Violeta Vázquez-Rojas Maldonado
Hay casos en los que dos expresiones, incluso si refieren a la misma entidad o acto, no pueden intercambiarse salva veritate, como dirían los lógicos; es decir, preservando la verdad
En abril de 2020, el Congreso de la Unión aprobó una serie de reformas legales que definen y regulan la Violencia Política Contra Las Mujeres en Razón de Género (VPG); de modo que a partir de esa fecha se cuenta con un marco jurídico para identificarla, prevenirla, atenderla, sancionarla e, idealmente, avanzar hacia su erradicación.
La VPG se define en la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia como “toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones [y] la libertad de organización”.
Hay dos elementos clave en esta definición: primero, el que le otorga a este tipo de violencia el carácter de política: es un tipo de violencia que afecta el ejercicio de los derechos políticos y electorales; y, segundo, el carácter de género, que se identifica así: “Se entenderá que las acciones u omisiones se basan en elementos de género, cuando se dirijan a una mujer por su condición de mujer; le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella” (Artículo 20bis).
Hace unas semanas, la senadora panista Xóchitl Gálvez denunció al presidente Andrés Manuel López Obrador por incurrir en Violencia Política de Género, al referirse a ella en varias ocasiones desde su conferencia matutina. En su denuncia, la senadora reclama que las afirmaciones del presidente “cuestionan mi capacidad, por mi calidad de mujer; me reducen al resultado de un consenso entre hombres”. “En otras palabras, se minimiza mi trayectoria, resultados y trabajo, y me coloca como un objeto manipulado por el patriarcado” (estoy citando extractos de la denuncia recuperados de diversos medios).
Apenas hace unos días, la senadora morenista Citlali Hernández denunció al empresario Ricardo Salinas Pliego, por casi un centenar de publicaciones en Twitter, donde se burla de su apariencia física, con apelativos que desde luego aquí no voy a repetir. Seguramente la mayoría de los lectores han visto esas publicaciones y darles difusión, más que evidenciar la abyecta conducta del empresario, sólo reproduciría actos degradantes hacia la dignidad de la senadora.
En los dos casos, el INE resolvió a favor de las denunciantes y dictó medidas cautelares en contra de los denunciados. En el caso de Ricardo Salinas Pliego, la violencia verbal es muy evidente: decenas de tweets de comparaciones con animales e insultos relativos al físico, con mención o sin mención explícita de Hernández, pero con obvia alusión a ella. A las mujeres se nos juzga por nuestra apariencia física con mucho mayor frecuencia y severidad que a los hombres. Esta fijación con la manera como nos vemos y con una especie de “obligación de agradar” es obviamente un papel impuesto por el patriarcado, ese sistema desigual que nos asigna papeles sociales en función de nuestro género y sexo, siempre en detrimento de la dignidad y la libertad de unas pero no de otros.
En el caso de López Obrador, en cambio, la resolución de las autoridades electorales es más controvertida, porque el componente de género no está a la vista, más allá del hecho de que la denunciante es una mujer. El propio Tribunal Electoral admitió que el expediente que recibió de parte de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) no en todos los casos contiene las expresiones literales del presidente. En efecto, tanto en la denuncia interpuesta por la senadora como en el expediente integrado por la Comisión, se registran paráfrasis de lo dicho por el presidente y no sus enunciados textuales.
El siguiente es un extracto de la conferencia matutina del 11 de julio, en voz del presidente: “Pero deben de tener la tranquilidad quienes simpatizan con la transformación de México, que los sustitutos son muy buenos, es gente con cercanía al pueblo, preparada, con experiencia política, honestos, independientes, porque eso es muy importante. Es que la señora Xóchitl Gálvez pues es Fox, es Salinas, es Claudio X. González, es Roberto Hernández. Entonces entran así, los imponen y entran atados de pies y manos. Son peleles, son títeres, empleados de la oligarquía. En cambio, los que van a recibir el bastón de mando del movimiento de transformación, al que voy a entregarle el bastón de mando, hombre o mujer, pues van a tener autonomía, van a ser independientes, van a tener sólo como amo al pueblo de México. Porque imagínense lo que pasaba en nuestro país, esto también para los jóvenes: Zedillo entrega los ferrocarriles, luego del desastre del Fobaproa, y se va de empleado a la empresa de ferrocarriles que se beneficia con la privatización, se va a trabajar con ellos; Calderón hace lo mismo, se va de consejero de Iberdrola. Empleados de los potentados, se empezó a acostumbrar.”.
