Al margen de los grandes sindicatos y contratos colectivos existe otro espacio, el de los pequeños y medianos centros de trabajo en el cual laboran la mayoría de los trabajadores, donde los abusos y falta de protección son una constante creciente. El miedo a perder el empleo y la ausencia de mecanismos eficaces para hacer efectiva la ley favorece su estado de indefensión. Los patrones de estos centros laborales suelen considerar casi un agravio personal que sus trabajadores les exijan un salario digno, una jornada humana o la inscripción a la seguridad social; ni se diga del intento de formar un sindicato auténtico.
Datos recientes acreditan que en ese sector, sólo un trabajador de cada 100 forma parte de un sindicato real. Por este motivo, su condición forma parte sustancial de la queja presentada ante la Organización Internacional del Trabajo por las entidades sindicales más representativas del mundo. El caso de los contratos de protección patronal es denunciado en la queja número 2694, mediante la cual, se reclaman cambios al modelo laboral mexicano, tanto en el ámbito federal como local, por el incumplimiento a los convenios internacionales relacionados con la libertad sindical y la contratación colectiva. En días recientes se dio una oportunidad excepcional para que sindicalistas y observadores extranjeros conocieran de manera directa la precariedad en que se encuentran los hombres y mujeres que viven de su trabajo en nuestro país. Así lo demuestran los pronunciamientos y compromisos de las distintas delegaciones participantes en el Tribunal Internacional de Libertad Sindical, el Foro Social Mundial y la trigésima sexta convención ordinaria del sindicato minero. Es difícil encontrar en el pasado tanta solidaridad internacional. Por ello los gobiernos deberían empezar a tomar en serio los impactos de estas denuncias. No pueden seguir tapando el sol con un dedo.
Estas delegaciones han conocido de cerca las agresiones a los trabajadores mineros, incluyendo la maniobra de imponer en Cananea, Sonora, un sindicato patronal y peores condiciones de trabajo, aun a riesgo de una masacre; acompañaron en el Zócalo a los huelguistas de hambre del Sindicato Mexicano de Electricistas, extremo al que han sido obligados para lograr una negociación que en cualquier país democrático sería un proceso común. No se pudieron explicar que, a pesar de su liderazgo, Napoleón Gómez Urrutia o Martín Esparza carezcan de toma de nota
, instrumento de control gubernamental, impensable en sus países de origen. Tampoco encontraron motivo por el cual se persigue a los técnicos y profesionistas petroleros que han decidido sindicalizarse.
La ola de solidaridad internacional que fraternalmente nos ha cobijado en estos días, llegó también hasta los valientes huelguistas de la gasolinera Belem, ubicada en calzada de Tlalpan y Coruña en la ciudad de México. Los delegados escucharon la compleja historia de este sector, representativo de muchos otros, donde los trabajadores luchan por que los patrones no les quieren pagar ni siquiera salario y sólo viven de sus propinas, porque se les niega el derecho a la seguridad social y son objeto constante de grupos de presión al servicio de los empresarios. Las renuncias en blanco, la obligación de pago de piso
para permitirles trabajar y la ausencia de una autoridad que vigile el cumplimiento mínimo de la ley fue tema de reflexión e indignación compartida.
Los huelguistas de Belem llevan casi 40 días en su movimiento, enfrentados no sólo a una patrona soberbia que amenaza desalojarlos, sino también a la actitud de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, la cual se niega a entender la justeza de su lucha, llegando al extremo de declararla inexistente porque la empresa alega que los trabajadores contratados por ella de manera irregular no están incluidos en su nómina formal, ni en la lista de afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social. Fue necesario acudir a la justicia federal para obtener un amparo, otorgado por el juez segundo de distrito en materia de trabajo en esta ciudad, quien consideró ilegal la decisión de la junta y ordenó se dictara nueva resolución ajustada a la ley. ¿Y la negociación?
