapa también revela que en enero pasado, uno de los jueces federales a cargo de los procesos penales iniciados este caso, advirtió a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) respecto a las anomalías e incluso actos ilegales en sus consignaciones, situaciones que incluso, podrían derivar en la libertad de varios de los inculpados.
Tortura… sin consecuencias
El 31 de diciembre de 2014 se integró a la averiguación previa del caso el documento número SEIDO/UEIDMS/FE-C/11062/2014, el cual incluía los resultados de un peritaje que técnicamente se denomina mecánica de lesiones y que consiste en determinar cuál es el origen de las lesiones que pudo sufrir una persona.
Dicho
peritaje se realizó con la finalidad de establecer si las lesiones que
presentaban cerca de una decena de detenidos eran compatibles con lo que
establece el Manual para la Investigación y Documentación eficaces de la Tortura y otros tartos crueles o inhumanos, conocido coloquialmente como Protocolo de Estambul.
Los
resultados en nueve casos, entre ellos el del expresidente municipal de
Iguala, José Luis Abarca, y su esposa María de los Ángeles Pineda,
ambos fueron fueron negativos en la existencia de lesiones compatibles
con las que señala el protocolo de tortura.
Sin embargo, en un caso el resultado fue positivo.
El nombre de esta persona aparece sombreado a excepción de los que
dieron negativo, pero la comparación y eliminación con los nombres de la
lista a los que se les practicó este peritaje, permite establecer que
se trata de Reyes Landa.
“En el caso de (Reyes Landa) sí se encontraron elementos médicos periciales para determinar la existencia de lesiones compatibles con lo que se describe en la Investigación Médico Forense referida en el Manual para la Investigación y Documentación eficaces de la Tortura y otros tartos crueles o inhumanos o Protocolo de Estambul”, indica el análisis.
En el mismo oficio de más de 30 cuartillas se establece que
las lesiones que presenta Reyes Landa son, entre otras, una herida de
cinco centímetros de longitud cuya ubicación no se describe, un edema, una escoriación con puntiforma y dos laceraciones.
En su primera declaración, tras su detención el 27 de octubre, el Pato dijo
que las heridas que presentaba se las había provocado por una caída,
pero en una ampliación de su declaración –fechada el 3 de noviembre– explicó que fue torturado.
“Se metieron a la casa y me empezaron a golpear y patear,
me subieron al vehículo, me vendaron los ojos, pies y manos y me
empezaron a volver a golpear y dar toques y me pusieron un trapo en las
narices y me echaron agua, me dieron toques en los testículos, me ponían una bolsa en la cara para no respirar, así se pasaron varias horas”, dijo el detenido.
Agregó
que además de los maltratos físicos, los agentes que lo detuvieron lo
amenazaron verbalmente. Le dijeron que si no decía que los golpes que
tenía era producto de una caída atentarían contra su familia, y que a él “lo amenazaban con que lo iban a hacer pedazos y echarlo en una bolsa”.
Pese a estos resultados periciales en el expediente de la PGR, por lo menos en lo que Animal Político ha podido revisar, no hay constancia de que se haya iniciado una investigación por el tema específico de la tortura.
Por
el contrario, Reyes Landa fue consignado ante un juzgado federal en
Tamaulipas el 9 de enero acusado de delincuencia organizada, es decir,
semana y media después del referido peritaje.
La declaración del Pato, que se encuentra en los expedientes consignadas por la PGR, y a la que hizo referencia públicamente
en noviembre de año pasado el entonces procurador Jesús Murillo Karam,
resalta que los normalistas fueron llevados y asesinados en un basurero
de Cocula, bajo la creencia de que eran integrantes del grupo criminal
de Los Rojos, y que sus cenizas fueron colocadas en bolsas y arrojadas a un río.
La revisión que no fue
Jonathan Orozco, alias el Jona, otro de los que declaró que los normalistas murieron quemados en Cocula, fue detenido junto con el Pato.
Su captura quedó registrada bajo investigación de la Primera
Visitaduría de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ante la posibilidad de que también hubiera sido torturado.
De acuerdo con lo que revela la versión pública del expediente, la CNDH pidió el 12 de diciembre pasado –a través del oficio 73149– a la SEIDO que permitiera a su personal hacer una valoración médica y psicológica de Reyes Landa en el Centro de Arraigo, donde se encontraba cumpliendo con esa medida cautelar.
La
Procuraduría dio el visto bueno semanas después a través de oficio
PGR/AIC/PFM/DGSESPP/DGACFA/0049/2015 en el que se instruyó al personal
del Centro de Arraigo permitir el ingreso de los visitadores de la
Comisión a las 17 horas del 9 de enero.
Sin
embargo, la SEIDO también solicitó a la Policía Federal Ministerial que
ese mismo día Jonathan Orozco, junto con otros acusados, fueran
trasladados a un penal federal, luego de que un juez concedió una orden
de aprehensión en su contra. Esto fue en el oficio
PGR/SEIDO/UEIDMS/FE-D/127/2015.
Un oficio posterior de la Policía federal Ministerial confirmó que los detenidos salieron del complejo de arraigos aproximadamente a las 16 horas para ser trasladados a un penal de máxima seguridad; es decir, una hora antes de la cita para que llegaran los especialistas de la CNDH.
El
expediente, por lo menos en el tomo 83, donde se encuentran estos
oficios, no incluía algún documento en el que se hubiera reagendado la
referida revisión.
El regaño del juez
El 5
de enero de este año, el Juzgado Tercero de Distrito en Procesos
Penales Federales con sede en Tamaulipas amonestó a la SEIDO por lo que
calificó como una actuación “omisa” y en algunos casos hasta “ilegal” en las consignaciones hechas por la investigación de la desaparición de los 43 normalistas.
Esto
luego de que la SEIDO consignó la averiguación previa
PGR/SEIDO/UEIDMS/1017/2014 en la que solicitó auto de formal prisión y
nuevas órdenes de aprehensión en contra de más de medio centenar de
personas. Previamente ya había consignado las averiguaciones 439/2014,
849/2014 y 871/2014.
Antes de conceder esas solicitudes, el juez
pidió a los agentes ministeriales –bajo protesta de decir verdad o de lo
contrario serían denunciados– que informaran exactamente a cuántos
juzgados distintos se habían hecho ya consignaciones por el mismo caso y
qué resultado se obtuvo de las órdenes pedidas.
Y es que el juzgado subrayó que había detectado una “práctica reiterada” de agentes de la SEIDO para omitir en sus consignaciones la información antes solicitada.
“En esos casos excluyeron de sus averiguaciones las constancias de consignación
previa con lo cual imposibilitan a este juzgado de contar con los
elementos necesarios para resolver sobre su competencia legal y lo indujeron al error de ejercer la acción penal de forma ilegal”, informó el juzgado.
Proceder
en contra de las mismas personas por el mismo delito, recordó el
juzgado a la PGR, es un hecho violatorio de los derechos humanos y por
lo tanto ilegal y anticonstitucional, y dejó como recordatorio que ya en
enero del 2012 tuvo que liberar a personas ya sujetas a proceso penal,
luego de que estas se ampararon y verificar la actuación irregular de la
Procuraduría.
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