Citar el pasaje completo importa porque deja claro a quiénes se refiere el presidente cuando dice: “Son peleles, son títeres, empleados de la oligarquía”: es una camada de candidatos y eventualmente presidentes impuestos desde intereses económicos y que finalmente, según relata López Obrador, terminan trabajando para ellos. Esa camada incluye a Zedillo, a Calderón y, ahora, a Xóchitl Gálvez. La senadora, sin embargo, parafrasea al presidente de otra manera. Según ella, el presidente dijo: “Es una empleada de la oligarquía a la que únicamente van a utilizar”, y “Fue elegida por un grupo de hombres” (estas son citas textuales de un tweet de ella, del 3 de agosto, en el que supuestamente cita literalmente, a juzgar por las comillas, al presidente).
La Consejera Claudia Zavala, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, dice en entrevista con Azucena Uresti el 9 de agosto: “No hay ninguna tergiversación… Lo que se decidió en el Tribunal es que las manifestaciones del presidente de la República contenían elementos de género porque se dirigen a quien denunció en su calidad de mujer y transmitían la idea de que sus aspiraciones políticas para ocupar un determinado cargo no se sustentaban en sus méritos sino en la decisión de un grupo de hombres”. “Esto puede ser constitutivo de violencia política de género” -continúa la consejera-, porque “genera estereotipos que pretenden invisibilizar el papel de las mujeres en el ámbito de la política”.
El 10 de julio, respondiendo una pregunta acerca de si Adán Augusto López podría, de perder la encuesta, regresar al gabinete, el presidente contesta que todo depende de los resultados de la encuesta y que hay que esperarse. Entonces aprovecha para comparar los procesos internos de su partido con los de la oposición, y dice: “ahí [en el frente opositor] ya eligieron los de arriba, Diego, Fox, Salinas, etcétera, etcétera, etcétera, y los medios ya eligieron a la señora Xóchitl, eso ya está resuelto, esa fue una consulta que hicieron en lo oscurito a los de arriba, el gerente del bloque conservador, Claudio X. González, y ya impusieron a la señora Xóchitl, y ya hay cargada o no se han dado cuenta, porque son predecibles y obvios. Entonces, acá es distinto, todavía falta ver quién va a ganar la encuesta”.
Tanto para la consejera Zavala como para la denunciante y para los magistrados del Tribunal Electoral, estos pasajes constituyen VPG porque el presidente “invisibiliza” la carrera política de Gálvez al afirmar que fue elegida “por un grupo de hombres”. Nótese que textualmente el presidente nunca lo dijo así, incluso cuando en la lista de nombres que señala como “los de arriba” (Diego Fernández, Vicente Fox, Carlos Salinas y Claudio X. González) no figuran nombres de mujeres. En pocas palabras, la resolución de que el presidente incurrió en VPG contra Gálvez se basa en una paráfrasis y no en los enunciados textuales.
¿Esto quiere decir que uno sólo puede ser juzgado o eventualmente sancionado por las palabras literales que enuncia y no por lo que éstas implican? No necesariamente, pero sí es un tema que merece cuidado. En semántica distinguimos dos aspectos del significado: a uno le llamamos “referencia” y al otro “sentido”. Dos expresiones pueden remitir a la misma entidad o hecho del mundo y entonces decimos que tienen la misma referencia. Por ejemplo, si mi hija me pide permiso de salir a jugar con sus amigas y yo le contesto -“Ajá”, la niña puede, sin faltar a la verdad, salir con sus amigas y decir “Mi mamá me dijo que sí”. Sería ridículo contradecirla con un “No te dije que sí, te dije que ajá”. En nuestro español, tanto “sí” como “ajá” equivalen a una afirmación y pueden intercambiarse (dadas ciertas condiciones contextuales). La referencia es la porción del mundo a la que remite una expresión, el sentido es la manera como se le presenta.