–preguntaron los delegados internacionales–. No han existido pláticas
–respondieron los trabajadores–. Ni la Junta ni la patrona nos han convocado; parece que están muy enojados. En lugar de negociar, se han dedicado a desprestigiarnos, dando a la prensa información falsa sobre nuestro sindicato, el STRACC y la huelga
, mostrándoles un reportaje publicado en el periódico Reforma (4/5/10, p.8) que, apoyado en fuentes de la propia autoridad laboral busca justificar la represión. Uno de los huelguistas afirmó: No vamos a caer en provocaciones; ya sufrimos agresiones al estallar la huelga, cuando la patrona trajo un camión lleno de golpeadores. Finalmente, sabemos que una lucha sólo se pierde cuando se deja de luchar
.
Una frase de Héctor Castellano, representante de las centrales sindicales del Cono Sur, lo dice todo, por lo que veo, ustedes se encuentran peor que los trabajadores del siglo XIX
.
*De cómo luchar por tus derechos y no morir en el intento
Fue constituido en México el 30 de septiembre de 2009, como consecuencia de las denuncias públicas formuladas a escala nacional e internacional por distintos organismos de la sociedad civil, asociaciones sindicales y grupos de trabajadores y trabajadoras, en el sentido de que el gobierno mexicano ha incurrido en notable abandono de sus funciones tutelares y protectoras del derecho laboral reconocido universalmente, violando la libertad sindical y otros derechos humanos fundamentales, y tolerando, propiciando y ejecutando junto a privados tales violaciones, constituyéndose así en un instrumento al servicio de los poderes fácticos e intereses económicos nacionales y trasnacionales, en perjuicio de la clase obrera del país.
Su convocatoria estuvo respaldada por seis organizaciones internacionales de reconocido prestigio mundial, 13 sindicatos nacionales y ocho asociaciones mexicanas de expertos en derechos laborales; y lo integraron 25 personalidades de distintos países de América y Europa, reconocidas por su calidad moral, social y profesional.
Siguiendo los procedimientos técnicos de un tribunal, sesionó abiertamente el 26 y el 27 de octubre del año pasado, así como el 29 de abril de este año, fecha en la que recibió las denuncias de representantes de 20 importantes organizaciones sindicales, y estableció los días entre el 29 de octubre de 2009 y el 19 de marzo de 2010 para recibir nuevos casos, antecedentes, documentos y pruebas de distinta naturaleza.
Para contar con mayores elementos, se dio igualmente a la tarea de recabar testimonios, constancias de expedientes de diversas autoridades, informes, fotografías, notas periodísticas, etcétera. No obstante haber sido notificado por escrito de su conformación, y convocado debidamente por escrito a exponer como parte acusada durante el proceso lo que conviniera a sus intereses, el gobierno se negó a comparecer, por lo que, atendida su incomparecencia, se procedió a emitir la resolución en su rebeldía. La que en estos días ha comenzado a ser puesta a disposición de las autoridades mexicanas, de la Organización Internacional del Trabajo, de la Organización de las Naciones Unidas, de la Unión Europea y demás naciones con las que México ha firmado tratados que incluyen derechos humanos y laborales.
En ella se argumenta que la libertad sindical es un derecho humano individual y colectivo fundamental, indivisible de otros derechos laborales, e interdependiente para su vigencia del ejercicio de otras garantías civiles y políticas, como el derecho a la libertad de asociación y de elegir democráticamente a sus representantes, del que son titulares y portadores sin distinción todos los trabajadores y trabajadoras por el solo hecho de serlo.
Se define en la normatividad internacional como la potestad que éstos tienen de constituir en forma autónoma e independiente las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses, sin requerir autorización previa, así como la facultad de afiliarse o no a las organizaciones sindicales existentes, establecer su forma de organización, administración, participación, elección de sus representantes y toma de decisiones. Como derecho humano universal está por encima de las soberanías nacionales y es anterior a la constitución de los estados, los cuales están obligados a respetarlo, garantizarlo y protegerlo contra las acciones de los corporativos privados internacionales y propios de cualquier país. Es fruto y expresión de la lucha social, y ha sido además consagrado en múltiples instrumentos internacionales del sistema universal y regional de derechos humanos, y es exigible individual y colectivamente por muchos mecanismos generales y específicos de protección a los mismos.
