Escrito por Jenaro Villamil
Se ha registrado una cobertura
intensiva en noticiarios radiofónicos, televisivos y cibernéticos sobre
las movilizaciones de los maestros de la Coordinadora Nacional de
Trabajadores de la Educación (CNTE), disidencia formada a partir de
algunas secciones sindicales de Oaxaca, Michoacán, Guerrero y el
Distrito Federal, pero en muy pocos casos se ha explicado qué detonó
estas protestas.
“Maestros flojos”, “vándalos”,
“irracionales”, “radicales”, entre muchos otros calificativos, se han
vertido en tinta y en el espectro radioeléctrico. Los dirigentes de la
CNTE tampoco han utilizado los medios de manera intensiva o alternativa
para explicar a la siempre irascible ciudadanía capitalina por qué los
bloqueos a las sedes del Congreso de la Unión y al Aeropuerto
Internacional de la Ciudad de México.
El centro
de esta propuesta está en la primera de las tres grandes reformas
constitucionales que el gobierno de Enrique Peña Nieto impulsó a través
de este mecanismo de acuerdos cupulares que es el Pacto por México: la
reforma educativa.
Bien dicen los críticos que no se trató
de una reforma educativa al ciento por ciento, sino de una reforma
laboral en el sector educativo. De ahí provino el desplante de Elba
Esther Gordillo, la lideresa del sindicalismo oficial, que desembocó en
la cárcel para quien controló durante más de dos décadas al mayor
sindicato de América Latina.
La CNTE nunca ha sido aliada de
Gordillo, pero en el tema de las reformas a los artículos 3 y 73
existen más coincidencias que diferencias entre ambos sectores. Esta
reforma, promulgada por el Ejecutivo federal el 26 de febrero de 2013,
estableció las bases jurídicas para cambios en la carrera docente, en
el acceso a puestos directivos de escuelas y zonas escolares y en el
diseño e implementación de la política educativa a nivel básico y medio
superior. De estos cambios surgió el Instituto Nacional para la
Evaluación de la Educación.
En las reformas constitucionales se
estableció que el ingreso para el servicio docente y la promoción a
cargos directivos sería mediante exámenes de evaluación que garanticen
“la idoneidad de conocimientos y capacidades que correspondan” a cada
función, así como la sujeción de reconocimientos, estímulos y la
permanencia en el servicio a la evaluación obligatoria.
Todos estos procesos deberán definirse
y reglamentarse en la ley secundaria conocida como Ley del Servicio
Profesional Docente, para cuya expedición se facultó al Congreso de la
Unión mediante un agregado al artículo 73 constitucional.
Las movilizaciones recientes se
detonaron en la Ciudad de México por múltiples razones –incluyendo las
demandas de mejores condiciones para aulas e ingresos de los mentores-,
pero el núcleo central fue la inclusión de la Ley General del Servicio
Profesional Docente en el periodo extraordinario de sesiones de la
Cámara de Diputados y del Senado, junto con otras dos leyes que tampoco
fueron del agrado de la CNTE.
Durante meses, la CNTE negoció en el
seno de la Secretaría de Gobernación que sus propuestas alternativas de
legislación secundaria serían consideradas por el Pacto por México y en
la discusión legislativa. PRI y PAN avanzaron en la redacción de unas
reformas que no son del agrado de los docentes de la CNTE. De ahí
vienen las movilizaciones que, bien vistas, constituyen la primera gran
presión en contra de las reformas de la generación del Pacto por México.
Hasta dónde la evaluación
Los estereotipos de “los maestros son
flojos”, “no quieren dar clases”, le tienen “miedo a la evaluación” y
“son revoltosos” fueron alimentados durante meses por los medios de
comunicación y por la propia SNTE, que pagó spots televisivos para diferenciar al magisterio “elbista” (hasta que la apresaron) del profesorado disidente (la CNTE).
En marzo de 2013, el Instituto
Belisario Domínguez del Senado organizó un seminario titulado “La
Reforma Constitucional en Materia Educativa: Alcances y Desafíos”. Tuvo
escasa cobertura en los medios. Sin embargo, ahí se plantearon algunos
puntos de vista que convienen retomar a la luz de las recientes
protestas.
La síntesis, elaborada por Rodolfo
Ramírez Raymundo, investigador del Instituto, aporta elementos
importantes en relación con el tema de la evaluación. Aquí algunos de
los puntos clave:
1.-En el artículo 3 se incluyó la
obligación del Estado de “garantizar el máximo logro de aprendizaje en
los educandos” como resultado de la confluencia de métodos, materiales
educativos, organización escolar y condiciones materiales adecuados,
así como la disposición de cada centro escolar de profesores y
directivos escolares “idóneos”.
2.-La evaluación del desempeño docente
y del aprendizaje es importante “pero no suficiente para mejorar la
calidad de la educación”, se discutió en el seminario. La aplicación
reiterada de pruebas tanto a estudiantes como a profesores “no origina
procesos de mejoramiento de la calidad, aún cuando incluya estímulos
por resultados; bajo ciertas condiciones –deficiencia de los
instrumentos, asociación de los resultados con salarios y débil control
de su implementación- esta política puede ser, incluso,
contraproducente; la experiencia mexicana de la última década es
elocuente al respecto”, dice la síntesis elaborada por el Instituto
Belisario Domínguez.
3.-Se propuso que en la legislación
secundaria se incluyan “la evaluación del desempeño no solamente de los
profesores, directores y supervisores” sino de “los funcionarios que
dirigen el sistema en sus diversos niveles (regionales, estatales,
federales); asimismo deberían ser objeto de evaluación las políticas
federales y estatales, el currículo, los libros de texto, la oferta de
formación continua, las condiciones materiales en las que trabajan y
estudian profesores y alumnos”.
Al parecer, estos criterios no se incluyeron en la iniciativa de la Ley General del Servicio Profesional Docente.
Uno de los criterios más importantes, expuestos por especialistas en ese foro del Senado fue el siguiente:
“Las capacidades, habilidades y los
saberes de los profesores se manifiestan –como cualquier competencia,
en cualquier campo laboral se cierra la diferencia- en el desarrollo
mismo del trabajo; por esta razón, la evaluación de los profesores debe
concentrarse en la práctica docente; lo que implicaría dar prioridad a
la observación del trabajo con los estudiantes, e incluir otros
instrumentos que permitan conocer la calidad del trabajo real, es
decir, su congruencia con propósitos educativos y principios
pedagógicos esenciales, su compromiso y creatividad para responder a
las circunstancias particulares de los estudiantes, su pertinencia a la
diversidad cultural. Con las adaptaciones correspondientes, este
criterio aplica en el caso de directores, supervisores y del personal
que se ocupa de la tesorería, técnica o pedagógica”.
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