Hay casos en los que dos expresiones, incluso si refieren a la misma entidad o acto, no pueden intercambiarse salva veritate, como dirían los lógicos; es decir, preservando la verdad. Es sabido que Tin Tan y Germán Valdéz son la misma persona, y más aún, que Germán Valdéz es hermano de El Loco Valdéz. Por esa razón, si digo que Juan vio una película de TinTan y eso es cierto, entonces también es cierto que Juan vio una película del hermano del Loco Valdéz. Las expresiones “Tin Tan” y “El hermano del loco Valdés” tienen la misma referencia, pero no el mismo sentido. La diferencia importa cuando hablamos, no de eventos simples, sino de las creencias o actitudes que las personas tienen ante los hechos. Así, si Juan me cuenta que adora las películas de Tin Tan, y Juan no está enterado del árbol genealógico del actor, no sería verdad si yo comunicara sus gustos diciendo “Juan me dijo que adora las películas del hermano del Loco Valdéz”. Estos se llaman contextos opacos, y son aquellos en los que el sentido de las palabras importa y no únicamente su referencia.
Cuando el presidente dice “Es que la señora Xóchitl Gálvez pues es Fox, es Salinas, es Claudio X. González, es Roberto Hernández”, en efecto, menciona a un grupo de hombres. Pero no porque los individuos mencionados conformen un grupo de varones podemos afirmar que el presidente dijo: “Es que la señora Xóchitl Gálvez pues es un grupo de hombres”. Si las autoridades electorales y la denunciante ven la necesidad de hacer esta sustitución para poder alegar que el presidente estaba aludiendo al género de las personas y no a su condición de oligarcas, es porque no pueden encontrar, en las palabras textuales del presidente, un acto verbal que atente contra los derechos políticos de la precandidata “por su condición de mujer”, tal cual lo establece la ley. En otras palabras, la falacia está en alterar el sentido de las palabras del presidente con base en una equivalencia en su referencia.
La regulación de la Violencia Política contra las mujeres en razón de género es una herramienta valiosa y el resultado de una lucha aún inacabada, pues, como bien recuerda la Senadora Hernández, los derechos políticos de las mujeres en este país apenas tienen setenta años de estrenados. Sin embargo, la ley en esta materia ha de usarse con cuidado, pues del otro lado de la defensa del inexcusable derecho de las mujeres a vivir libres de violencia, están el derecho a la libre expresión y los derechos políticos de quienes eventualmente sean encontrados culpables de incurrir en este tipo de violencia.
El caso de la senadora Hernández contra Salinas Pliego es un ejemplo flagrante de violencia política de género; el de la senadora Gálvez contra el presidente no lo es. La crítica fácil -perezosa- dirá que afirmo esto por mi simpatía con unos y mi antipatía por otros, pero lo que he argumentado es que en un caso no ha hecho falta “parafrasear” a Salinas Pliego, mientras que en el otro, se ha debido reformular lo dicho por el presidente para que se acomode a los preceptos de lo que la ley define como violencia en razón de género.
Habrá que tener en cuenta estas diferencias para no trivializar un flagelo histórico y no usar la ley como dispositivo a modo para callar adversarios. Las palabras no son inscripciones en piedra, inalterables o insustituibles, pero tampoco son monedas que se pueden cambiar en cualquier contexto por cualquier otra de su misma denominación. Son signos complejos, tan maleables como sensibles a las situaciones de uso, y de cuidarlas depende cuidar la verdad de lo que decimos. La aplicación justa de la ley comienza por cuidar las palabras, no sólo las propias, sino, sobre todo, las ajenas.
Violeta Vázquez-Rojas Maldonado
Doctora en lingüística por la Universidad de Nueva York y profesora-investigadora en El Colegio de México. Se especializa en el estudio del significado en lenguas naturales como el español y el purépecha. Además de su investigación académica, ha publicado en diversos medios textos de divulgación y de opinión sobre lenguaje, ideología y política.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario