Acceso a justicia para mujeres obstaculizado por prejuicios y estereotipos
El nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio representa una oportunidad
para el acceso a la justicia y respeto de los Derechos Humanos (DH) de
las mujeres, sin embargo, a más de dos años de operar, no hay
infraestructura y el personal encargado de la impartición de justicia,
actúa de manera deficiente, afirmaron personas expertas en material
legal.
Tras la reforma constitucional en junio de 2008 la entrada del nuevo sistema penal implicó cambios normativos como la restricción de la prisión preventiva obligatoria únicamente para los delitos de violación, trata de personas, delincuencia organizada, homicidio doloso, delitos cometidos con armas y explosivos, atentados a la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y a la salud.
La reforma obligó a jueces y ministerios públicos a evaluar si las víctimas del resto de los delitos, en especial cuando se trata de violencia contra las mujeres, están en situaciones de riesgo ante sus agresores; por lo que deben de determinar si es necesario aplicar la medida de prisión preventiva durante el proceso judicial hasta que se dicte sentencia.
Entre los delitos antes denominados graves cometidos contra las mujeres donde deberá identificarse si es necesaria la prisión preventiva, se encuentran: acoso, abuso sexual, violencia familiar, y aborto, cabe recordar que el que se haga esta revisión no significa que el delito tenga una pena menor.
Las reformas se hicieron con los objetivos de garantizar la protección a los derechos de las víctimas y los acusados, evitar la burocracia en los procesos, lograr la reparación del daño, así como evitar seguir con la saturación de los centros penitenciarios, “antes se podía pasar años ahí sin tener sentencia”, explicó en entrevista con Cimacnoticias el abogado del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social A.C, David Peña Rodríguez.
Para el abogado esta situación representa una oportunidad para el acceso a la justicia de las mujeres, pues “la violencia de género es considerada en este nuevo sistema un atentado contra los Derechos Humanos” (DH) por lo que desde esa perspectiva debe interpretarse y evaluarse cada delito cometido contra las mujeres y las medidas que las protegerán.
“Abre el margen de la interpretación y de protección, permite un espectro de protección y cobertura de los derechos para las mujeres que se tendría que aprovechar y explotar en los próximos años”, indicó.
VIOLENCIA FAMILIAR Y ABORTO
La violencia familiar es uno los delitos que necesita del estudio eficiente del personal ministerial, indicó la directora de Propuesta Cívica, Sara Mendiola Landeros. La abogada explicó que el personal ministerial está obligado a analizar el contexto desde una perspectiva de género: tomar en cuenta antecedentes de violencia, ubicación del domicilio y encontrar situaciones de riesgo.
De ser necesario la víctima puede solicitar como medida cautelar la prisión preventiva del acusado o los ministerios públicos lo pueden determinar con base en los elementos de prueba que acumulen, todo “con el fin de garantizar la seguridad de las mujeres y sus familias”, explicó Sara Mendiola.
El abogado Peña Rodríguez, agregó que estas nuevas adecuaciones del sistema, en el caso de las mujeres acusadas de interrumpir un embarazo pueden enfrentar un proceso en libertad ya que deberá revisarse si es necesaria la prisión preventiva, aunque la pena por el delito sigue siendo la misma.
A decir del abogado el personal ministerial no está capacitado para realizar las evaluaciones de riesgo”, aunque las versiones oficiales hablan de una la profesionalización y especialización del personal en materia de seguridad pública.
FALTA DE INFRAESTRUCTURA
Otro elemento, es que a pesar de que ya se debería de contar a nivel nacional con la infraestructura para el funcionamiento del sistema, no se tienen los recursos mínimos para emitir y supervisar las medidas de seguridad para las víctimas.
“No existen aún pulseras de monitoreo para los acusados, o capacidad de vigilar las órdenes de restricción cuando se les otorga libertad condicional, y muchos de estos avisos restrictivos se dan en los casos de violencia familiar”, dijo Peña Rodríguez, quien ha litigado casos en el Sistema Interamericano de DH como “Campo Algodonero”.
Y da ejemplos, apenas el pasado 19 de julio, el gobierno federal creó la primera Unidad de Medidas Cautelares, área encargada de evaluar si las personas acusadas deben ser o no recluidas como medida preventiva de acuerdo a su “nivel de peligrosidad”.
LASTRE, PRÁCTICAS SEXISTAS
Ambos abogados coinciden que el funcionamiento del sistema depende de la eficacia de sus funcionarios, quienes, dijeron, actúan con las mismas prácticas sexistas y discriminatorias en las investigaciones y los juicios orales -una característica del nuevo sistema-.
El acceso a la justicia para las mujeres, asegura el abogado Peña, "lo obstaculizan los estereotipos de género y prejuicios.”, En ello concuerda, la directora de Propuesta Cívica, “el sistema no funciona por la deficiente actuación de los funcionarios”, mencionó.
Si se mantienen estas costumbres, concluyen los expertos, difícilmente se podrán emitir las medidas de seguridad necesarias para proteger su derecho a una vida libre de violencia.
Imagen retomada de cafeprensa.blogspot.com
Por: Hazel Zamora Mendieta y Montserrat Antúnez Estrada Cimacnoticias | Ciudad de México.-
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