10/19/2013

Visión de género en leyes para que mujeres accedan a la justicia

INTERNACIONAL
Acceso a la justicia para las mujeres
   Mala aplicación de normas en AL mantiene discriminación

Seminario Hemisférico Derechos Humanos de las Mujeres: buenas prácticas en la justicia de género | Imagen retomada del sitio cij.gov.ar
Por: Norma Loto
Cimacnoticias/SEMlac | Buenos Aires.-

Muchos países de América Latina (AL) han logrado avances en la normativa para hacer posible el acceso de las mujeres a la justicia.

Esto no es casual, sino resultado de un marco legal y político internacional –como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) y la Convención Belém do Pará–, que funciona como pilar para que los derechos de las mujeres sean considerados Derechos Humanos (DH).

A partir de esa tendencia y para compartir experiencias, se realizó en Buenos Aires el “Seminario Hemisférico Derechos Humanos de las Mujeres: buenas prácticas en la justicia de género”, organizado por las oficinas de la Mujer y de Violencia Doméstica de la Corte Suprema, la Comisión Nacional de Acceso a Justicia, y la Comisión Interamericana de la Mujer de la Organización de Estados Americanos (OEA).

La reunión, realizada del 25 al 27 de septiembre, contó con representantes de República Dominicana, Chile, Nicaragua, Canadá, Costa Rica, Estados Unidos, Guatemala, Brasil y Argentina.

Si bien en AL y el Caribe hay progreso en el reconocimiento formal de los derechos de las mujeres, ello no se ha traducido aún en una protección adecuada para ellas, señala la fundamentación del seminario.

ONU-Mujeres refiere que, pese a que la igualdad entre mujeres y hombres está consagrada en las constituciones de 139 países y territorios, la falta de leyes adecuadas y las carencias en la implementación de las normas existentes convierte estas garantías en promesas vacías con poco impacto en la vida cotidiana.

En muchos países el sistema judicial ha fracasado en el respeto de los derechos femeninos, lo que “se ha manifestado en la prestación inadecuada de servicios y en la actitud hostil de quienes tienen el deber de satisfacer las necesidades de las mujeres”, señaló la Corte argentina en un comunicado.

“No estamos donde quisiéramos en la respuesta efectiva a la violencia contra las mujeres y, realmente, aún sabemos poco acerca del impacto que hemos tenido sobre la incidencia en la violencia”, afirmó Hillary Anderson, especialista principal en género de la Comisión Interamericana de Mujeres.

Anderson se refirió a que en 2014 se cumplen 20 años de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará), que estableció por primera vez el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia.

Ese instrumento interamericano brinda pautas para la adopción de leyes de prevención, erradicación y sanción de la violencia contra las mujeres.

Sin embargo, Anderson identificó avances en “una amplia gama de experiencias, esfuerzos y compromisos que están teniendo un impacto positivo importante”.

En tanto, Luz Patricia Mejía, coordinadora técnica del Mecanismo de Seguimiento de Belém do Pará, dijo que esta convención impuso el paradigma de que lo privado es público y entre otros aportes dejó en claro que no solo el Estado comete violaciones a los DH, sino que la acción u omisión frente a la acción de terceros –hombre victimario– también es una violación de los DH.

Mejía se refirió, además, a los primeros pasos en las legislaciones de los países que entendían la violencia contra las mujeres como violencia intrafamiliar en los años 90. Así surgió el concepto de mediación, que era un mecanismo de resolución que determina que la mujer y el hombre continúen viviendo en la misma casa, incluso en casos de violencia, con el fin de proteger la institución familiar.

“Aun así se progresó en un nivel importante de institucionalidad, se avanzó en el concepto de violencia intrafamiliar y se le miró como una violación de DH. Sin embargo, no se avanzó en mecanismos óptimos para que sea una política de Estado”, precisó.

Las participantes, en su mayoría mujeres abogadas o juristas, hicieron hincapié en diversas cuestiones que aún falta enfocar. Entre ellas, la necesidad de lograr que las constituciones de los Estados incorporen la perspectiva de género, de lo contrario “será difícil incorporarla a un nivel infra constitucional”.

Otras voces abogaron por considerar la prohibición del aborto como una forma de violencia estatal y se insistió en la necesidad de convenios permanentes con el sector educativo. “La justicia no es una isla en la sociedad, somos parte de ella. No son necesarios demasiados medios (económicos) para realizar esta acción”, manifestó una de las letradas asistentes.

Las experiencias compartidas mostraron el amplio abanico construido por un entramado de idiosincrasias, necesidades e historia de cada país.

Aminta Granera, primera comisionada de la Policía Nacional de Nicaragua, aseguró que allí “no es posible hablar de violencia de género desvinculándola del modelo policial”, que describió como “preventivo, proactivo, comunitario, profundamente enraizado en la sociedad”.

Tras la creación de la Policía Nacional en 1979, producto de la Revolución Sandinista, se abrió la primera Comisaría de la Mujer en 1993, durante la presidencia de Violeta Chamorro, recordó.

“Habíamos soñado con un espacio de protección para aquellas mujeres que llegaban a las comisarías y eran sometidas a interrogatorios que las hacían sentir cuasi victimarias de la situación de violencia. Hoy tenemos un lugar donde se les brinda una respuesta integral”, comentó Granera.

Abundó en el trabajo conjunto con la Comisaría de la Niñez, la cooperación de un Consejo Consultivo integrado por mujeres policías, fiscales, jueces y juezas, organizaciones civiles, forenses y referentes del Ministerio de Salud, para brindar servicios de acompañamiento, denuncia, judicialización y riesgo posterior a la denuncia.

Una buena práctica en Argentina fue descrita por la abogada Norma Graciela Chiapparone, secretaria general de la Asociación Argentina de Mujeres de Carreras Jurídicas y de la Federación Internacional de Mujeres de Carreras Jurídicas.

Ella destacó a SEMlac la labor de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia de capacitación con perspectiva de género, mediante la Oficina de la Mujer.

“No sólo está dirigida a magistrados hombres y mujeres, sino también a funcionarias y funcionarios. También destaca la creación de la Oficina de Atención a la Víctima”, expresó.

“Quienes están llamados a juzgar deben incorporar la perspectiva de género, y la capacitación es el primer paso”, dijo, y agregó que luego se espera una revisión del Derecho desde una mirada antipatriarcal, ya que la igualdad entre mujeres y hombres es formal.

“Hay una etapa de deconstrucción del Derecho que sólo algunas teóricas feministas han empezado a hacer. Esta ola todavía no llega a los tribunales”, observó.

La abogada comentó a SEMlac que Argentina “está bastante bien en el contexto latinoamericano”, pues posee una plataforma normativa adecuada, que es la base principal para hablar de justicia de género, aunque no hay una aplicación mayoritaria por parte de los tribunales”, advirtió.

En esa labor, la Corte Suprema de Justicia de la Nación viene sentando jurisprudencia, aunque los tribunales inferiores todavía no hacen eco, insistió.

En cuanto a los obstáculos, Chiapparone destacó la deficiencia de la formación de las Facultades de Derecho, donde la perspectiva de género sólo se dicta en el currículo de algunos cursos o bien como posgrados.

Añadió que es importante disponer de presupuestos para ampliar la capacitación, los centros de atención a víctimas y el patrocinio jurídico gratuito. “Siguiendo los estándares internacionales, creo que hay que ir hacia la creación de juzgados y fiscalías especializadas en violencia”, detalló.

“Son cuestiones muy específicas las que se deben abordar y para ello se necesita un alto grado de especialidad, del que se carece en la actualidad”, reconoció.

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