1/23/2018

Caso “Porkys” ejemplo ante ONU de mala actuación jurídica


 Prevalecen estereotipos de género en juzgadores


Mientras la semana pasada la Suprema Corte de Justicia la Nación (SCJN) desechó revisar el amparo que concedió la libertad a Diego Cruz Alonso, uno de los cuatro jóvenes de los “Porkys” acusado de violar a Daphne Fernández, en Veracruz, el caso será expuesto ante el Comité de Expertas de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), perteneciente a la ONU, como un ejemplo emblemático de la mala actuación del Poder Judicial mexicano que obstaculiza el acceso a la justicia para las víctimas.
El Comité de CEDAW evaluará en julio de este año al Estado mexicano respecto al avance y garantía de los derechos de las mujeres y por vez primera revisará el trabajo del Poder Judicial en la impartición de justicia.

Previo a la evaluación –la cual se realizará del 2 al 20 de julio- la agrupación civil Equis Justicia para las Mujeres, presentó ante el Comité su “informe sombra” en el cual demuestra cómo el personal juzgador utiliza estereotipos de género en las resoluciones y no examina con perspectiva de género las pruebas que tiene en sus manos, como le sucedió a Daphne.
En enero de 2015 en Veracruz, Daphne era menor de edad cuando fue violada por 4 jóvenes apodados como “Los Porkys”. Uno de ellos, Diego Cruz Alonso, fue extraditado de España en enero 2017 para enfrentar el cargo de pederastia, pero el juez Tercero de Distrito del Séptimo Circuito de Veracruz, Anuar González Hemadi, le otorgó la libertad tres meses después por un amparo que impulsó la defensa del acusado.  
La argumentación del juez Anuar –por la cual fue severamente criticado en redes sociales y suspendido de su cargo- era que Daphne no se encontraba en indefensión y Diego Cruz cometió únicamente “tocamientos incidentales” sin que tuviera una intensión “lasciva” o de “cópula para satisfacer un apetito sexual”.
La Fiscalía veracruzana impugnó el amparo concedido a Diego Cruz  (206/2017), por lo que los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito solicitaron a la SCJN que lo atrajera para revisar la sentencia.
El pasado 17 de enero, la Primera Sala del máximo tribunal desechó la atracción del caso toda vez que las y los ministros concluyeron que no cumplía con los términos de relevancia para impactar en el sistema jurídico mexicano, aunque las organizaciones civiles aseguran que abría la posibilidad de discutir los lineamientos que deben seguir los y las jueces para acreditar delitos de violencia sexual.
Así, en tanto en México se resuelve que el caso de Daphne no es trascendente jurídicamente, Equis Justicia para las Mujeres lo coloca ante CEDAW como un indicar emblemático del desconocimiento generalizado sobre los criterios interpretativos en materia de género de las personas juzgadoras.

INFORME SOMBRA SOBRE PODER JUDICIAL

La agrupación precisó que esta es la situación que enfrentan sobre todo las mujeres víctimas de violación en el sistema judicial. Se les demanda “criterios desproporcionales” para acreditar la existencia del delito, como comprobar que hayan puesto resistencia en el acto, dejando a un lado elementos fundamentales; la existencia o no de su consentimiento y el testimonio que den.  
Capacitar a las y los juzgadores tampoco ha mejorado el acceso a la justicia para ellas. La organización muestra que el Poder Judicial de Veracruz gastó en 2009 alrededor de 35 millones de pesos en cursos y talleres para “instruir a su personal en perspectiva de género”, pero el resultado son sentencias como las de Daphne.
Aunado al reporte de Equis Justicia, en 2012 en las observaciones finales que hizo CEDAW a México, exigió en las Recomendaciones 33, 35 y 14, que el Estado eliminara las prácticas discriminatorias en la labor de las personas juzgadoras, y aplicar la perspectiva de género en la resolución de casos.
Es por ello que en esta ocasión el Comité de CEDAW decidió en una sesión de trabajo que mantuvo en noviembre de 2017 en Ginebra, Suiza, pedir al Estado mexicano que aclare los mecanismos que utiliza el Poder Judicial para identificar las resoluciones y prácticas discriminatorias que hacen jueces en casos de violaciones a los derechos de las mujeres.
Al Comité de Expertas de la ONU no le bastó que México haya informado en su reporte de cumplimiento que entregó en diciembre de 2016 –con un retraso de siete meses- que “está capacitando al personal”.
Las expertas pidieron que demuestre con indicadores el progreso que ha tenido la inclusión de la perspectiva de género en la labor judicial y preguntó si tiene planes de reforzar las dependencias de género actualmente existentes en los tribunales federales.
En otro tema relevante, CEDAW refirió que desde la entrada en vigor en 2015 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, “se redujo considerablemente el número de condenas publicadas y ha limitado el derecho de las mujeres a acceder a la información sobre los casos”.
Por todo ello, pidieron a México que reporte antes de su evaluación, si existen mecanismos para vigilar la aplicación de esta Ley, convirtiéndose en la primera vez que el Comité pide la transparencia en la publicación de sentencias por violaciones a los Derechos Humanos de las mujeres.

OTROS TEMAS DE JUSTICIA
Otras cuestiones retomadas por el Comité en el tema de justicia, son las medidas que ha adoptado México para erradicar las malas prácticas en las investigaciones de asesinatos violentos de mujeres.
Las expertas precisaron que necesitan información de los estados de Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Estado de México, Veracruz y Quintana Roo, la Ciudad de México y el municipio de Ciudad Juárez, Chihuahua.
Del mismo modo solicitaron mayor información sobre las barreras que impiden el acceso a la justicia de mujeres rurales e indígenas; y de manera novedosa, el Comité otorgó un apartado específico a quienes se encuentran privadas de su libertad por delitos relacionados con drogas.
El Comité de la CEDAW es un instrumento internacional integrado por 23 expertas, el cual analiza que los Estados cumplan con las recomendaciones de la Convención a favor de los derechos femeninos. Esta es la novena evaluación de México desde que suscribió la Convención, en 1981, por lo que las recomendaciones que dan las expertas son de carácter obligatorio para los gobiernos.

CIMACFoto: César Martínez López
Por: Hazel Zamora Mendieta
Ciudad de México

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