Por todo ello el tribunal reivindica su propio derecho a constituir jurisprudencia universal y complementar la labor de los organismos de control internacional, así como el derecho de las y los trabajadores a defenderlo y promoverlo en todas las instancias, incluidas las civiles, que consideren convenientes, sobre todo cuando las instituciones nacionales de procuración y administración de justicia laboral pierden credibilidad por su parcialidad abyecta en favor de los intereses del capital. Con base en los hechos y pruebas rendidos, y teniendo en mente el marco jurídico nacional e internacional con el que México se ha comprometido, la resolución concluye que el gobierno ha cometido en forma sistemática y reiterada las siguientes violaciones a la libertad sindical:
1) Ataques a la integridad física y sicológica de trabajadores y dirigentes.
2) Manejo arbitrario del registro sindical y representación legal.
3) Limitaciones para elegir libremente a los representantes.
4) Injerencia en la estructura y programas de las organizaciones sindicales.
5) Discriminación sindical y represalias a quienes se organizan en sindicatos.
6) Restricciones al ejercicio del derecho de negociación colectiva.
7) Limitación al ejercicio del derecho de huelga.
8) Disolución administrativa o suspensión de sindicatos.
En próxima colaboración me ocuparé de la sentencia a la que por ello ha sido condenado el gobierno de México.
Los seminarios, los debates y la puesta en común de una cantidad ingente de investigaciones confluyeron en una idea que constituye un dato operativo para la investigación y la intervención en los territorios laborales: las clásicas concepciones del trabajo y las viejas maneras de pensarlo encogen ante la cualidad de las mutaciones que éste ha experimentado en las últimas décadas. La aparición de nuevas lógicas organizacionales, el valor productivo del conjunto de la vida o las profundas transformaciones que ha conocido la regulación de la relación social llamada trabajo, entre erosión de las relaciones salariales y dislocamiento de los equilibrios que el maltrecho derecho laboral establecía entre capital y trabajo, motivan la ampliación del horizonte de investigación y la asunción de una mayor complejidad analítica.
El congreso de la ciudad de México deja muchas ventanas y puertas saludablemente abiertas para la investigación social y para la acción. De entre ellas, destaca una idea fuerte: la vuelta a modelos productivos basados en la intensificación del trabajo se ha acompañado de un violento proceso de precarización y de individualización de las relaciones laborales. Si los años 90, en plena vorágine ideológica neoliberal, conocieron el auge de la idea del fin del trabajo, la realidad se ha encargado de ridiculizar a los responsables de semejante disparate: el trabajo está por todas partes, no tiene fin. Sin embargo, hoy es más invisible e informal que nunca. Una de las paradojas más cruciales de nuestro tiempo es que cuánto más importante es el papel del trabajo para el presente y el futuro de nuestra sociedad, más se precariza y más débil es su capacidad de resistencia.
En este sentido, la actividad de investigación concreta en multitud de sectores productivos confirma que los sindicatos tradicionales se han convertido en instituciones desconectadas de las formas de vida y de la subjetividad de los nuevos trabajadores y trabajadoras. Lo que queda por dilucidar es si la fragmentación del movimiento obrero, el carácter corporativo de muchos de sus sindicatos y su instrumentalización por parte de las empresas, son la causa o el producto del problema.
El congreso de Alast ha sido importante precisamente por haber afrontado esa y otras muchas problemáticas cruciales. Lejos de anclarse en su carácter formal de disciplina académica, la sociología del trabajo es para muchos de sus investigadores un verdadero acto de indisciplina que se coloca del lado de los trabajadores y trabajadoras, de sus esperanzas, sus rabias y sus anhelos. Pura ética. Como diría Pierre Bourdieu, un verdadero deporte de combate.
* Miembros del Grupo de Investigación en Ciencias Sociales del Trabajo Charles Babbage, de la Universidad Complutense de Madrid.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario